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La juez aplica la ‘doctrina Botín’ para archivar la causa contra los guardias civiles procesados por el ‘caso Tarajal’

La magistrada acepta así la petición de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado en relación al fallecimiento de 15 inmigrantes irregulares en 2014

El momento del levantamiento de un cadáver en la playa del Tarajal tras la tragedia.
El momento del levantamiento de un cadáver en la playa del Tarajal tras la tragedia.JOAQUÍN SÁNCHEZ QUINO

El juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha decidido aplicar la doctrina Botín y archivar la causa contra los 16 guardias civiles procesados por la tragedia del Tarajal, cuando al menos 15 inmigrantes murieron al intentar alcanzar a nado la costa española el 6 de febrero de 2014, mientras se usaba material antidisturbios para impedirlo. Según consta en un auto fechado este mismo martes, la juez María de la Luz Lozano considera que no se puede abrir vista oral contra los agentes porque solo impulsa el caso contra ellos la acusación popular, ya que la Fiscalía y la Abogacía del Estado han solicitado el sobreseimiento.

Esta decisión llega apenas un mes después de que la misma juez acordase procesar a los guardias por homicidio imprudente y denegación de auxilio. Entonces, Lozano insistió en que existen indicios para sentar a los agentes en el banquillo, al considerar que su intervención "pudo contribuir, cocausalmente", a las muertes de los extranjeros. Para frenar a los sin papeles, emplearon pelotas de goma y botes de humo.

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16 guardias civiles que actuaron en la tragedia del Tarajal, procesados por homicidio imprudente

"Concurren indicios sobre la posible falta de proporcionalidad", resaltó la magistrada en el auto conocido el pasado septiembre, donde añadía: "Es claro que en el mar había personas migrantes que podían sufrir un mal, incluso la pérdida de la vida, y que debían ser auxiliadas por los agentes investigados, los cuales podían haber intervenido en su auxilio y se abstuvieron de hacerlo sin causa que justifique su omisión". "Las fronteras han de protegerse, pero sin dejar desprotegidas a las personas", apostilló en ese escrito la juez.

Esta tesis siempre la rechazó la Fiscalía, que ha pedido en todo momento el archivo de la causa. Una medida que consiguió en dos ocasiones durante la instrucción —aunque la Audiencia Provincial volvió a reabrir la investigación— y que ha vuelto a lograr ahora. "En este caso, solo han mostrado su propósito de instar la celebración de juicio oral las acusaciones populares, interesando el Ministerio Fiscal el sobreseimiento de estos autos, petición esta última que esta juzgadora no puede obviar dada la vigencia actual de la mencionada doctrina jurisprudencial", subraya Lozano en su nuevo auto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, donde subraya que da carpetazo por tercera vez al caso exclusivamente por aplicación de la doctrina Botín. De hecho, la magistrada mantiene que todavía existen los mismos "indicios de delito".

Las ONG que ejercen como acusaciones populares, que han llegado a pedir hasta 56 años de cárcel para cada uno de los guardias civiles, aún pueden recurrir para tratar de revocar la decisión de la juez. La magistrada les da un plazo de cinco días para presentar un recurso de apelación.

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