Las bibliotecas depositarias en México no podrán prestar obras sin autorización de las editoriales
El fallo de la Suprema Corte afecta a la Biblioteca de México, la Nacional y la del Congreso, pero algunos activistas expresan sus preocupaciones porque la decisión pueda replicarse en el resto
Los libros, canciones, películas y otros contenidos creados en México no podrán ser consultados en las tres bibliotecas depositarias del país sin la autorización previa de los titulares de los derechos de autor. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que la Biblioteca de México, la Biblioteca Nacional y la Biblioteca del Congreso deben contar con un permiso para digitalizar y poner a disposición del público los materiales que conservan. La decisión ha sido criticada por autores, bibliotecarios y activistas que consideran que...
Los libros, canciones, películas y otros contenidos creados en México no podrán ser consultados en las tres bibliotecas depositarias del país sin la autorización previa de los titulares de los derechos de autor. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que la Biblioteca de México, la Biblioteca Nacional y la Biblioteca del Congreso deben contar con un permiso para digitalizar y poner a disposición del público los materiales que conservan. La decisión ha sido criticada por autores, bibliotecarios y activistas que consideran que la medida es “absurda” e “innecesaria” y puede afectar al resto de las bibliotecas del país.
Editoriales, compañías disqueras y productoras de cine y televisión presentaron en julio y diciembre de 2021 dos amparos para declarar inconstitucional la Ley General de Bibliotecas de 2021. Los recursos hacían especial hincapié en los artículos que se refieren a las bibliotecas depositarias, es decir, aquellas que reciben de forma gratuita todas las obras que se crean en México para su almacenamiento, conservación y consulta pública. Por cada obra publicada, las editoriales y productoras debían, por ley, entregar dos ejemplares a cada biblioteca depositaria y hacerlo también en formato digital. La norma facultaba a la Biblioteca de México, a la Nacional y a la del Congreso para permitir el acceso público a esos contenidos.
“Eso ponía en riesgo los derechos de autor”, han defendido en un comunicado representantes de la industria, como la Cámara Nacional de la Industria Editorial o la Cámara Nacional de la Industria Cinematográfica, tras la sentencia. Aunque el tribunal rechazó declarar inconstitucional la norma, sí resolvió que “la Ley General de Bibliotecas debe sujetarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor”. El fallo, según los demandantes, “otorga seguridad jurídica” en la aplicación de la ley y “salvaguarda los derechos de propiedad intelectual”.
Bibliotecarios, activistas y autoras como Vivian Abenshushan, Isabel Zapata o Carla Faesler, sin embargo, han criticado la medida. Para Alejandra Quiroz, bibliotecaria durante cinco años en la Biblioteca Vasconcelos, una de las más importantes de Ciudad de México, la mediada es “absurda” porque “contraviene todo el sentido” de estas instituciones. “La normatividad dice que el depósito legal está para preservar la obra que se publica en el país y para ser puesta a disposición de la ciudadanía, y el público debería poder acceder a los materiales sin autorización previa”, apunta.
Grecia Macías, abogada de la Red de Defensa de los Derechos Digitales, considera que la sentencia, que aún no ha sido publicada por la Suprema Corte, “da a las editoriales una bala para contrarrestar la consulta gratuita de muchos materiales” porque también abre la posibilidad a que los ejemplares entregados tengan “candados” que eviten su copia, transmisión o traducción. “Nos preocupa porque en la sentencia no se consideró uno de los principios de la ley, que es el interés público conservar las obras y promover el acceso al conocimiento y la cultura”, dice la letrada.
Tanto Quiroz como Macías expresan su temor porque la medida pueda “sentar un precedente”. “El problema es que se replique en el resto de las bibliotecas del país”, dice la Quiroz. La bibliotecaria reconoce que la Ley General de Bibliotecas “está mal hecha”. “Es en lo que estamos de acuerdo casi todos”, asegura. Sin embargo, opina que la reacción de las editoriales y productoras de contenidos fue “desmedida”. Las consecuencias del fallo de la corte, dice, son ahora “un obstáculo al acceso a la información”. “Las bibliotecas están para salvar las brechas de desigualdad”, advierte.
Macías agrega que el fallo “puede servir para asediar a las bibliotecas no depositarias”. “Eso destruye la idea de las bibliotecas y las vuelve solo un estante de libros”, añade. La abogada agrega que además “hay muchísimos países que reconocen excepciones en las leyes de derechos de autor para las bibliotecas” y cita una investigación del bibliotecario estadounidense Kenneth Crews. Según un estudio hecho sobre 186 países y actualizado en 2017, más del 30% de los territorios contaban con estas excepciones, entre ellos Estados Unidos, Australia, Canadá o Polonia. “Es impresionante que en México se piense que las bibliotecas están dentro del mercado del derecho de autor”, dice Macías.
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