El Tribunal Electoral rechaza los últimos recursos de la oposición para revertir el triunfo de Sheinbaum
Los magistrados sostienen que en los comicios no hubo violencia generalizada, intervención de funcionarios, coacción del voto o uso electoral de programas sociales
Los últimos esfuerzos de la oposición por revocar el triunfo de Claudia Sheinbaum en las urnas han topado con pared. El Tribunal Electoral Federal (TEPJF) ha rechazado un cúmulo de denuncias presentadas por el PAN, el PRI y el PRD, así como por Xóchitl Gálvez, la excandidata presidencial de la alianza, en las que exigían la anulación de los comicios y la realización de una nueva elección. La oposición afirmaba que hubo múltiples condiciones que impidieron a los mexicanos ejercer su derecho al voto de manera libre. Las denuncias alegaban, por ejemplo, que hubo un contexto de violencia generalizada propiciada por el crimen organizado; que varios funcionarios públicos, incluyendo al presidente, Andrés Manuel López Obrador, hicieron pronunciamientos a favor de Sheinbaum; o que Morena, el partido oficialista, emprendió una estrategia de compra del voto.
Anular una elección es la sanción más grave que puede dictar el Tribunal Electoral, y para ello se deben cumplir condiciones de sistematicidad y determinancia (es decir, que los hechos denunciados hubieran influido en la votación). Los seis integrantes de la Sala Superior coincidieron en que las denuncias y las pruebas entregadas por la oposición no eran suficientes para emitir una resolución de ese calado. Sin embargo, dos de ellos, Janine Otálora y Reyes Rodríguez, señalaron que sí hubo conductas y condiciones que deberían investigarse y sancionarse, aun cuando no se dictase la nulidad de los comicios presidenciales. La resolución de este lunes acerca más a Sheinbaum a formalizar su triunfo del 2 de junio, cuando fue votada por 36 millones de personas, la cifra más alta alcanzada por cualquier candidato presidencial en la historia de México. El próximo 15 de agosto, el Tribunal Electoral tiene previsto entregar a la morenista la constancia que la oficializa como presidenta electa.
La oposición acusó a López Obrador de usar su popular conferencia Mañanera para influir en las preferencias electorales, al hablar del Plan C —la estrategia de que Morena para ganar la mayoría calificada en el Congreso— y de las candidatas. También se denunció la publicación del libro del mandatario, ¡Gracias!, y la entrevista que le hizo el Canal Red, vinculado al líder izquierdista español Pablo Iglesias. Los magistrados afirmaron que, de más de 200 conferencias analizadas, solo en 34 hubo pronunciamientos de López Obrador sobre el proceso electoral o las candidatas, pero que fueron enunciados neutrales. Lo mismo concluyeron sobre las expresiones del libro y la entrevista.
Otra denuncia de la oposición era que los gobernadores de Morena habían hecho publicaciones favorables a Sheinbaum en sus redes y habían participado en eventos políticos de la entones candidata. El Tribunal Electoral asentó que no hubo una “intervención sistemática y reiterada” de parte de los funcionarios señalados, y que las conductas documentadas por la oposición fueron “hechos aislados”. El magistrado Rodríguez criticó que la resolución —elaborada por los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata— no hiciera referencia a otras sentencias del TEPJF en las que sí se acreditaron violaciones al principio de neutralidad y equidad cometidas por funcionarios. “Las constantes intervenciones del Ejecutivo Federal durante la elección sí afectaron las condiciones de neutralidad y equidad en la contienda electoral, pero no invalidan la elección. En eso estoy de acuerdo”, ha dicho Rodríguez.
La denuncia planteaba que hubo un contexto de violencia generalizada y que el crimen organizado intervino en la elección, y se presentaron enlaces a notas periodísticas y columnas de opinión como indicios. La sentencia determinó que los textos hacían referencia a “situaciones de violencia aislada o focalizada, en su mayoría, en lo municipal y local, sin vinculación con la elección presidencial”. La magistrada Otálora se pronunció contra esa lectura. “El impacto de la violencia en un proceso electoral no puede determinarse únicamente por sus consecuencias en las actividades de la jornada electoral”, ha afirmado. “La violencia constituye una afrenta contra la democracia que afecta los principios e integridad conforme los cuales debe ser ejercido el derecho a votar y ser votado. No es posible distinguir el impacto de hechos violentos como el asesinato de candidaturas para concluir que afectan procesos municipales, pero no federales, cuando justamente ambos procesos ocurren de manera simultánea”, ha señalado.
Otro alegato de la oposición era que hubo desvíos de programas sociales de la Secretaría del Bienestar a la campaña electoral de Sheinbaum, y que Morena orquestó una estrategia nacional y local de compra y coacción del voto. El TEPJF resolvió que no hay pruebas de una aplicación sesgada de los programas de ayudas sociales y que tampoco se aportaron evidencias sólidas de la supuesta campaña de compra del sufragio. Nuevamente, el magistrado Rodríguez criticó el proyecto de sentencia por su falta de exhaustividad para probar las irregularidades. “Coincido en que las pruebas aportadas por los denunciantes fueron insuficientes para acreditar la coacción del voto a partir de un uso indebido de programas sociales. Sin embargo, el proyecto debió ahondar en su análisis para valorar si, durante esta elección, existieron mensajes coordinados entre partidos y Gobierno para pedir el voto desde el Poder Ejecutivo para la continuidad de los programas sociales”, afirmó. La magistrada Claudia Valle ha defendido que es válido que un candidato presidencial y su partido hagan posicionamientos frente al electorado en el sentido de que ganar los comicios puede redundar en una mejor o mayor implementación de dichos programas.
La oposición también acusó que la presidenta del INE, Guadalupe Taddei, emitió expresiones contra Xóchitl Gálvez (en realidad, la funcionaria pidió que no se utilice el color rosa institucional del INE en eventos políticos); que el INE ha actuado de manera deficiente por tardarse en resolver quejas; y el hecho de que la Sala Superior del TEPJF está incompleta por las omisiones del Senado en nombrar a dos magistrados faltantes. Esos alegatos también fueron rechazados por el Tribunal.
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