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El supervisor europeo insta a endurecer los requisitos para las aseguradoras que posean criptomonedas

La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación recomienda introducir un requisito de capital del 100% para todos los activos digitales en manos de estas entidades de la UE

Sede de Eiopa, en Fráncfort (Alemania).

Los esfuerzos por regular el espacio cripto en Europa siguen a pleno ritmo. Tres meses después de la entrada en vigor de MiCA, la primera normativa que regula el sector en el viejo Continente, los supervisores avanzan y establecen nuevos requisitos ante un mercado volátil y de riesgo. La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (Eiopa) publicó el pasado viernes una recomendación en la que insta a la Comisión Europea a introducir un requisito de capital del 100% para todos los criptoactivos en manos de las aseguradoras y reaseguradoras de la Unión Europea. Es decir, las entidades deberían respaldar la totalidad de su inversión en criptoactivos con capital propio para hacer frente a posibles pérdidas.

La recomendación de la Eiopa no es baladí. De hecho, la Comisión Europea pidió a este organismo, que supervisa seguros y pensiones de jubilación en la UE, que analizara si las reglas actuales son adecuadas para las inversiones en criptoactivos en el sector. Eiopa evaluó cuatro opciones: la primera, que prevé no aportar ningún cambio a la regulación actual; la segunda implica aplicar un estrés del 80% a los criptoactivos sin considerar la diversificación, es decir, se asume que el criptoactivo podría perder hasta un 80% de su valor en un escenario adverso, sin tomar en cuenta la combinación con otros tipos de activos que podrían mitigar el riesgo global; la tercera lo eleva al 100%, donde el criptoactivo podría perder todo su valor; y una cuarta que prevé una evaluación a fondo de los activos tokenizados, que se someten a estrés según el riesgo de los subyacentes. Estos niveles de estrés determinan el capital que las aseguradoras deben mantener para cubrir posibles pérdidas.

Tras poner las cuatro opciones sobre la mesa, Eiopa recomienda introducir un 100% de requisito de capital para las aseguradoras y reaseguradoras de la UE que posean criptomonedas, ante la alta volatilidad de los criptoactivos y el riesgo de liquidez. De hecho, para justificar su decisión, el organismo recopiló todos los riesgos que conlleva la inversión en activos digitales, afirmando que “carecen de valor fundamental, lo que lleva a una valoración especulativa y movimientos extremos de precios”. A tal propósito señala las caídas anuales más grandes observadas hasta ahora en las dos principales criptomonedas, bitcoin y ethereum: si el primero se dejó un 82% entre 2010 y 2011, la segunda retrocedió un 97% en 2017.

Si bien las inversiones en activos digitales de estas entidades son limitadas —el organismo calcula que a cierre de 2023 poseían unos 655 millones de euros invertidos en criptoactivos, lo que representa tan solo el 0,0068% del total de activos del sector (unos 9.631.554 millones de euros)— Eiopa estima que estas aumentarán en los próximos tres años, tal y como expresado por las mismas entidades. Más del 90% de las exposiciones a criptoactivos identificadas se encuentran en Luxemburgo y Suecia, a través de ETF (en España solo se registra un 0,5%).

Actualmente, la regulación de criptoactivos en el sector asegurador carece de un marco específico, lo que genera incertidumbre, según el supervisor. Por ello, con esta recomendación Eiopa busca colmar un vacío normativo con el objetivo de proteger la estabilidad del sector. Ignacio Fernández Montes, asociado de finReg360, explica que MiCA no regula el tratamiento prudencial de los criptoactivos para las aseguradoras que tengan exposición a activos digitales, sino se limita a regular los niveles de recursos propios mínimos de los proveedores de servicios de criptoactivos y la forma de cubrirlos.

“Por el contrario, en el caso de las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, su normativa prudencial —en particular, el Reglamento de Requisitos de Capital (CRR), la Directiva CRD IV y el documento final sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones a criptoactivos del Comité de Basilea— ya contempla un tratamiento específico para la exposición a criptoactivos. Estas disposiciones imponen requisitos de capital particularmente estrictos, especialmente en relación con criptoactivos que no son stablecoins, en línea con su elevada volatilidad y riesgo inherente. Por ejemplo, el comité de Basilea fija una ponderación por riesgo de 1250% para los criptoactivos para los que no existe respaldo o cobertura y del 100% para los que superan determinados criterios de cobertura”, detalla.

En este sentido, la recomendación de Eiopa sigue la estela del tratamiento que se le ha dado a estas entidades. No obstante, reconoce que si llegara a materializarse en la norma, podría tener un efecto disuasorio sobre las aseguradoras a la hora de invertir en este tipo de activos, especialmente considerando que las exposiciones actuales son residuales. La recomendación no tiene carácter vinculante y será la Comisión quien decida si la incorpora o no. Pablo Bartret, socio de regulatorio financiero de ATH21, asegura que la recomendación de Eiopa es mucho más estricta que el tratamiento que se aplica a otros activos como acciones o inmuebles. “Las acciones cotizadas se someten a un “estrés” del 39%. Para bienes inmuebles el estrés aplicado es del 25%. Se asume que en un escenario extremo, el valor del inmueble podría caer un 25%, y ese es el riesgo que se cubre con capital. Para las acciones no cotizadas o activos alternativos asciende al 49% y pueden beneficiarse de diversificación en el cálculo del capital total”, detalla.

Algunas entidades del sector han avanzado sus críticas, al considerar que el requisito de capital propuesto es excesivamente severo y que debería haber diferenciación entre criptoactivos de más o menos riesgo, tal y como establece MiCA. Circle, emisor de la stablecoin USDC, emitió un comunicado apoyando la última opción del regulador, por su enfoque más matizado, especialmente para los tokens de dinero electrónico (EMTs) autorizados bajo MiCA. “Los EMTs, totalmente respaldados por activos líquidos de alta calidad, presentan un riesgo significativamente menor en comparación con otros criptoactivos”, avisan.

No obstante, el organismo rehúye de distinguir entre criptoactivos tradicionales y stablecoins, es decir, criptomonedas que suelen ligar su valor al de una divisa, como el dólar y el euro. Apunta que ha habido casos de desvinculación de este valor, incluso para activos importantes en el mercado como Tether. En otros, la rotura de esta relación llevó a la desaparición del activo y del dinero de los inversores: es el caso de la quiebra de Terra/Luna en 2022. TerraUSD, la stablecoin creada por la empresa Terraform Labs, se concibió para mantener en todo momento la paridad con el dólar, a través de algoritmos. Sin embargo, una vez que la moneda estable perdió la equivalencia con el billete verde, llegando a caer hasta los 23 centavos, arrastró a la baja a su criptomoneda hermana, Luna, que pasó de valer 100 dólares a tan solo un centavo. “Hay una experiencia limitada sobre su desempeño (...) es necesario tener cautela debido a la falta de evidencia empírica”, señala el organismo, que añade que un tratamiento diferenciado introduciría una complejidad innecesaria en la regulación.

Europa va en la dirección totalmente opuesta respecto a Estados Unidos, donde los reguladores han flexibilizado los requisitos requeridos a las entidades financieras para operar con activos digitales. Tres días después de la toma de posesión de Trump, la SEC derogó la polémica directiva SAB 121, que obligaba a los bancos que custodien activos digitales a registrarlos como pasivos en sus balances. Recientemente, la Oficina del Contralor de la Moneda publicó una carta interpretativa que indica que los bancos pueden ofrecer ciertos servicios cripto, como custodiar de activos digitales, mantener depósitos en dólares como reservas que respalden ciertas stablecoins, y participar activamente en redes de blockchain o tecnologías de libro mayor distribuido (DLT), sin la necesidad del visto bueno del supervisor.



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