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Violencia machista

El Gobierno indulta parcialmente a una mujer maltratada que asesinó a su expareja

El tribunal que la condenó propuso al Gobierno central la adopción de esta medida una vez que la sentencia fuese firme

Audiencia Provincial de Madrid.
Audiencia Provincial de Madrid.Luis Magán

Gloria Chochi Sambo cumplirá dos años menos de prisión por el asesinato en 2015, de una puñalada, de su expareja, Williams R., un hombre que la maltrató de forma continuada durante tres años, desde casi el principio de su relación, en 2012. El Gobierno firmó un indulto parcial, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 7 de diciembre y rubricado por la ministra de Justicia Dolores Delgado. De esta forma, se le conmuta la pena de seis años por otra de cuatro, “a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto”, según el texto publicado este lunes en el BOE.

El pasado enero, cuando la Audiencia Provincial de Madrid condenó a Chochi Sambo, propuso al Gobierno central que la indultara de forma parcial una vez la sentencia fuera firme. Según el Ejecutivo, han tenido en cuenta los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar esta decisión. "Los hechos probados ponen de manifiesto que la víctima venía maltratando a la acusada desde hace tiempo, que su relación estaba rota y que cuando se produjo el mortal desenlace, la acusada no se encontraba en plenas facultades mentales, dado el temor que sentía respecto a Williams (el fallecido) lo que disminuía seriamente su capacidad de actuar", recoge el fallo judicial. Este consideró la situación en la que vivía Chochi Sambo como "de hartazgo y miedo".

El 20 de septiembre de 2015, Williams fue a casa de la acusada. Se habían separado, el hijo común de ambos vivía desde 2013 con una familia de acogida —para quien el tribunal, en la condena, impuso 50.000 euros de indemnización— y ella había rehecho su vida. Aquella mañana, el hombre la increpó y la amenazó, y llegó a arrancar una de las mallas metálicas que ella había puesto como protección en las ventanas, según la sentencia. La mujer pidió ayuda al presidente de la comunidad de vecinos, que la convenció para que avisara a la policía, pero cuando llegaron los agentes ella no presentó denuncia. Una hora después, el hombre volvió a presentarse en la casa.

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“Abre la puerta que hoy te voy a matar, ya te dije que te iba a matar, me da igual que venga la policía, que hoy vas a perder todo, el hijo, la casa y todo”, le gritó desde la calle, con un cartón de vino en la mano, según declararon después los testigos. Intentó entrar por la fuerza y quemar una cortina a través de la ventana. Fue entonces cuando ella salió de la vivienda con un cuchillo de cocina de 17 centímetros de hoja y se lo clavó. Él murió "de modo prácticamente inmediato", según los hechos probados de la primera sentencia.

En aquel momento, la Audiencia Provincial consideró que la acusada se hallaba en una situación de "ofuscación motivada por el miedo que no podía soportar de seguir recibiendo maltrato, esto es, agresiones, insultos y coacciones (la acusada incluso dijo que la obligaba a prostituirse y le quitaba el dinero que ganaba)". Según el tribunal, "ya no pudo contenerse ante el último episodio protagonizado por la víctima, que incluyó acoso, gritos y una nueva discusión, por lo que no pudiendo más, acabó con la vida de Williams".

Sin embargo, y a pesar del relato de Chochi Sambo, la Audiencia no consideró una exención total de la responsabilidad y recalcó que el médico psiquiatra del centro penitenciario no encontró ninguna patología. "No estamos, pues, ante una persona con una enfermedad o alteración mental acreditada, sino con quien se vio impelida a actuar como lo hizo, ante el miedo que sentía ante el comportamiento de la víctima hacia ella (...) que arrastraba durante años de sufrimiento muy variado", dice la sentencia. Y aclaró que "alteración no equivale a pérdida de facultades intelectivas y volitivas", por lo que no podía anular la responsabilidad.

El último indulto de estas características lo firmó Alberto Ruiz-Gallardón el 30 de noviembre de 2012 a María Pilar Marcos, condenada a tres años de prisión por la Audiencia Provincial de Navarra por matar a su marido en 2009 en Tafalla (Navarra). En aquella ocasión, como en el caso de Chochi Sambo, Marcos había sufrido años de maltrato y el tribunal tuvo en cuenta “la legítima defensa” de la mujer, que, según contó su abogado durante el juicio a la prensa regional navarra: “Solo se enfrentó a su marido por primera vez tras muchos años de maltrato y en un momento dado cogió un cuchillo, pero solo para que no la agrediera”.

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