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El Supremo confirma la suspensión de Puigdemont y Junqueras

La Sala de Apelaciones rechaza el recurso de los procesados contra la decisión de Llarena de apartarles del escaño

Reyes Rincón
Carles Puigdemont y el presidente de la Generalitat Joaquim Torra el pasado sábado en Bruselas.
Carles Puigdemont y el presidente de la Generalitat Joaquim Torra el pasado sábado en Bruselas.NICOLAS MAETERLINCK (AFP)

El Tribunal Supremo ha confirmado este lunes la suspensión como diputados de Carles Puigdemont, huido a Bruselas, Oriol Junqueras y los otros cuatro parlamentarios catalanes que están en prisión. La Sala Penal no ha aceptado ninguno de los argumentos alegados por los procesados para rebatir la decisión del juez Pablo Llarena porque, afirman, la medida “no es fruto de una decisión discrecional” del magistrado sino una “consecuencia automática” de aplicar la ley.

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Llarena decretó el 27 de junio la suspensión de los diputados procesados por rebelión sobre los que se hubiera decretado la prisión provisional en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). Esta medida afecta a cuatro diputados de Junts per Catalunya (Puigdemont, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez) y dos de ERC (Junquers y Raúl Romeva). Las defensas de todos los afectados, menos la del expresident, impugnaron la decisión, y la sala de tres magistrados que se encarga de resolver los recursos ha rechazado sus argumentos y ha ratificado los del juez.

Como Puigdemont no recurrió, el Supremo ha confirmado también su suspensión para ejercer como parlamentario, lo que avala la tesis que ERC ha mantenido en el Parlament, en contra de la pretensión de sus socios de Junts per Catalunya, que consideran que la medida no afecta al expresidente catalán. Estas discrepancias entre los dos partidos independentistas mantienen bloqueada la Cámara catalana porque la mayoría de la Junta de Portavoces decidió no hacer más plenos hasta que haya un acuerdo.

Los abogados de los procesados también cuestionaron que Llarena propusiera que otros diputados ocupen temporalmente el puesto de los suspendidos para evitar que estos tengan que renunciar a su escaño definitivamente. La propuesta del instructor fue interpretada por las defensas como una injerencia del juez en la actividad del Parlament, pero los magistrados que han examinado sus recursos rechazan este argumento y afirman que el juez solo estaba informándoles de que esa posibilidad era válida.

En todo caso, señala el tribunal, corresponde al Parlament decidir cómo se aplica la suspensión. La fórmula elegida por la Cámara pasa, en un principio, porque los diputados suspendidos cedan su voto y su acta de forma transitoria hasta que la Cámara acuerde cómo regular esa sustitución temporal, que no está prevista en su reglamento.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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