Errores de la Fiscalía, un testigo estrella dudoso y un cargo de homicidio impreciso: los argumentos del juez para absolver a Santiago Uribe
Un juez de Medellín determinó que no fue posible probar que el hermano menor del expresidente Álvaro Uribe hubiera consolidado o participado del clan criminal de Los 12 apóstoles
La decisión de absolver a Santiago Uribe Vélez, el hermano menor del expresidente Álvaro Uribe, tardó tres años y nueve meses en llegar, desde que terminó el juicio en su contra. Este miércoles, el juez Jaime Herrera Niño dio a conocer la decisión en primera instancia que determina que el ganadero antioqueño no es responsable de los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado, relacionados con un grupo paramilitar local conocido como Los 12 apóstoles.
Al iniciar las 219 páginas del escrito, el togado aclara que el grupo armado, al que se le atribuyen más de 300 asesinatos selectivos, desplazamientos, desapariciones o amenazas, sí existió. “No es una narración periodística ni un cuento de miedo inventado por los medios de comunicación; sino una realidad dolorosa que vivió la población del norte de Antioquia”, se lee en la sentencia. El fallo también niega que el proceso judicial tenga su génesis en rencillas políticas, relacionadas con el poder que ostenta la familia Uribe Vélez en Colombia. En cambio, afirma que se trata de un hecho jurídico “despojado de todo sesgo político”. Sin embargo, más adelante desarrolla los argumentos fundamentales que lo han llevado a concluir que no tiene certeza de que Santiago Uribe haya sido responsable de esos dos delitos.
La Fiscalía cometió graves errores
En la sentencia, el juez llama la atención de la Fiscalía por su actuar en el proceso de acusación y sus “garrafales yerros”. “No continuó con la línea que adelantó en la diligencia de indagatoria en la resolución de acusación; aplicó por favorabilidad una disposición con un verbo que no existía; no determinó el tiempo ni el lugar de la ejecución de la conducta punible y confundió las figuras de intervención”. En suma, para el juez, la Fiscalía cometió errores técnicos que violaron el derecho de Uribe Vélez a la defensa. “El pliego de cargos, entonces, resultó lesivo de las formas propias de un proceso como es debido (en cuanto su falta de coherencia no permitió respetar el principio de congruencia), pero también del derecho a la defensa, como que el procesado y su defensor no tuvieron certeza respecto de por qué precisos hechos y categorías de intervención en el delito debían defenderse”, explica la sentencia, que pese a ello hace un estudio de fondo.
Los testigos contra Santiago Uribe discrepan sobre su papel
Entre las decenas de testigos, cuatro señalaron directamente a Santiago Uribe de participar en el grupo armado. Pero sus versiones sobre el papel que desempeñaba eran diferentes, lo que para el juez es un motivo para dudar de la exactitud de ellas. “Explicó Meneses Quintero que Santiago Uribe Vélez era el jefe; el que coordinaba; dirigía y ordenaba las operaciones de la cofradía criminal; sin embargo, Eunicio Pineda Luján sostiene que Álvaro Vásquez y Santiago Uribe manejaban el grupo, pero, el que mandaba era alias Rodrigo; sobre este asunto puntual, Alexander Amaya Vargas dice que cree que Santiago Uribe Vélez era un financiero y finalmente, Olguan Agudelo Betancur dice que no conoció a Santiago pero que era un jefe”, se lee en la sentencia.
Aunque hay más testigos que vinculan a Santiago Uribe con Los 12 apóstoles, el juez encuentra que sus relatos no son válidos. Tras analizar los de nueve de ellos, concluye que no eran de primera mano y que su “percepción proviene directamente de fuentes de conocimiento sin individualizar o muertas, es decir, de rumores públicos” que no pueden corroborar.
El testigo estrella no es creíble
El proceso, que comenzó en 1997, se sustentó en decenas de testimonios, incluyendo los de varios integrantes de Los 12 apóstoles. Pero, de todos ellos, el central es Juan Carlos Meneses, quien por cuatro meses de 1994 comandó la estación de Policía de Yarumal, municipio del norte de Antioquia en el que Santiago Uribe administraba la hacienda La Carolina. De hecho, fue su testimonio en 2010 el que reactivó un caso que se había cerrado una década antes. Meneses ha dicho que se gestaron “reuniones secretas en la finca de Uribe Vélez”, en las que ganaderos y comerciantes ofrecían apoyo financiero para sostener las actividades criminales. También ha dicho que en esa finca “se entrenaba físicamente a los que después participaban en las acciones ordenadas” y ha señalado al entonces encargado de la hacienda de haber comandado el grupo.
Sin embargo, para el juez Meneses no es un testigo creíble. Uno de los puntos que le generó sospechas es que haya hecho una denuncia “15 años después de acaecidos los hechos”. También recuerda que en su versión hace señalamientos a personas que han muerto o que no puede ubicar para que se defiendan, y cuestiona que asegure que el grupo siguió operando después de su salida de Yarumal “cuando ya se tiene acreditado incluso por sus mismos dichos que él perdió contacto con la zona”. También refuta con otras fuentes señalamientos de Meneses como que Uribe Vélez haya ordenado pintar los vehículos de la Policía o que utilizara el nombre de su hermano Álvaro, en ese entonces senador y luego gobernador de Antioquia: “Cae por su propio peso la afirmación del testigo cuando señala que Santiago Uribe le informaba a su hermano Álvaro Uribe de todas las operaciones y, más adelante, señala que Santiago no le ayudó en nada y que sus abogados fueron familiares”.
“Es evidente que el comportamiento exhibido por el testigo tiene un matiz infantil, pues deja entrever como, si no obtiene lo que está pretendiendo simplemente guarda silencio ―como ocurrió en sede de la vista pública―, se victimiza ―diciendo que tiene miedo― y alude a que la Fiscalía no le cumplió”, concluye la sentencia, tras contrastar las versiones del expolicía con las de otros testigos.
La Fiscalía no fue clara en el cargo de asesinato
El segundo delito que la Fiscalía imputó a Santiago Uribe fue su participación en el homicidio de Camilo Barrientos Durán. No hay duda de que fue asesinado el 25 de febrero de 1994 en la vía Yarumal-Campamento, y de ello han dado cuenta todos los testimonios de los exintegrantes del grupo armado ante la justicia. Por este caso, el juez llamó la atención del fiscal y señaló que en ningún momento del proceso indicaron de qué forma intervino Uribe Vélez en este crimen. “En la parte resolutiva indicó que Santiago Uribe Vélez fue el autor, aunque posteriormente intentó señalarlo como autor mediato. En ese sentido, es claro para esta agencia judicial que el único testigo de cargo que narró ante la audiencia que Santiago Uribe Vélez había dado la orden de asesinar a Camilo Barrientos por estar enlistado como colaborador de la insurgencia, fue el mayor retirado Juan Carlos Meneses Quintero”.