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La Justicia absuelve a Pablo Soto, creador de programas P2P

El desarrollador no deberá pagar los 13 millones de euros que le reclamaban las discográficas.- La sentencia es recurrible.

Pablo Soto ha vencido a las discográficas. El joven informático español, creador de programas de intercambio de archivos P2P, como Manolito, Blubster y Piolet, antaño rivales de eMule, Kazaa o Napster, no deberá pagar los 13 millones de euros que la patronal y las cuatro principales disqueras le reclamaba por "infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal". El juez ha desestimado la "totalidad" de la demanda interpuesta contra Soto, que ha sido absuelto en una sentencia con "expresa condena en costas" a los demandantes. Contra el fallo, sin embargo, cabe recurso.

La justicia ha tardado tres años en resolver este caso. En junio de 2008 Promusicae, Warner, Universal, EMI y Sony BMG demandaron a Soto ante el juzgado de lo mercantil número 4 de Madrid. En un escrito de más de 100 folios los demandantes argumentaban que el desarrollador creaba sus aplicaciones "con evidente ánimo de lucro" y con una "conducta parasitaria" para obtener provecho de la obra de otros. Soto, en cambio, aseguraba que simplemente había desarrollado una herramienta tecnológica y que, en cualquier caso, "no se le podía acusar por el uso que le diesen después los demás".

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Desde el año 2000 millones de internautas han descargado las aplicaciones que Soto, músico vinculado al movimiento copyleft, creó para intercambiar anónimamente archivos de audio a través de alguna de sus páginas: Blubster, Piolet o Manolito P2P. Su empresa, MP2P Technologies, ofrecía entonces estas aplicaciones gratuitamente, a cambio de publicidad, o en versión premium por 14,95 euros. Hoy, hay oferta de pago para SuperManolito, que cuesta 19.90 dólares (unos 15 euros).

El juicio, donde las discográficas acusaron a Soto de "lucrarse con el 90% de sus canciones" quedó visto para sentencia un año después, en mayo de 2009. Desde entonces las partes han esperado una sentencia, que ha sido notificada hoy.

El juez considera probado que Soto es el "autor de un producto tecnológico", que pone a disposición de terceros "de forma onerosa o gratuita". Un software que sirve para el intercambio de "datos de audio, instrumento no apto 'per se' para desproteger obra protegidas por los derechos de autor". El perito de Promusicae reconoció en el juicio que "la finalidad del programa es el intercambio de archivos de audio, y no el intercambio de canciones de los demandantes". Así, el juez rechaza que haya infracción de la propiedad intelectual porque queda acreditado que los demandados no "almacenan, copian o difunden obra intelectual alguna sino que esto es una actividad de los usuarios en sus propios discos duros, sin intermediación de los demandados".

Además, considera que "el hecho de facilitar [el intercambio de archivos] no es una actividad prohibida en nuestra legislación", basándose en las sentencias de los casos Indice-web y elRincondeJesus. Fallos donde los magistrados consideraron que las páginas de enlaces no vulneran la propiedad intelectual. En este caso, sin embargo, no se considera a Soto prestador de servicio sino creador de un programa de ordenador.

Respecto a la competencia desleal, el juez no la considera acreditada. "Los portales P2P comercializados por los demandados son herramientas informáticas, de carácter neutro". Y añade: "los archivos informáticos que los usuarios intercambian (...), son en ocasiones fonogramas (...) no proporcionados por los demandados sino por los propios usuarios, no existiendo nexo de causalidad entre la conducta de los demandados y los usuarios que, sin respetar las normas de protección de propiedad intelectual, deciden compartirlos con terceras personas".

David Bravo y Javier de la Cueva, abogados de Pablo Soto, han manifestado a este diario su satisfacción por la sentencia (disponible en sus páginas en este y este otro enlace): "Es importante que se vayan ganado casos contra empresas que quieren impedir el desarrollo tecnológico. Nos encontramos con un viejo mundo que está empeñado en frenarlo y es importante que las empresas que hacen desarrollo tecnológico estén blindadas contra quienes lo quieren impedir. Hemos defendido el P2P, un sistema de transmisión de información muy eficaz en el uso de las redes, que usa Telefónica, RTVE y muchas universidades españolas".

Pablo Soto, informático, creador y máximo responsable de los programas informáticos Blubster, Piolet, Manolito P2P y FooFind, que facilitan las descargas de archivos en Internet.
Pablo Soto, informático, creador y máximo responsable de los programas informáticos Blubster, Piolet, Manolito P2P y FooFind, que facilitan las descargas de archivos en Internet.SAMUEL SÁNCHEZ

"Me he quitado de encima una espada de Damocles"

Pablo Soto se ha pasado toda la mañana llorando, pero ahora está "muy contento". Y con unas "ganas tremendas" de celebrar su victoria judicial. "Es como cuando cruzas el desierto, que al llegar a destino te da primero el bajón, pero luego te recuperas. En cualquier caso ya respiro bastante más tranquilo", explica el joven programador informático en conversación telefónica.

Soto se ha quitado de encima una espada de Damocles de 13 millones de euros. "Ahora me doy cuenta de todo lo que he sufrido, pero a ellos hoy les han condenado en costas". Es decir, los demandantes, Promusicae, Warner, Emi, Sony BMG y Universal, deberán pagar a Soto todos los gastos del juicio en abogados, peritaje...

El madrileño no sabe todavía si reclamará nada a las discográficas "de momento solo quiero celebrarlo", porque estos tres años y medio han sido muy duros. "Cuando me pusieron la demanda tenía una empresa con ocho ingenieros, que se cargaron. Ahora, espero que pueda volver a conseguir inversores, porque durante todo este tiempo ha sido imposible localizar a alguien que apostara por mi trabajo".

"La sentencia será debidamente apelada"

Antonio Guisasola, presidente de la patronal de las discográficas Promusicae, ha remitido las siguientes declaraciones por correo electrónico: "Es un día triste para la industria cultural española pues supone que quienes se lucran, fomentando con los programas que crean, el pirateo de contenidos protegidos hoy pueden sentirse un poco mas impunes. Sin perjuicio de que sabíamos que esta iba a ser una batalla judicial larga y de que la sentencia va a ser debidamente apelada, esta decisión judicial demuestra que nuestra legislación debe ser revisada en profundidad: no tiene sentido que cuando en toda Europa se persigue decididamente la piratería tanto a través de las webs de descarga o enlaces como, en muchos casos, a los usuarios de las redes p2p, aquí se den sentencias como esta y se quiera consagrar la idea de que en Internet todo vale. Estos días veremos la toma de posesión de un nuevo gobierno que ha destacado la importancia de la industria creativa y su compromiso con su defensa por lo que esperamos que se tomen medidas decididas para poner fin a una lacra que ha convertido a nuestro país en la cloaca de Europa en lo que a tolerancia con el robo y saqueo de la creación se refiere".

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