MANUAL DE INVERSIÓN | 1

Productos financieros básicos

Qué son y para quién están recomendados

Sacar rentabilidad a los ahorros a través de inversión está al alcance de cualquier persona. Pero no todos los productos disponibles en el mercado se ajustan a las necesidades de cualquier inversor. En este capítulo se explica cómo funcionan los denominados productos básicos, aquellos cuyos mecanismos son más fáciles de comprender, y en los que por norma general el titular conoce de antemano las rentabilidades que obtendrá. Precisamos para qué tipo de perfil son más adecuados

Algo aparentemente tan racional como el dinero está íntimamente ligado a nuestras emociones. La forma que tenemos de ahorrar depende de nuestra manera de ser. Por eso, hay quien es capaz de guardar dinero disciplinadamente y quien prefiere no distraerse controlando su economía. Lo mismo ocurre con la manera de invertir. Por su carácter y sus circunstancias personales habrá quien tolere mejor el riesgo, y quien, directamente, ni se plantee invertir porque piense que queda fuera de su alcance.

La realidad, sin embargo, desmiente esas creencias. Los expertos aseguran que hay vehículos financieros que se adaptan a la forma de ser de cada persona. Para empezar, proponen conocer los productos de inversión denominados básicos, instrumentos que se catalogan así porque, en cuanto a la percepción del usuario, resultan fáciles de entender, explica Eloi Noya, profesor del departamento de Operaciones, Innovación y Data Sciences de Esade Business School. En estos productos, las rentabilidades que se obtendrán se conocen de antemano. Además, en su mayoría, no entrañan grandes riesgos para el inversor.

Estos productos básicos, también llamados “no complejos” por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, están pensados para acumular capital a largo plazo. Su objetivo es proporcionar una retribución complementaria para aquellos momentos en que se prevé que disminuyan los ingresos, como la jubilación, a través de una inversión sistematizada.

En esta categoría se encuentran productos con los que ya estará familiarizado el ahorrador, como las cuentas de ahorro y los depósitos a tipo fijo tradicionales, pero también incluye otros menos conocidos como los seguros de vida-ahorro, que combinan prestaciones de ahorro con otras de fallecimiento e invalidez. La volatilidad en estos vehículos es muy baja, por lo que están pensados para personas de perfil conservador y, aunque tienen ciertas similitudes con los planes de pensiones, se considera que son más flexibles, ya que, en la mayoría de los casos, el capital se puede recuperar en cualquier momento, aunque, en ocasiones, exista una penalización por la cancelación anticipada.

A continuación, un detallado recorrido por los productos básicos con el que averiguar, además, a qué tipo de inversor están destinados.

1. Cuenta de ahorro

La hucha en el banco

¿Qué es?

Es un producto financiero tradicional que genera rentabilidad en forma de intereses de acuerdo con el dinero que tiene el titular en depósito. A diferencia de la cuenta corriente, que se usa para pagos e ingresos, la de ahorro funciona como una hucha, por lo que no suele permitir las domiciliaciones de recibos ni llevan aparejadas tarjetas.

Los intereses de estas cuentas se consideran rendimientos de capital mobiliario, por lo que tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en este régimen, entre el 19% y el 28% (aunque puede variar en algunas comunidades autónomas), de acuerdo con las ganancias obtenidas.

¿Qué ventajas proporciona?

Invertir sin ser experto: la cuenta de ahorro da la posibilidad de obtener rentabilidad al mismo tiempo que se adquiere el hábito de ahorrar.

Ofrece varias opciones de ahorro: suelen proporcionar diversas maneras de automatizar el ingreso de dinero a partir de varios mecanismos como, por ejemplo, establecer una cuota fija mensual o redondear cada compra con tarjeta hasta el siguiente euro.

Es un producto líquido: significa que se puede acceder al dinero depositado en todo momento sin penalización alguna, pero si se dispone de todo o una parte antes del periodo acordado, la rentabilidad establecida se verá afectada.

¿Qué riesgos entraña?

Este producto no conlleva grandes riesgos, ya que el titular conoce de antemano el tipo de interés que obtendrá por depositar su capital. Además, estos productos están protegidos por el Fondo de Garantía de Depósitos.

¿Cómo contratarla?

Se puede contratar en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores o a través de internet.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Ahorrador férreo VER

Ha logrado generar un hábito de ahorro, pero es muy conservador en sus inversiones y cree que ya es muy mayor para invertir

Ahorrador tímido VER

Tiene una capacidad de ahorro muy limitada y descarta la inversión porque siente que pone en riesgo lo que ha conseguido juntar

Ahorrador voluble VER

Se caracteriza por la falta de planificación y no se plantea invertir; porque considera que requiere una gran organización y disciplina

Ahorrador optimista VER

No tiene problemas para guardar capital y tiene intención de invertirlo, por eso busca el asesoramiento experto

2. Depósito a plazo fijo

Un producto de toda la vida

¿Qué es?

Es un instrumento tradicional por el que el titular constituye un depósito con una entidad financiera durante un periodo determinado previamente pactado. La entidad se compromete a abonar a su cliente los intereses acordados, que pueden liquidarse periódicamente o al vencimiento de la operación. Previamente al vencimiento, el titular puede cancelar la operación, lo que conlleva una penalización, que nunca será superior a los intereses devengados. Estos productos se conocen también como imposición a plazo fijo (IPF) o cuenta a plazo.

Los intereses de estos depósitos se consideran rendimientos de capital mobiliario, por lo que tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en este régimen, entre el 19% y el 26% (aunque puede variar en algunas comunidades autónomas), de acuerdo con las ganancias obtenidas.

¿Qué ventajas proporciona?

Mayor interés: el tipo de interés es más elevado que el que se establece en las cuentas de ahorro, por lo que la rentabilidad será mayor.

¿Qué riesgos entraña?

Este producto no conlleva grandes riesgos. Siempre que se mantenga hasta el vencimiento se obtendrán los intereses pactados. Además, estos productos están protegidos por el Fondo de Garantía de Depósitos.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores o a través de internet.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo, que consigue guardar dinero con disciplina marcial; el tímido, que a duras penas reúne capital; el voluble, que no se quiere distraer con sus finanzas; y el optimista, que ahorra sin dificultades y busca invertir.

3. Seguro de vida-ahorro

Un seguro y una inversión al mismo tiempo

¿Qué es?

Un seguro de vida-ahorro es un producto en el que el titular abona una cantidad denominada prima a una compañía de seguros durante un tiempo. Transcurrido el periodo acordado, se le devolverá la suma depositada junto con sus intereses. Además, funciona como un seguro de vida. En caso de que el titular fallezca antes del periodo fijado, se entregará una suma a sus herederos formada por el capital asegurado en la póliza, que generalmente se corresponde con el dinero acumulado junto a los intereses generados, más una cantidad adicional.

¿Qué ventajas proporciona?

Sistematiza la inversión: permite generar un hábito de ahorro y de inversión, mediante aportaciones periódicas o extraordinarias. No hay que tomar decisiones financieras ya que se delega la gestión en profesionales.

Es un producto líquido: se puede acceder al dinero depositado en todo momento, a diferencia de un plan de pensiones, por ejemplo. Aunque algunos seguros llevan asociadas penalizaciones si se retira antes del plazo acordado.

Ventajas fiscales: no se tributa la rentabilidad obtenida durante la vida del seguro, sino cuando se recupera. En este producto los beneficios tributan como rendimientos de capital mobiliario a tipos que van del 19% al 28% en función de la suma de los rendimientos en el año.

Si la prestación es en forma de capital, los rendimientos se calculan por la diferencia entre el capital percibido y las primas satisfechas. Si se rescata en forma de renta, además de tributar por los rendimientos generados antes del inicio de cobro, después, durante el período de cobro de rentas, una parte será considerada como rendimientos de capital mobiliario.

Si se obtiene en forma de renta temporal, la parte de las rentas que se consideran rendimientos tributan en un porcentaje de entre el 12% hasta el 25% en función de la duración del período de cobro.

Si se hace mediante renta vitalicia estos porcentajes experimentan una progresión decreciente según la edad del titular, que va desde del 40% para los menores de 40 años hasta el 8% en el caso de los mayores de 70 años. Estos porcentajes permanecen constates durante la vigencia de este producto, excepto en Navarra, que cuenta con un sistema fiscal diferente. Allí esta cifra se irá actualizando a medida que el titular cumpla años. Si son los beneficiarios los que lo reciben tras el fallecimiento del titular, ha de tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Ofrece una indemnización: en caso de que fallezca el titular, se entrega una prestación económica a sus beneficiarios, aunque será mucho menor que la de los seguros que cubren únicamente la cobertura de fallecimiento.

¿Qué riesgos entraña?

Los productos de seguros no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que es la propia compañía la que asume el pago de todos los compromisos, por lo que deben cumplir con el margen de solvencia mínimo que le exige la normativa aseguradora.

Si hay una rentabilidad garantizada, estará condicionada por los rendimientos de activos financieros conservadores, como depósitos y letras del tesoro o bonos del gobierno a corto plazo, que es donde invierten las compañías de seguros para cubrir estos compromisos.

Existen otras modalidades de seguros de ahorro en las que no hay un tipo de interés asegurado, como los unit linked, en la que el tomador asume el riesgo de la inversión, lo que permite obtener rentabilidades más altas, pero también asumir mayores riesgos al no estar garantizada la inversión.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar presencialmente en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores, a través de agentes o corredores de seguros o en la página web de los mediadores de seguros o de la propia compañía aseguradora.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo que consigue guardar dinero con disciplina marcial; el tímido, que a duras penas reúne capital; el voluble, que no se quiere distraer con sus finanzas, y el optimista, que ahorra sin dificultades y busca invertir.

4. Plan individual de ahorro sistemático (PIAS)

Un seguro de vida-ahorro con aportaciones periódicas

¿Qué es?

Es un seguro de vida-ahorro por el que el titular abona una cantidad denominada prima a una compañía de seguros durante un tiempo. Transcurrido el periodo acordado, se le devolverá la suma depositada junto con sus intereses. Funciona también como un seguro de vida. En caso de que el titular fallezca antes del periodo fijado, se entregará una suma a sus herederos. Además, proporciona ciertas ventajas fiscales.

El uso más habitual de este producto es el de complemento de la pensión de jubilación, pero puede utilizarse para cualquier otro fin. La aportación no podrá superar los 8.000 euros al año y puede acumularse un máximo de 240.000 euros. Para beneficiarse de las ventajas fiscales ha de recuperarse en forma de renta vitalicia a partir de los 65 años.

¿Qué ventajas proporciona?

Sistematiza el ahorro y la inversión: permite generar un hábito de ahorro, mediante aportaciones periódicas o extraordinarias, ya que se constituye un capital. No hay que tomar decisiones financieras ya que se delega la gestión en profesionales.

Es un producto flexible: da la posibilidad de escoger diferentes fraccionamientos de la prima, modificar el importe, realizar aportaciones extraordinarias o suspender el pago y reanudarlo posteriormente.

Es un producto líquido: se puede retirar el ahorro acumulado en cualquier momento, a diferencia de un plan de pensiones. Puede cobrarse en forma de capital o como renta vitalicia. Únicamente en este último caso se aplican ventajas fiscales.

Ventajas fiscales: si se recupera pasados al menos cinco años y como renta vitalicia, el PIAS tributa únicamente por las rentas percibidas, y quedan exentos de tributación los rendimientos generados durante el período de pago de las primas. Tributan como rendimientos de capital mobiliario a tipos que van del 19% al 28% en función de la cuantía total del año.

La parte de renta que se considera como rendimientos a efectos de tributación experimenta una progresión decreciente según la edad del titular, que va desde del 40% para los menores de 40 años hasta el 8% en el caso de los mayores de 70 años. Estos porcentajes permanecen constates durante la vigencia de este producto, excepto en Navarra, que cuenta con un sistema fiscal diferente. Allí esta cifra se irá actualizando a medida que el titular cumpla años.

En caso de recuperarlo de golpe como capital, esta ventaja fiscal desaparece y se aplican las condiciones de los seguros de vida-ahorro, es decir, los beneficios tributan como rendimientos de capital mobiliario a tipos que van del 19% al 28% en función de la cuantía total. Los rendimientos se calculan como la diferencia entre el capital percibido y las primas satisfechas.

¿Qué riesgos entraña?

Al igual que en el resto de seguros de vida-ahorro, estos productos no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que es la propia compañía la que asume el pago de los compromisos asumidos, para lo que debe cumplir con un margen de solvencia mínimo requerido por la normativa aseguradora. Si hay una rentabilidad garantizada, estará condicionada por los rendimientos de activos financieros conservadores, como depósitos y letras del tesoro o bonos del gobierno a corto plazo, que es donde invierten las compañías de seguros para cubrir estos compromisos.

Existen otras modalidades de seguros de ahorro en las que no hay un tipo de interés asegurado, como los unit linked. En ellos el tomador asume el riesgo de la inversión, lo que permite obtener una rentabilidad más alta, aunque se asumen mayores riesgos al no estar garantizada la inversión.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar presencialmente en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores, a través de agentes o corredores de seguros, o en la página web de los mediadores de seguros o de la propia compañía aseguradora.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo que consigue guardar dinero con disciplina marcial; el tímido, que a duras penas reúne capital; el voluble, que no se quiere distraer con sus finanzas, y el optimista, que ahorra sin dificultades y busca invertir.

5. Renta vitalicia

Un complemento a la jubilación con varias opciones

¿Qué es?

Es un tipo de seguro de ahorro por el que el titular percibe una cantidad de dinero de forma periódica, normalmente mes a mes. Funciona así: el cliente aporta una prima inicial única y la aseguradora o la entidad bancaria la gestiona hasta el momento en que se decide activar los pagos. Existe la posibilidad de empezar a recibirlos inmediatamente, tras entregar la prima, o en diferido, es decir, posteriormente, habitualmente en el momento de la jubilación del asegurado.

Existen tres modalidades de renta vitalicia:

De rentas constantes o capital reservado total o parcialmente: el titular tiene la opción de cancelar el seguro en cualquier momento y obtener el valor de mercado, lo que puede generar pérdidas. En caso de fallecimiento del titular, los beneficiarios obtendrán un porcentaje de la prima aportada (que puede llegar al 100% según lo pactado en el contrato) más un capital adicional.

De capital cedido: el titular percibe una pensión mientras viva, que puede revalorizarse anualmente. En caso de fallecimiento, la renta o parte de ella puede seguir abonándose de manera vitalicia a otra persona designada por el titular previamente. Cuando fallecen los beneficiarios con derecho a cobro, se extingue el pago de la renta. Estos seguros no suelen tener derecho de rescate. Como contraprestación, la renta suele ser más elevada que en las otras modalidades.

¿Qué ventajas proporciona?

Fiscalidad favorable: solo se tributa en el IRPF un porcentaje de la renta vitalicia percibida, que dependerá de la edad del asegurado en el momento del inicio de cobro de la renta. Esta tributación experimenta una progresión decreciente según la edad del titular, que va desde del 40% para los menores de 40 años hasta el 8% en el caso de los mayores de 70 años. Estos porcentajes permanecen constates durante la vigencia de este producto, excepto en Navarra, que cuenta con un sistema fiscal diferente. Allí esta cifra se irá actualizando a medida que el titular cumpla años.

¿Qué riesgos entraña?

Los productos de seguros no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que es la propia compañía la que asume el pago de todos los compromisos asumidos, por lo que debe cumplir con un margen de solvencia mínimo requerido por la normativa aseguradora. El tipo de interés con el que se calculará la renta está condicionado por los rendimientos de los títulos de renta fija a largo plazo en cada momento.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar presencialmente en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores, a través de agentes o corredores de seguros.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo, que consigue guardar dinero con disciplina marcial.

6. Plan de Previsión Asegurado (PPA)

Como un plan de pensiones con menos riesgo

¿Qué es?

Es un tipo de seguro de vida-ahorro a largo plazo destinado a complementar la pensión pública por jubilación. Tiene una rentabilidad garantizada y el mismo tratamiento fiscal que los planes de pensiones. La diferencia radica en el riesgo que entrañan y en su forma jurídica: los PPA se formalizan mediante pólizas de seguros mientras que en los planes de pensiones existen unas especificaciones que regulan tanto el funcionamiento del plan como el del fondo de pensiones en el que se integran las aportaciones y se canalizan las inversiones.

El saldo acumulado solo se puede recuperar cuando llegue la jubilación o en caso invalidez o defunción. También excepcionalmente en caso de enfermedad grave de cónyuge, hijos o padres, de situación de desempleo de larga duración o expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). A partir de 2025 también se podrán recuperar los derechos económicos correspondientes a las aportaciones que tengan más de 10 años de antigüedad.

¿Qué ventajas proporciona?

Recuperación de la inversión: garantiza el total del dinero invertido en el momento de la jubilación, suma que se corresponde con las aportaciones más los intereses.

Fiscalidad favorable: al igual que los planes de pensiones es posible desgravarse en el IRPF como máximo 1.500 euros aportados cada año.

¿Qué riesgos entraña?

Al igual que en el resto de los seguros de vida-ahorro, estos productos no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que es la propia compañía la que asume el pago de todos los compromisos asumidos, por lo que debe cumplir con un margen de solvencia mínimo requerido por la normativa aseguradora. Al haber una rentabilidad garantizada, esta estará condicionada por los rendimientos de activos financieros a los que se vincule la inversión, generalmente renta fija a corto o largo plazo.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar presencialmente en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores, a través de agentes o corredores de seguros o en la página web de los mediadores de seguros o de la propia compañía aseguradora.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo que consigue guardar dinero con disciplina marcial; el tímido, que a duras penas reúne capital; el voluble, que no se quiere distraer con sus finanzas, y el optimista, que ahorra sin dificultades y busca invertir.

7. Ahorro Futuro

Un legado económico

¿Qué es?

Es un seguro de ahorro-protección que garantiza un capital en una fecha acordada o en el momento del fallecimiento del titular si se produce antes del tiempo pactado, para un beneficiario que no es el titular. Se nutre de aportaciones periódicas. Permite ahorrar durante un tiempo concreto, después del cual se devuelve la suma aportada y los intereses (que se conocen de antemano), menos una prima por fallecimiento. El adjetivo “protección” se refiere a que este producto busca proteger a los familiares (o a quien se asigne) del titular en caso de que fallezca, garantizando un capital superior a las primas realizadas y a las rentabilidades obtenidas.

¿Qué ventajas proporciona?

Flexibilidad en las aportaciones: la cuota mensual puede modificarse, además de permitir aportaciones extraordinarias.

Es un producto líquido: se puede rescatar en cualquier momento desde el primer día, lo que puede conllevar una penalización ajustada al valor de los tipos de interés en el mercado.

Ventajas fiscales: no se aplica ninguna retención a los rendimientos hasta que se cobren, por lo que solo están sujetos a tributación cuando se entrega el capital. En caso de fallecimiento del titular, el beneficiario deberá tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por el importe recibido, con la particularidad de que, al tratarse de un seguro de vida, si el parentesco del beneficiario con el titular fallecido es el de cónyuge, ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado, se aplicará una reducción del 100% sobre dicho importe, con un límite de 9.195,49 euros. Al estar cedida la gestión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a las comunidades autónomas, en algunas de ellas el límite de reducción es superior.

El rescate total antes del vencimiento tributará como rendimiento del capital mobiliario con un porcentaje de entre el 19% al 28%, según la suma (aunque puede variar en algunas comunidades autónomas).

¿Qué riesgos entraña?

Al igual que en el resto de seguros de vida-ahorro, los productos de seguros no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que es la propia compañía la que asume el pago de los compromisos asumidos, por lo que debe cumplir con un margen de solvencia mínimo requerido por la normativa aseguradora. Al haber una rentabilidad garantizada, esta estará condicionada por los rendimientos de activos financieros a los que se vincule la inversión, generalmente renta fija a corto o largo plazo.

¿Cómo contratarlo?

Se puede contratar presencialmente en una sucursal de la entidad bancaria con uno de los asesores, a través de agentes o corredores de seguros o en la página web de los mediadores de seguros o de la propia compañía aseguradora.

¿Para qué tipo de ahorrador es?

Para el férreo, que consigue guardar dinero con disciplina marcial; el tímido, que a duras penas reúne capital; el voluble, que no se quiere distraer con sus finanzas, y el optimista, que ahorra sin dificultades y busca invertir.

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