Reabierto el caso de la caída mortal de un niño en Granada

El menor murió tras caer desde un tercer piso de un edificio del barrio de Almanjáyar

La Audiencia de Granada ha ordenado reabrir el caso del menor de seis años que murió al caer desde un tercer piso de un edificio granadino del barrio de Almanjáyar en abril de 2011. El Juzgado de Instrucción 3 archivó el caso en noviembre. Esa decisión es ahora revocada por el tribunal en un auto que estima parcialmente el recurso de los padres y que permitirá que se practiquen nuevas dili...

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La Audiencia de Granada ha ordenado reabrir el caso del menor de seis años que murió al caer desde un tercer piso de un edificio granadino del barrio de Almanjáyar en abril de 2011. El Juzgado de Instrucción 3 archivó el caso en noviembre. Esa decisión es ahora revocada por el tribunal en un auto que estima parcialmente el recurso de los padres y que permitirá que se practiquen nuevas diligencias para tratar de esclarecer lo ocurrido.

Los hechos se remontan al 27 de abril del pasado año. El cuerpo sin vida del menor fue encontrado de madrugada en la parte posterior del edificio en el que vivía con sus padres, en la calle Molino Nuevo. Según las investigaciones, se precipitó desde un tercer piso, una vivienda de un matrimonio que sostuvo que no estaba en casa cuando el niño cayó y que era su hija, de 12 años, la que había estado jugando con él.

Tras el archivo de la investigación por parte de la juez, que no encontró “indicios de criminalidad” en la actuación de la pareja y decretó el sobreseimiento provisional, tras solicitarlo así la fiscalía, los padres del fallecido recurrieron. El ministerio público atribuye a un “accidente” lo ocurrido, pero los padres no están conformes y creen que sí que pudo existir la comisión de algún delito.

La Audiencia reabre el caso ahora puesto que la sección segunda del tribunal provincial acordó previamente determinadas diligencias al admitir de forma parcial otro recurso presentado por los padres del menor. Para que se puedan practicar, la sección primera acuerda dejar sin efecto el sobreseimiento provisional y no concreta más pruebas hasta que se realicen las ya acordadas por el tribunal provincial.

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