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Los menores trans que sean “suficientemente maduros” podrán registrar su nuevo sexo en el DNI

Los magistrados del Tribunal Constitucional anulan el artículo de la legislación que limitaba esta posibilidad solo a los mayores de 18 años

Miembros de la asociación de familias de menores transexuales Naizen, el pasado junio en el Parlamento vasco. En vídeo, el Constitucional acuerda que los menores transexuales puedan registrar su cambio de sexo.Foto: atlas | Vídeo: L. RICO | ATLAS

El Tribunal Constitucional ha abierto la vía a que los menores transexuales puedan anotar su cambio de sexo en los registros y, por tanto, reflejarlo también en el documento nacional de identidad (DNI). Los magistrados del alto tribunal acordaron este jueves anular el artículo de la legislación que restringía esta posibilidad solo a los que tuvieran más de 18 años. Eso sí, el tribunal ha limitado el alcance de su propia decisión y, según informó en un comunicado, solo podrán acogerse a esta opción los jóvenes que cuenten con la "suficiente madurez y se encuentren en una situación estable de transexualidad".

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Esta resolución —que se debe desarrollar y plasmar en una sentencia que se publicará los próximos días— llega después de muchos meses de debate en el seno del Constitucional, que ha ido retrasando su decisión hasta alcanzar un acuerdo mayoritario. De hecho, el dictamen contará con el voto en contra de dos magistrados, según fuentes del organismo.

El asunto ha aterrizado en el Constitucional procedente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que planteó en 2016 una cuestión de inconstitucional tras estudiar el caso de un adolescente de 14 años que "al nacer fue inscrito con sexo y nombre de mujer, pero que desde muy pequeño se sintió varón y prefirió usar un nombre masculino". Los jueces entendieron que el artículo 1 de la ley de 2007 que regula el cambio de sexo en los registros —limitándolo a "mayores de edad"— podía suponer una vulneración de varios derechos fundamentales de los menores transexuales: como la protección de su integridad física y moral; a la intimidad personal y a la propia imagen; y a la salud.

Unas dudas que este jueves corroboró el Constitucional, que consideró que dicha normativa supone una vulneración del derecho a la personalidad (que no se alcanza necesariamente a los 18 años) y a la intimidad de estos jóvenes. Por ello, según resaltaron en un comunicado, rechazan la validez de ese artículo.

Pero la victoria sabe agridulce en casa de Natalia Aventín, presidenta de la asociación Chrysalis y madre del joven que llevó su caso hasta el Constitucional. Insiste en que esta resolución llega tarde. Su hijo ya tiene casi 18 años y el daño sufrido no se puede reparar. Y, además, acusa al alto tribunal de haber estado aplazando la decisión: "Supimos por la prensa que decidieron no adoptar una resolución antes de las elecciones para que no interfiriera en ellas. ¿De verdad la identidad de mi hijo debe esperar por ese argumento?", se pregunta Aventín, que también considera insuficiente el paso dado este jueves. "¿Y quién va a decidir la 'suficiente madurez’ de la que hablan?". "No se puede condicionar la identidad de una persona a que se cumplan unos criterios médicos o psiquiátricos", apostilla de inmediato.

Más satisfechas se muestran otras familias de menores transexuales, que llevaban mucho tiempo esperando esta resolución. "¡Estoy pletórica!", exclama Pilar Sánchez, madre de Gabriela, una niña de 12 años cuyos padres pidieron la rectificación del sexo en enero pasado en un juzgado de Málaga y todavía no han obtenido respuesta. Gabriela sí que consiguió ya el cambio de nombre en el DNI, pero el hecho de seguir figurando como varón le ha ocasionado "mucho sufrimiento". Pilar recuerda cómo en una ocasión la niña viajó en AVE y, como en el título de familia numerosa no habían podido cambiar sus datos, sus padres tuvieron que hacerle un escrito en el que explicaban a Renfe que era una menor transexual. "Estas cosas nos obligan a vulnerar su intimidad", cuenta su madre, que dice que es habitual que la falta de coincidencia entre el nombre propio y el sexo les ocasione problemas cuando necesitan hacer algún trámite oficial. "La última vez la funcionaria nos dijo que nos debíamos haber equivocado y la niña ya se rio y le dijo que los equivocados eran ellos", cuenta Pilar.

Cambios legislativos

Los colectivos miran ahora al futuro. Mar Cambrollé, presidenta de la Federación Plataforma Trans, pide que se apruebe una Ley Trans integral que aborde la identidad legal "sin límite de edad y sin supeditar la identidad a ningún informe médico".

Durante la pasada legislatura, el Congreso ya dio luz verde a una proposición de ley del PSOE, con el solo voto en contra del PP, donde se apostaba por reformar la ley de 2007 para que los menores pudieran también cambiar el sexo en los registros. En dicha iniciativa —que Cambrollé confía en que reactive el nuevo Gobierno que se forme— solo se requería a los jóvenes que presentaran una declaración expresa de su voluntad de cambiar el sexo en el registro. Además, subrayaba que este reconocimiento de la identidad "en ningún caso" podía estar sometido a haber recibido "tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos". Y, en caso de oposición de algún padre, un juez deberá decidir si acepta la petición siempre teniendo en cuenta "el interés superior del menor".

Una larga batalla del colectivo

  • La normativa. El artículo 1 de la ley de 2007, que ha sido anulado, limitaba el cambio registral de sexo a quienes tengan "nacionalidad española, sean mayores de edad y con capacidad suficiente para ello". En el 4, por su parte, se prevé que, para poder hacerlo, la persona debe haber sido "diagnosticada de disforia de género" y acreditarlo "mediante un informe de médico o psicólogo clínico". Un punto que los menores deberán también cumplir y los colectivos quieren que se suprima: "Es una patologización y atentado contra la dignidad de las personas trans".
  • Excepciones. En los últimos años, algunos magistrados ya habían hecho una interpretación más amplia de la ley de 2007 y aprobaron el cambio de sexo en el registro. En Valencia, por ejemplo, una juez entendió que esa referencia a mayores de edad no excluía que los menores pudieran hacerlo a través de sus representantes.

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