Petro toma el control de los servicios públicos domiciliarios
El presidente retoma las funciones de administración y vigilancia que estaban delegadas desde 1994 en comisiones reguladoras
El presidente de la República, Gustavo Petro, ha decidido retomar las facultades de administración y control de los servicios públicos domiciliarios como la electricidad, según ha anunciado este jueves. Ha citado el artículo 370 de la Constitución para justificar que la medida está dentro de sus atribuciones, pese a que estas facultades están delegadas en comisiones independientes desde 1994. “Lo haré temporalmente en defensa del usuario”, ha justificado en Twitter.
La inflación ha afectado especia...
El presidente de la República, Gustavo Petro, ha decidido retomar las facultades de administración y control de los servicios públicos domiciliarios como la electricidad, según ha anunciado este jueves. Ha citado el artículo 370 de la Constitución para justificar que la medida está dentro de sus atribuciones, pese a que estas facultades están delegadas en comisiones independientes desde 1994. “Lo haré temporalmente en defensa del usuario”, ha justificado en Twitter.
La inflación ha afectado especialmente a los servicios públicos en el último año. La electricidad, por ejemplo, aumentó un 22,4% desde enero de 2022, de acuerdo a los datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) hace unas semanas. Es casi 10 puntos más que el promedio de 13,1%, una cifra que de todos modos es la más alta de este siglo. Por ello, el Gobierno firmó en octubre un acuerdo con más de 80 empresas energéticas para bajar las tarifas. La medida generó expectativa, pero no logró frenar la subida de precios.
El artículo 370 de la Constitución de 1991 reconoce las atribuciones del presidente en este asunto. “Corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten”, lee el texto.
Los años posteriores a la nueva Constitución trajeron racionamientos energéticos por la escasez que vivía el país. Por ello, en 1994, se sancionó una ley que reglamentaba la regulación de servicios como la electricidad, el alcantarillado y la distribución de gas combustible. Se crearon varias comisiones reguladoras con el objetivo de despolitizar al sector y priorizar criterios técnicos. Hoy son tres entidades: la Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG), la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRC). Quedaron adscritas a los ministerios correspondientes, pero tienen “independencia administrativa, técnica y patrimonial”. Por ejemplo, los comisionados tienen periodos fijos y los presidentes no los pueden remover.
La Ley 142 de 1994 especificó que se aplicaba a las comisiones solamente si el Ejecutivo delegaba atribuciones en ellas. “En caso contrario, el presidente ejercerá las funciones que aquí se atribuyen a las comisiones”, dice el artículo 68 para dejar en claro que son facultades presidenciales. En ese sentido, las normas respaldan la decisión del presidente.
Petro ha expresado su predisposición a asumir el control desde septiembre, cuando se refirió puntualmente a su deseo de frenar el incremento en los precios de energía. Anunció su intención en un congreso de Andesco, la agremiación de las empresas de servicios públicos: “Las comisiones reguladoras son para regular los mercados en función del derecho universal, no para afirmar procesos de especulación financiera, como hasta ahora lo han realizado”. Poco después, sin embargo, el Gobierno firmó un acuerdo para bajar tarifas y el anuncio que afectaba a la CREG no se concretó.
La intención del presidente en septiembre generó incertidumbre, sobre todo respecto al impacto en la toma de decisiones por parte de técnicos independientes. El presidente de Andesco, Camilo Sánchez, aseguró a este periódico que le preocupaban las implicaciones en la calidad de la prestación del servicio de energía. “Todos estamos de acuerdo en que hay que buscar salidas para el valor de la factura, que se ha disparado porque el impacto inflacionario para el productor está muy por encima de lo esperado, pero puede haber efectos irreparables y muy costosos al final de cuentas porque se daña la prestación del servicio”, comentó.
Ahora vuelven a surgir las dudas, que también conciernen a los límites de la decisión presidencial. Legalmente, el presidente no tiene un margen de maniobra absoluto, según explica por WhatsApp Julián López Murcia, experto en regulación de servicios públicos y exsuperintendente delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo. “La Constitución ordena que las tarifas de servicios públicos reconozcan todos los costos eficientes de prestación. El Presidente no podría incumplir esta disposición constitucional”, señala como ejemplo. Además, para Murcia, un cambio abrupto en las regulaciones puede generar “más costos que beneficios”, en especial para los sectores más vulnerables.
Suscríbase aquí a la newsletter de EL PAÍS sobre Colombia y reciba todas las claves informativas de la actualidad del país.