La legalidad del recargo del 3% en la Comunidad de Madrid, al Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional deberá dictaminar, si acepta a trámite el recurso, la legalidad del recargo del 3% establecido en la Comunidad de Madrid sobre el impuesto de la renta de las personas fisicas (IRPF), al haber decidido el Grupo Popular presentar recurso de inconstitucionalidad.José María Ruiz Gallardón, uno de los portavoces de Coalición Popular en el Congreso de los Diputados, confirmó ayer que ha recibido de su grupo el encargo de interponer el recurso contra la ley que establece el recargo, aprobada por el Parlamento autónomo de Madrid el pasado mes de diciembre.

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El Tribunal Constitucional deberá dictaminar, si acepta a trámite el recurso, la legalidad del recargo del 3% establecido en la Comunidad de Madrid sobre el impuesto de la renta de las personas fisicas (IRPF), al haber decidido el Grupo Popular presentar recurso de inconstitucionalidad.José María Ruiz Gallardón, uno de los portavoces de Coalición Popular en el Congreso de los Diputados, confirmó ayer que ha recibido de su grupo el encargo de interponer el recurso contra la ley que establece el recargo, aprobada por el Parlamento autónomo de Madrid el pasado mes de diciembre.

La presentación del recurso no paraliza la aplicación de la ley, por lo que los madrileños deberán pagar, junto a la declaración de la renta a presentar este año, una cantidad en torno a los 11.000 millones de pesetas.

Joaquín Leguina, presidente del Gobierno regional de Madrid, declaró que considera la actitud del Grupo Popular "un precedente peligroso".

Uno de los principales argumentos del recurso consistirá ' según adelantó Ruiz Gallardón, en que el nuevo impuesto puede suponer una violación del principio constitucional que establece que las comunidades autónomas "no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio". El impuesto regional, al aplicarse como recargo sobre el impuesto de la renta de las personas físicas, afectará a los ingresos generados por todo tipo de bienes mobiliarios o inmobiliarios que posean los contribuyentes cuya residencia principal se encuentra en la província de Madrid, con independencia de su ubicación.

Leguina declaró ayer que "la ley orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas permite a éstas establecer recargos sobre impuestos estatales que graven la renta y el patrimonio".

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