_
_
_
_
_

El Constitucional rechaza el recurso de los nietos de Franco contra la exhumación

El juez José Yusty archiva también la causa de la licencia de obras

Natalia Junquera
Imagen del Valle de los Caídos.
Imagen del Valle de los Caídos. JAVIER BARBANCHO (REUTERS)

La Sección Primera del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso de amparo presentado por los nietos de Francisco Franco para tratar de detener la exhumación y el traslado de los restos del dictador del Valle de los Caídos, prevista para antes del 25 de octubre. El alto tribunal argumenta la "manifiesta inexistencia de vulneración de los derechos fundamentales alegados” para no admitir el recurso. También el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha rechazado la petición de medidas cautelares para suspender la exhumación, aunque la familia puede presentar una demanda que siga el cauce normal, recuerdan fuentes del tribunal.

Los Franco habían pedido la suspensión de la exhumación como medida cautelarísima alegando que se había vulnerado el principio de igualdad en la aplicación de la ley, su derecho a la intimidad personal y familiar, a la libertad religiosa y a la tutela judicial efectiva. El Tribunal Constitucional ha decidido justificar mediante un auto la inadmisión del recurso de los Franco al tratarse de un asunto que puede generar "consecuencias con repercusión social y política". "La significación histórica y política de Franco, cabeza del régimen político establecido tras la Guerra Civil y en el que asumió la condición de jefe de Estado, hace que cualquier decisión que afecte al tratamiento y localización de sus restos mortales trascienda del caso concreto", explican los magistrados.

Más información
Los Franco batallan ahora por una inhumación con una bandera de España sin escudo
El Valle después de Franco

“No nos parece ni injustificada, ni arbitraria, ni en suma contraria al principio general de igualdad, la decisión de exhumación adoptada por los acuerdos del Consejo de Ministros en cumplimiento de la previsión de establecida en la ley 52/2007 [ley de memoria histórica]”, argumenta el alto tribunal.  El Constitucional tampoco aprecia que se hayan lesionado los derechos a la intimidad personal y familiar en conexión con el derecho a la libertad religiosa: "La medida adoptada por el Consejo de Ministros tampoco se proyecta, en modo alguno, sobre las convicciones religiosas de la parte recurrente, sino que responde a motivaciones como son los principios democráticos y el fomento de los valores". Y rechaza asimismo que se haya vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, porque la respuesta del Supremo, explica, "resulta razonable y motivada". 

La familia Franco ha presentado este mismo jueves un nuevo escrito ante la sala tercera de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo en el que solicita la suspensión cautelar de la exhumación hasta que se haya pronunciado sobre el recurso interpuesto contra la providencia del pasado 10 de octubre (cuando el Supremo dejó sin efecto la suspensión cautelar contra el plan del Gobierno y recordó que la Constitución "obliga a todos a cumplir las sentencias") y sobre las peticiones que formularon en el marco de la ejecución de la sentencia del pasado 30 de septiembre, cuando avaló la exhumación. 

El traslado de los restos de Franco del monumento levantado durante la dictadura para inmortalizar su victoria en la Guerra Civil ha sido avalada por el poder ejecutivo (por decisión acordada en el Consejo de Ministros), el legislativo (solo recibió dos votos en contra en el Parlamento) y por el judicial.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

La causa de la licencia de obras también se archiva

J.J.GÁLVEZ

José Yusty, el magistrado contrario a la ley de memoria histórica que suspendió el informe municipal para la exhumación de Franco, también se ha dado por vencido y tras decir que él no tenía "prisa" en revolver el asunto, este jueves ha dejado sin efecto el auto del pasado 25 de febrero que paralizaba la exhumación.

En el auto de archivo, el juez Yusty, hijo y nieto de almirantes franquistas, admite que la sentencia del Supremo que avala la exhumación significa "la pérdida sobrevenida del objeto de este pleito".

Hace unos días, sin embargo, Yusty se negaba a dar carpetazo a su causa.  Según fuentes jurídicas, el juez no solo quería recibir la notificación de la resolución del Supremo —sellada, además, por el alto tribunal—, sino que tenía previsto dar después un plazo de alegaciones a las partes de 10 días antes de tomar una decisión. Contemplaba incluso la posibilidad de celebrar una nueva vista a finales de octubre. "Como me quedan cuatro años y pico para jubilarme, yo prisa no tengo", avanzaba ya en la sesión celebrada el pasado 20 de septiembre, según consta en la grabación de la misma, a la que ha tenido acceso EL PAÍS.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Natalia Junquera
Reportera de la sección de España desde 2006. Además de reportajes, realiza entrevistas y comenta las redes sociales en Anatomía de Twitter. Especialista en memoria histórica, ha escrito los libros 'Valientes' y 'Vidas Robadas', y la novela 'Recuérdame por qué te quiero'. También es coautora del libro 'Chapapote' sobre el hundimiento del Prestige.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_