GENTE

EMILIO ARAGÓN, DESAMPARADO

El Tribunal Constitucional ha negado el amparo solicitado por Emilio Aragón contra la sentencia del Supremo que en 1998 estimó que un dibujo publicitario alusivo a él carecía de intensidad identificatoria suficiente para justificar la protección de su propia imagen. El dibujo, realizado por ordenador, representaba unas piernas cruzadas que vestían unos pantalones negros y calzaban botas deportivas de color blanco, y, junto a todo ello, una leyenda que decía: 'La persona más popular de España está dejando de decir te huelen los pies'. Basado en sus apariciones televisivas y en la canción...

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El Tribunal Constitucional ha negado el amparo solicitado por Emilio Aragón contra la sentencia del Supremo que en 1998 estimó que un dibujo publicitario alusivo a él carecía de intensidad identificatoria suficiente para justificar la protección de su propia imagen. El dibujo, realizado por ordenador, representaba unas piernas cruzadas que vestían unos pantalones negros y calzaban botas deportivas de color blanco, y, junto a todo ello, una leyenda que decía: 'La persona más popular de España está dejando de decir te huelen los pies'. Basado en sus apariciones televisivas y en la canción Me huelen los pies, de la que era intérprete Aragón, éste presentó una demanda contra Proborín, SL, por vulneración de su derecho a la imagen, que fue desestimada en 1993. Apeló y la Audiencia Provincial de Badajoz estimó, por el contrario, que Aragón debía ser indemnizado con 500.000 pesetas por intromisión ilegítima en su imagen mediante el uso comercial, no autorizado, de la misma. Proborín, SL, recurrió al Supremo, que anuló la condena. El asunto ha sido zanjado por el Tribunal Constitucional, que, en una sentencia de la que ha sido ponente su vicepresidente, Carles Viver Pi-Sunyer, ha ratificado el criterio del Supremo. El máximo intérprete de la Constitución considera que en el anuncio 'no quedaba concernido el bien jurídico protegido por el derecho fundamental a la propia imagen', ya que, según razona, 'no estamos ante la reproducción del rostro o de los rasgos físicos de la persona del recurrente, sino ante la representación imaginaria de las características externas de un personaje televisivo'.

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