El Supremo frena el “plan B” electoral de López Obrador
La Corte ha concedido una suspensión que congela por tiempo indefinido las modificaciones aprobadas por el Congreso a la estructura y funciones del INE
La Suprema Corte de Justicia ha admitido la controversia constitucional presentada por el INE en contra de la reforma electoral del Gobierno y ha concedido una suspensión para que las modificaciones legales no se apliquen hasta que los ministros resuelvan si son constitucionales o no. Con esta decisión, el INE, órgano autónomo encargado de organizar y garantizar las elecciones en México, podrá conservar sus funciones y estructura institucional, y seguir operando como hasta antes de la aprobación ...
La Suprema Corte de Justicia ha admitido la controversia constitucional presentada por el INE en contra de la reforma electoral del Gobierno y ha concedido una suspensión para que las modificaciones legales no se apliquen hasta que los ministros resuelvan si son constitucionales o no. Con esta decisión, el INE, órgano autónomo encargado de organizar y garantizar las elecciones en México, podrá conservar sus funciones y estructura institucional, y seguir operando como hasta antes de la aprobación del llamado “plan B” electoral. La suspensión fue concedida por el ministro Javier Laynez, en cuya ponencia recayó el recurso promovido por el INE. El ministro ha dejado ver que, a su consideración, la reforma impulsada por el Gobierno puede suponer violaciones a los derechos políticos de los ciudadanos. Su razonamiento arroja luz sobre el sentido en el que podría elaborar su proyecto de sentencia y hace tambalear una de las mayores apuestas legislativas de la Administración de Andrés Manuel López Obrador. La suspensión estará vigente el tiempo que tome la Corte para resolver la controversia constitucional.
“El ministro instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del decreto [de reforma] para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”, ha anunciado la Corte este viernes. “Dicha suspensión fue otorgada debido a que el decreto no sólo contiene normas de carácter general, sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede”. El Supremo añade que ya en ocasiones anteriores ha resuelto “que en controversias constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión, aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”.
Tanto la Consejería Jurídica del Ejecutivo como el Congreso pueden recurrir la suspensión ante la misma Corte, que resolverá el asunto a través de alguna de sus salas, un trámite que puede tomar varias semanas.
El INE impugnó el pasado 9 de marzo ante la Corte las reformas a cuatro leyes: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral. En el recurso, que fue turnado al ministro Laynez, el instituto pidió a los ministros del máximo tribunal que suspendiesen la aplicación de las reformas en tanto analizaban el fondo de la controversia constitucional, a fin de que se interrumpiesen sus efectos, “de manera particular por lo que hace a la afectación a los derechos fundamentales de quienes integran el Instituto Nacional Electoral y a los derechos políticos de la ciudadanía”. El INE ha advertido anteriormente de que la implementación del paquete electoral afecta de manera crítica sus funciones, pues significaría el despido de 6.000 funcionarios, casi la tercera parte de sus recursos humanos, además de que limita sus facultades de sanción a partidos políticos y funcionarios que hagan campaña fuera de tiempo y utilizando recursos públicos.
Previamente, el INE había promovido el 1 de febrero una primera impugnación contra los cambios a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que también formaron parte del paquete electoral oficialista. Ese recurso fue turnado a la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán.
Las reformas a esas seis leyes conforman el “plan B” electoral que fue impulsado por López Obrador y su partido, Morena, con el argumento de reducir los costos públicos del sistema de elecciones. Un paquete de reformas que, a decir de los críticos del Gobierno, en realidad busca “desmantelar” y controlar el aparato que organiza los comicios y emite los resultados de las votaciones, precisamente a un año de que se lleven a cabo las elecciones presidenciales y legislativas más grandes de la historia reciente de México.
Las resoluciones que ha emitido el poder Judicial respecto de algunas partes del “plan B” ya han acusado confrontaciones con Palacio Nacional. El caso más emblemático está relacionado con la destitución del secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo, cuyo cese estaba previsto en un artículo transitorio del decreto de reforma. El funcionario electoral presentó un recurso ante el Tribunal Electoral, que el pasado miércoles le dio la razón y ordenó inaplicar el transitorio, con el argumento de que no puede haber leyes privativas, es decir, que estén dirigidas a afectar a una persona en particular, caso de Jacobo. El tribunal también estableció que el nombramiento o destitución del secretario ejecutivo del INE es una facultad exclusiva del propio instituto electoral que no puede ser invadida por otros poderes. La Presidencia de la República había tachado de parcial a la magistrada que elaboró la sentencia, Janine Otálora, y había solicitado que no participara en la votación del asunto, lo que no fue acatado por el tribunal.
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