CONSTITUCIÓN DE CHILE

Las diferencias entre el borrador para una nueva Constitución chilena y el texto de 1980 y que la democracia reformó 64 veces

La comisión de expertos termina el anteproyecto que el 7 de junio entregará al Consejo Constitucional, el órgano electo que redactará el texto final. La nueva propuesta, moderada, contiene cambios clave, como el Estado social y el establecimiento de nuevos derechos

Un vendedor callejero ofrece ejemplares de la Constitución de Chile en el Paseo Ahumada, en el centro de Santiago.Sebastián Utreras

La noche del martes 30 de mayo, entre aplausos y el canto espontáneo del Himno Nacional de Chile, la comisión experta, compuesta por 24 integrantes nombrados por los partidos políticos y visados por el Congreso, terminó la primera etapa del nuevo proceso constitucional chileno. A partir de marzo elaboraron un anteproyecto que servirá de base de trabajo al Consejo Constitucional, el órgano paritario electo de 50 miembros que tendrá seis ...

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La noche del martes 30 de mayo, entre aplausos y el canto espontáneo del Himno Nacional de Chile, la comisión experta, compuesta por 24 integrantes nombrados por los partidos políticos y visados por el Congreso, terminó la primera etapa del nuevo proceso constitucional chileno. A partir de marzo elaboraron un anteproyecto que servirá de base de trabajo al Consejo Constitucional, el órgano paritario electo de 50 miembros que tendrá seis meses para redactar el texto final. En diciembre será sometido a un plebiscito en el que ciudadanía determinará si lo aprueba o rechaza. Será una instancia en la que la extrema derecha, representada por el Partido Republicano, que obtuvo una mayoría en las elecciones del 7 de mayo, tendrá por sí sola 23 consejeros (consiguió un 35% de los votos).

Este es el segundo intento de Chile en tres años por reemplazar la Constitución actual que nació en 1980 en la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) y que ha sido reformada en 64 ocasiones en democracia. En septiembre de 2022, los chilenos rechazaron por un 62% la propuesta de la Convención Constitucional, que contenía transformaciones profundas a la institucionalidad chilena. En cambio, el anteproyecto de la comisión experta presentado el martes, aunque presenta varias modificaciones clave que marcan diferencias con la ley de leyes del régimen autoritario, es un texto moderado que ha dejado a las izquierdas y derechas conformes, aunque no felices, pues todos los sectores tuvieron que ceder en favor de los acuerdos.

“No es la Constitución soñada para ninguno de nosotros, pero sí una Constitución bajo la que todos sintamos que podemos convivir y que sentimos como propia”, dijo la presidenta de los comisionados, Verónica Undurraga, del PPD, colectividad de centrozquierda del oficialismo del Presidente Gabriel Boric, al terminar la votación el martes por la noche. Esto, mientras el vicepresidente Sebastián Soto, de Evópoli, de derecha moderada, agregó sobre la nueva propuesta: “Puede tener algunos artículos que a cada uno de nosotros no nos gustan tanto, pero que final nos satisface colectivamente”.

Con todo, el anteproyecto que recibirá el Consejo Constitucional, aunque no tiene un carácter refundacional –como fue criticado el proyecto que se rechazó el año pasado– tiene varias diferencias con respecto a la Constitución actual que ha tenido reformas profundas y que desde 2005 lleva la firma del exmandatario socialista Ricardo Lagos (2000-2006), que sacó del texto los últimos enclaves autoritarios. Por ejemplo, el nuevo borrador establece un Estado social de derecho que se distancia con el modelo actual, donde los privados tienen un papel clave.

Pero, simbólicamente, para el constitucionalista Javier Couso, profesor de la Universidad Diego Portales (UDP), antes que todo es fundamental relevar las implicancias que tiene la presentación de este anteproyecto para la historia de Chile: “En lo procedimental hay un cambio gigantesco ante una Constitución, la vigente, que fue impuesta por una dictadura objetivamente criminal y en un plebiscito fraudulento (en 1980)”.

Estos son algunos de los principales cambios de la nueva propuesta y que se diferencian con la Constitución que rige hoy en Chile.

El Estado social

La propuesta de la comisión experta contiene 14 capítulos. El artículo 1 tiene dos incisos. El primero dice que “la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Su respeto y garantía es el primer deber de la comunidad política y de su forma jurídica de organización”. Pero es en el segundo donde se consagra una aspiración histórica de centroizquierda chilena: “Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.

El Estado social es un primer cambio fundamental con respecto al texto actual. Patricio Zapata, constitucionalista, recuerda que, aunque no se llamó Estado social, la Carta Magna de 1925 –que fue reemplazada por Pinochet– ya contenía el concepto, por lo que ahora, apunta, se retoma. “La de 1925 señalaba que el Estado ya no podía jugar el papel que había tenido en el siglo XlX, que era solo de un gendarme, y que tenía que asumir compromisos en educación, en salud y en previsión”.

Y agrega: “No lo llamó Estado social, pero era. Y eso se profundizó en 1971, cuando se hizo una gran reforma que se llamó el Estatuto de garantía, justo antes que asumiera Salvador Allende y, por lo tanto, quedó muy definido un Estado social. Eso se interrumpe con el golpe de Estado de 1973. Entonces, lo que estamos haciendo hoy es de alguna manera volver a un cauce con harta historia”.

El nuevo anteproyecto, dice Zapata, con respecto al modelo de Estado subsidiario actual, se diferencia en cuáles, cuántas y cuán intensas son ahora las responsabilidades que asume el Estado. “Hoy tenemos uno que tiene pocas, aunque importantes, como cierta autonomía, derecho de propiedad, libertad de asociación, libertad de expresión, derecho a elegir en un conjunto de terrenos económicos. Pero cuando llegan los problemas de la subsistencia, el Estado dice: ‘Lo cierto es que no es lo mío. Eso lo tiene que proveer la economía y el crecimiento económico’. Porque el Estado actual no asume responsabilidades frente al problema de la necesidad”.

Los nuevos derechos

El anteproyecto de la comisión experta, además, contiene varios derechos sociales que no existen en la Constitución actual. Entre ellos no solo está el derecho a la vivienda, sino que una vivienda con apellido: adecuada.

También el nuevo borrador presenta un cambio muy relevante, destaca Couso. El texto actual, por ejemplo, en el artículo 19 sobre derechos y deberes constitucionales, dice lo siguiente sobre el trabajo: “La libertad de trabajo y su protección. Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución”. En cambio, la comisión experta consagra “el derecho al trabajo decente, a su libre elección y libre contratación”. Y añade que ”comprende el acceso a condiciones laborales equitativas, la seguridad y salud en el trabajo, así como a una remuneración justa, al descanso y la desconexión digital, con pleno respeto de los derechos fundamentales del trabajador en cuanto tal”.

También la nueva propuesta tiene otra diferencia: el derecho a huelga: “La libertad sindical. Ésta comprende el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga”.

Otra distinción del borrador es que consagra constitucionalmente “el derecho al agua y al saneamiento, de conformidad a la ley”. “Es deber del Estado garantizar este derecho a las generaciones actuales y futuras”. Es un hecho importante, pero los especialistas destacan que la norma ya es parte del Código de Aguas, que fue reformado. Pese a eso, su eventual reconocimiento en la Carta Magna dista mucho de lo que existe en la Constitución actual, que señala que “los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”.

Pueblos indígenas e interculturalidad

En la actual Constitución, los pueblos indígenas no aparecen mencionados. Pero en el borrador de la comisión experta tienen reconocimiento constitucional “como parte de la Nación chilena, que es una e indivisible”. Además, “el Estado respetará y promoverá sus derechos individuales y colectivos garantizados por esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. El experto Couso destaca, además, que el Estado reconoce su interculturalidad.

Sin embargo, el nuevo anteproyecto dista mucho de la propuesta de la Convención Constitucional que se rechazó en 2022, que estableció que Chile era un Estado plurinacional y, entre otras normas, que fueron muy cuestionadas en su tiempo, se estableció el pluralismo jurídico y que “el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que en virtud de su derecho de libre determinación, coexisten coordinados en un plano de igualdad con el sistema nacional de Justicia”.

Mecanismos de democracia participativa

Couso destaca de la nueva propuesta los mecanismos participación y democracia directa: “Son importantes. Con el 4% del último padrón electoral, se podrá (la ciudadanía) proponer una iniciativa popular de ley, que el Congreso deberá considerar para estar de acuerdo o no. Y, con el 3% del último padrón, se podrá proponer la revocación de una ley o parte de una ley, y ahí deberá, aceptarlo o no, un referédum”.

Y añade: “Esto instala mecanismos de democracia participativa como no hay”.

Familia y derecho a la vida

La Constitución actual dice que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, una frase que también contiene este borrador. Pero agrega otra línea, que amplía el concepto en plural: “Es deber del Estado y la sociedad dar protección a las familias y propender a su fortalecimiento”.

El texto que rige hoy en Chile, además, se refiere en su artículo 1 al derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona y que “la ley protege la vida del que está por nacer”. En cambio, el anteproyecto de la comisión experta señala solamente lo siguiente: “El derecho a la vida”, y reitera, inmediatamente, que se prohíbe la pena de muerte. “El derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica. Nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, agrega.

En la propuesta rechazada en 2022, en cambio, se consagró el derecho al aborto en la Constitución: “Toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción”.

Cambio climático y medioambiente

La Constitución de 1980 en su tiempo fue innovadora al establecer “el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”. Pero la nueva propuesta va mucho más allá: “Es deber del Estado el cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad, protegiendo el medio ambiente y promoviendo la sostenibilidad y el desarrollo”.

Además, la comisión experta ha incorporado un nuevo capítulo sobre Protección del medio ambiente, sostentabilidad y desarrollo: se habla del cuidado de la naturaleza y su biodiversidad “considerando a las actuales y futuras generaciones”, de energías renovales y, entre muchos otros aspectos, de cambio climático por primera vez. “El Estado implementará medidas de mitigación y adaptación, de manera oportuna y justa, ante los efectos del cambio climático. Asimismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos”, dice el texto aprobado el martes.

La Convención Constitucional, en tanto, cuya propuesta fue rechazada rotundamente por la ciudadanía en septiembre de 2022, señalaba en un artículo que “la naturaleza tiene derecho a que se respete y proteja su existencia, a la regeneración, a la mantención y a la restauración de sus funciones y equilibrios dinámicos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad”.







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