Ir al contenido

SOAP 2026 en Chile: qué ocurre con la suspensión de la venta de los seguros para renovar el Permiso de Circulación

Las aseguradoras suspendieron de manera temporal la venta del seguro obligatorio para los automóviles, un documento fundamental para circular por las calles del país sudamericano

La Asociación de Aseguradores de Chile (AACh), la entidad gremial que reúne a las aseguradoras del país sudamericano, han anunciado el pasado sábado de la suspensión de la venta de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), uno de los documentos fundamentales para obtener la renovación del Permiso de Circulación, la autorización básica para que un automóvil pueda circular por las calles. La medida se conoce casi un mes antes de que los usuarios concreten el trámite para la renovación del permiso, el que permite conducir sin el riesgo de recibir una multa por parte de las autoridades.

Las aseguradoras han tomado esta medida tras la publicación en el Diario Oficial de la Ley N°21.797, conocida como la Ley Jacinta, una norma que ha establecido algunas modificaciones en la cobertura del SOAP. Las compañías han afirmado que todavía hay pasos pendientes en el procedimiento administrativo para la entrada en vigencia de los cambios. ”Aún se encuentra pendiente que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza de dicho seguro, con las modificaciones establecidas por la Ley Jacinta, en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial”, ha señalado la asociación en un comunicado. Durante el mediodía del lunes, la CMF ha informado sobre la actualización del proceso, por lo que solo resta la publicación del decreto en el Diario Oficial para que las empresas retomen la venta de sus pólizas. En la tarde de esa misma jornada, las aseguradoras retomaron la venta del seguro bajo la nueva normativa vigente.

Qué es el SOAP y cómo cambia con la ‘Ley Jacinta’

El SOAP es un seguro que cubre la muerte y lesiones corporales que sean consecuencia directa de siniestros de tránsito sufridos por personas en los cuales intervenga un vehículo asegurado. Con su cobertura se pagan los gastos de hospitalización o atención médica, quirúrgica, farmacéutica y dental, o de rehabilitación. En el caso de invalidez o de muerte se entrega un pago directo al afectado a otros beneficiarios, según corresponda el caso. La nueva legislación, que ha provocado la parálisis de la venta de los seguros, contempla que el pago por fallecimiento e incapacidad permanente, que alcanza de 300 a 600 UF, equivalentes a 12 millones a 24 millones de pesos (14.000 a 28.000 dólares); incapacidad permanente parcial, de 200 a 400 UF, equivalentes a 8 millones a 16 millones de pesos (9.300 a 19.000 dólares); y gastos de hospital/rehabilitación, de 300 a 600 UF, equivalentes a 12 millones a 24 millones de pesos (14.000 a 28.000 dólares).

Cuándo terminó la suspensión

Hasta la tarde del lunes aseguradoras no habían entregado una fecha específica para el retorno de las ventas del SOAP, aunque han precisado que todo depende de la realización del trámite que queda pendiente en la CMF. El ministro de Economía y Energía, Álvaro García, ha expresado su molestia con el apuro de las aseguradoras y ha asegurado que la Comisión está trabajando para concretar la gestión lo antes posible. “Hay que aclarar que esta nueva ley se publicó recién el sábado. Fueron bien rápidas las aseguradoras en alegar: un día después de publicada la ley”, ha señalado García. Finalmente, las aseguradoras anunciaron el levantamiento de la paralización durante el cierre de la pasada jornada.

Qué pasa con los seguros ya contratados

El gremio asegurador ha dicho que las personas que compraron su seguro antes de la suspensión temporal conservarán sus coberturas, ya que el contrato se ha realizado bajo la legislación vigente al momento de la contratación, por lo que mantiene su validez.

Archivado En