La justicia colombiana respalda al periodismo feminista que denunció al cineasta Ciro Guerra
La Corte Constitucional negó una tutela del director de cine, que pedía retirar el reportaje en el que ocho mujeres lo acusaban de acoso o abuso sexual
La Corte Constitucional ha hecho pública una decisión esperada entre periodistas y feministas. La magistrada Diana Fajardo Rivera revisó una tutela interpuesta por Ciro Guerra, famoso cineasta colombiano, contra el medio feminista Volcánicas. El director de cine quería obligar al medio a retirar un artículo, publicado en junio del 2020 por Catalina Ruiz-Navar...
La Corte Constitucional ha hecho pública una decisión esperada entre periodistas y feministas. La magistrada Diana Fajardo Rivera revisó una tutela interpuesta por Ciro Guerra, famoso cineasta colombiano, contra el medio feminista Volcánicas. El director de cine quería obligar al medio a retirar un artículo, publicado en junio del 2020 por Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Milagros Londoño, titulado “Ocho denuncias de acoso y abuso sexual contra Ciro Guerra”. Guerra argumentaba que el medio y las periodistas violaron sus derechos a la honra y al buen nombre, y su presunción de inocencia. La Sala Primera de Revisión de la Corte no le dio la razón y fue más allá: señaló que el periodismo, como el de Volcánicas, debe ser protegido del acoso judicial, como el que pudo ejercer Guerra.
Sobre el reportaje en particular, la Corte señaló que “las periodistas siempre diferenciaron entre los relatos de las víctimas y su opinión, respetando en cada uno de dichos contextos los estándares exigibles constitucionalmente, por lo cual no vulneraron los derechos fundamentales del accionante”. El extenso reportaje citaba a ocho mujeres, que pidieron mantener su identidad en reserva, y que relataban actos de acoso sexual por parte de Guerra entre 2013 y 2019. Una de ellas denunciaba un caso de abuso sexual. Volcánicas citó los testimonios y buscó corroborarlos con mensajes de texto y personas cercanas a las mujeres. También le extendió la posibilidad de hablar al director acusado, y publicó sus respuestas.
La Corte encontró que Volcánicas cumplió con los estándares de imparcialidad y veracidad que protegen el derecho a la libertad de expresión, exponiendo la evidencia que encontraron pero también incluyendo la defensa del director, a quien contactaron antes de la publicación. “La opinión de las periodistas no partió del vacío sino de una profunda investigación y ellas, en todo caso, no afirmaron que Ciro Alfonso Guerra Picón hubiera sido condenado o esté siendo investigado por algún delito”, dice la decisión de la Corte. “Por tanto, la Sala no encontró elementos para determinar que el reportaje tenía el propósito de dañar al accionante (desde el concepto de la real malicia), sino el de contribuir al debate público”, añade.
María Camila Correa es una de las abogadas defensoras de Volcánicas y miembro de la organización El Veinte, que se encarga de defender casos de libertad de expresión. “Este fallo reivindica las voces de las mujeres que tienen la valentía de hablar, la libertad de opinión, de prensa, y recuerda que las violencias basadas en género son asuntos de interés público”, dice a EL PAÍS. Correa añade que hay algo especial en esta decisión, y es que no solo defiende el reportaje sino también a los periodistas de lo que se ha señalado como acoso judicial. “El acoso judicial es una forma en la que se ha buscando silenciar el periodismo de investigación en Colombia”, dice Correa.
Después de publicado el reportaje en 2020, Guerra no solo interpuso la tutela que analizó la Corte Constitucional. También presentó una denuncia penal en la que argumenta que con el reportaje se cometió el delito de calumnia, y una demanda civil, argumentando que el artículo le generó un daño que debe ser reparado. Exige un millón de dólares por ello.
La Corte Constitucional aclaró que todo ciudadano tiene derecho de acceder a la justicia, pero señala que puede producirse acoso judicial cuando una persona cuenta con notables recursos económicos para contratar a múltiples abogados para abrir distintos casos, para pedir indemnizaciones desproporcionadas (como un millón de dólares), y cuando hay un claro desbalance de poder. El riesgo es generar un “efecto silenciador” entre periodistas, ya que no cuentan con los recursos para enfrentarse a tales demandas a pesar de contar con testimonios o evidencia que sea importante para el interés público.
En el caso puntual, los magistrados consideraron que hay elementos para hablar de acoso judicial: el desequilibrio de poder entre Guerra y las periodistas; que el director haya acudido a distintos escenarios judiciales para solicitar la rectificación; la indemnización imposible de pagar; y “la pretensión de que los jueces ordenen a las periodistas que no vuelvan a mencionar a Ciro Alfonso Guerra Picón o relacionar lo con hechos delictivos se traduciría en censura previa”.
Por eso la Corte Constitucional, el más alto tribunal en Colombia, pide remitir copia de su sentencia al juzgado civil que analiza la indemnización millonaria y a la Fiscalía, donde cursa la denuncia penal. “Para que, de considerarlo pertinente, tengan en cuenta los lineamientos fijados sobre el ejercicio abusivo del derecho de acceso a la administración de justicia y la necesidad de aplicar una perspectiva de género al resolver casos relacionados con escenarios de discriminación y violencia contra la mujer”, dice el fallo.
“Esto es, quizás, un comienzo de jurisprudencia determinante para la libertad de prensa”, dijo en la radio La W el periodista Daniel Coronell, que ha enfrentado procesos judiciales por sus investigaciones y también ha acompañado a las periodistas de Volcánicas. La Corte Constitucional se había pronunciado anteriormente en favor de la libertad de expresión frente a denuncias parecidas de acoso sexual, pero no de forma tan contundente contra el acoso judicial que busca silenciarlas.
La noticia llega cuando hay nuevos señalamientos de acoso sexual cerca al centro del poder en Colombia. En enero varias mujeres señalaron de acoso y violencia sexual, de forma anónima, a quien iba a ser embajador de Emiratos Árabes, el académico Víctor de Currea-Lugo. Recientemente una mujer, cuya identidad mantiene en reserva EL PAÍS, acusó al secretario de presidencia, Mauricio Lizcano, de acoso sexual cuando él era legislador. El presidente Gustavo Petro ha pedido, además, que se investiguen los casos de posible acoso sexual en el Congreso y designó a una de sus senadoras más cercanas para que avance la investigación.
La decisión de la Corte Constitucional es un respaldo a los medios que investigan este tipo de abusos, y a las mujeres que hacen esas denuncias así decidan hacerlo sin revelar su identidad al público. Para Volcánicas en particular, un medio feminista que nació en 2020 y cuya primera publicación fueron las ocho denuncias contra Ciro Guerra, es un respiro. “[Las fuentes] están muy tranquilas y les agradecemos su valentía por dar el paso. A la Corte por hacer esta sentencia tan hermosa”, dijo la periodista Ruiz-Navarro a La W.
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