La reforma del artículo 33: la tarea pendiente de México con sus extranjeros
La discusión sobre los foráneos opinando sobre política nacional lleva implantada en la sociedad mexicana desde su independencia
Era un día tranquilo de primeros de diciembre cuando Felipe Calderón, expresidente de México, incendió las redes sociales con la publicación de un tuit, en el que pedía la expulsión de Abraham Mendieta, un analista político español afín a Morena, el partido del actual presidente. “El que debe ser expulsado del país por intervenir en asuntos políticos eres tú. Artículo 33: ‘El Ejecutivo de la Unión… podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras… Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país’. Fuera Mendieta por metiche!”. Calder...
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Era un día tranquilo de primeros de diciembre cuando Felipe Calderón, expresidente de México, incendió las redes sociales con la publicación de un tuit, en el que pedía la expulsión de Abraham Mendieta, un analista político español afín a Morena, el partido del actual presidente. “El que debe ser expulsado del país por intervenir en asuntos políticos eres tú. Artículo 33: ‘El Ejecutivo de la Unión… podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras… Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país’. Fuera Mendieta por metiche!”. Calderón rescataba así el famoso Artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que desde su versión de 1857 sentencia que los extranjeros que intervengan en política pueden ser expulsados por el Poder Ejecutivo sin contemplaciones.
Más allá de la broma, este gesto impulsó a López Obrador a tomar cartas en el asunto, defender a su amigo y proponer la derogación del Artículo 33. “Son puro corazón”, decía el presidente en su conferencia mañanera del 16 de diciembre. Se refería a Mendieta y su novia, la diputada de Morena Andrea Chávez. “Y Calderón pide que se les aplique el 33. ¡Es una exageración! Abraham, tienes todo nuestro apoyo”, dijo, antes de hacer una pausa y continuar: “Si hasta estoy pensando en derogar lo del 33″. Las consecuencias políticas de estas palabras van más allá de la derogación de una ley, y se adentran en un tema de largo recorrido en México: la intervención de asesores extranjeros en los partidos políticos siempre ha servido como un arma arrojadiza que utilizar contra el partido que los haya contratado.
Una semana después de las palabras de López Obrador, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, apareció en la conferencia de prensa para anunciar que, en línea con lo que le había ordenado el presidente, habían eliminado el estatus de persona non grata a todas las personas declaradas como tal por los expresidentes Felipe Calderón (2006-2012) y Enrique Peña Nieto (2012-2018). De un plumazo, recuperaron el derecho a regresar al país personajes tan relevantes como el cantante Manu Chao, y otros tan cuestionables como Kim Hyong Gil. El entonces embajador de Corea del Norte en el país fue declarado persona non grata por apoyar públicamente los ensayos de armas nucleares que estaba llevando a cabo su país.
Durante el sexenio de Calderón, perdieron el derecho de viajar al país 13 personas, en todos los casos por razones políticas, por defender posiciones de protesta contra el gobierno. Valentina Cortés Torrida fue considerada “agitadora” en el conflicto agrario de San Salvador Atenco. El 3 de mayo de 2006, los manifestantes protagonizaron acciones de protesta para evitar la construcción de un aeropuerto en las inmediaciones de la localidad. El saldo de ese día fue de 101 personas detenidas, y el 4 de mayo las autoridades detuvieron a otras 106 personas. Muchos extranjeros que protestaron por esos hechos fueron declarados persona non grata: Cristina Valls Hernández, Manu Chao, María Sostres. Todos ellos han sido liberados de su estatus como tal y pueden regresar al país.
El artículo 33 representa ese derecho —que ningún país democrático más que México se atribuye— de que sus extranjeros no intervengan en política nacional. Sin embargo, como dice Manuel Becerra Ramírez en su ensayo El Artículo 33 Constitucional en el siglo XXI: “El modelo de expulsión de extranjeros adoptado por México responde a un momento histórico determinado por las fuertes amenazas del exterior que sufría el joven Estado mexicano”. Y continúa: “Desde el nacimiento del Estado mexicano, la relación con el extranjero no ha sido fácil”. El hostil entorno internacional, caracterizado por un vecino del norte con ambiciones expansionistas, o los restos eclesiásticos, militares y políticos de españoles que ocupaban cargos importantes tras la independencia, hacían entendible un mecanismo como el Artículo 33. Sin embargo, la capacidad del Ejecutivo de expulsar a extranjeros era una facultad “esencialmente política, y nunca fue pensado ni entendido como mecanismo alternativo o sustitutivo de la extradición”, asegura el ensayo.
La Constitución de 1857 fue la primera en incluir una versión similar a la del actual artículo: “Tienen derecho a las garantías otorgadas en la presente Constitución, salvo en todo caso la facultad que el gobierno tiene para expeler al extranjero pernicioso”. Aunque, ya entonces, había voces en contra que se expresaron en la Comisión Constituyente, debido a la ausencia de la posibilidad de recurso por parte del extranjero expulsado, que no tendría más remedio que guardar sus cosas y marcharse del país. Finalmente, la redacción queda asentada en la Constitución de 1917: “El Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional inmediatamente y sin necesidad de juicio previo a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente”.
José Ramón Cossío, antiguo miembro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación entre 2003 y 2018, asegura que esta norma “no está en otras constituciones del mundo, y va contra los tratados internacionales ratificados por México, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. “No es lo mismo declarar a alguien persona non grata, que extraditarlo por el procedimiento legal, que expulsarlo con el artículo 33″, asegura Cossío. “A mí me parece bien que eliminen esa norma porque así entramos en el proceso general común a todas las personas del país”, sentencia.
La Secretaría de Gobernación ha enviado a la Cámara de Diputados la opinión jurídica para reglamentar el Artículo 33 y que el Instituto Nacional de Migración “no pueda expulsar de forma inmediata” a cualquier extranjero y “se le garantice el derecho de audiencia, en caso de que sea señalado por involucrarse en asuntos políticos del país”, aseguraba Adán Augusto López durante la conferencia. La opinión jurídica se podrá votar en la Cámara en el próximo período de sesiones.
Después de la noticia, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México dijo que ya estaba en conversaciones con Manu Chao, al que había invitado a venir a tocar al Zócalo capitalino, después de más de 13 años sin pisar el país. De momento no ha habido respuesta por parte del cantante franco-español. Mientras, Sheinbaum ha sido muy criticada por haber contratado a Antoni Gutiérrez-Rubi, asesor político español que colaboró en la campaña que llevó a Gustavo Petro a la presidencia en Colombia, y el debate continúa.
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