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Telefónica no obstruye el acceso a Jazztel a la banda ancha

Competencia desestima el expediente abierto por abuso de posición dominante a la compañía de César Alierta

La Comisión Nacional de la Competencia desestimó el pasado 22 de octubre el expediente sancionador abierto por el Servicio de Defensa de la Competencia contra Telefónica a raíz de la denuncia presentada por Jazztel por supuesto abuso de posición dominante en el mercado mayorista de servicios de acceso a Internet de banda ancha.

La Comisión declara en su fallo que "no ha quedado acreditada" la conducta imputada a Telefónica en el expediente analizado. Contra el dictamen cabe recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

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Jazztel denunció en noviembre de 2005 el "continuo" retraso de la operadora en la entrega de los servicios necesarios para el acceso a la banda ancha y la consiguiente obstrucción a su estrategia de negocio. Estos servicios incluyen la instalación de equipos en las centrales propiedad de Telefónica, el acceso al tendido de cable interno, la entrega de señal y la prolongación del par que permite prestar los servicios del proveedor al cliente final.

Los plazos y condiciones de entrega de estos servicios están regulados en el Procedimiento de Provisión de Servicios incluido en la regulación Oferta de Acceso al Bucle del Abonado (OBA), actualmente en trámite de revisión por parte de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

La resolución establece que la investigación del expediente instruida por el Servicio de Defensa de la Competencia no ha acreditado los presuntos retrasos, ni la intencionalidad de Telefónica, ni las posibles pérdidas de clientes que la actitud de Telefónica hubiera podido causar a Jazztel.

Asimismo, la Comisión recuerda que la actual regulación OBA no incluye sanciones por retrasos en los plazos. Por su parte, Jazztel propuso incluir en la futura regulación actualmente en revisión penalizaciones que obliguen a cumplir los plazos fijados.

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