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Sentencias contradictorias sobre las bofetadas a los hijos

Los jueces condenan y absuelven a los padres que agreden a los niños con un guantazo

Javier Arroyo
Un niño recibe una reprimenda de su progenitor.
Un niño recibe una reprimenda de su progenitor.Getty

La gresca familiar suele empezar de forma muy parecida. Con uno o varios de estos elementos: horas de móvil al por mayor, habitación desordenada desde hace días, malas notas, oídos sordos a cualquier petición de los padres… A partir de ahí, cada familia resuelve de un modo distinto. En ocasiones, las menos, la situación acaba con un tortazo del adulto al menor. Y, también a veces, ese bofetón acaba siendo dirimido ante su señoría, denuncia mediante del agredido o del cónyuge o, con frecuencia,, del excónyuge. A partir de ahí, el resultado es difícil de predecir. Los jueces no aplauden en general el método del bofetón pero al llegar al apartado de la sentencia, con frecuencia suelen encontrar la justificación que rebaja la importancia del bofetón y lo saca de la categoría del maltrato familiar. La pena más común, cuando hay condena, es unos meses de cárcel (que normalmente no hay que cumplir), trabajo comunitario o alejamiento del menor.

La disparidad de criterios se ha mostrado en los juicios por dos tortazos recientes de este verano. En agosto, una adolescente de 15 años, llegó a su casa de Garrucha (Almería) sobre la medianoche, un poco más tarde de la hora fijada por su padre. Nada raro hasta ahí. Y nada raro el que, como en tantas familias, esa tardanza disparara una discusión. Y también llegó lo menos deseable: el progenitor le dio un par de bofetadas a su hija. Tres semanas después, un juez condenaba al adulto a siete meses y medio de prisión y alejamiento físico y virtual del padre respecto de su hija de un año, siete meses y 15 días. La sentencia está recurrida.

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Un mes después, el 4 de septiembre, en su casa de Albolote (Granada), Luis, de 14 años, discutía con su madre. Ocho suspensos tenían la culpa. La madre tiró del recurso habitual: el móvil queda requisado. El niño, no obstante, lo cogió. Llegados a ese punto, todo lo pendiente sale a la luz: que si el cuarto desordenado, que si golpes en la puerta del hijo, gritos y malas contestaciones. El final, de nuevo, el menos deseado: bofetón de la madre al niño. Tres semanas después, el caso se dirimía ante un juez que ha considerado que el tortazo no debe ser considerado delito de violencia o maltrato familiar y exoneraba a la madre. Dos discusiones familiares que acaban con bofetones similares pero con sentencias radicalmente opuestas.

¿Por qué esta variabilidad? Para Luis Guerrero, abogado del caso de Garrucha, “cada juez entiende la corrección de manera distinta”; María Luisa Ruiz, letrada del caso de Albolote, reconoce que en estos casos “ni los jueces se ponen de acuerdo”. En sede judicial lo que se dirime es si el bofetón es violencia familiar y si es un modo aceptable o no de corrección educativa. A ello se le añaden las diversas realidades familiares.

Valle Gómez Herrera, magistrada del Juzgado Penal 1 de Jaén, considera que, “en la sala de juicios, cada caso es distinto, con sus circunstancias peculiares, y el juez ha de valorar cada uno de esos elementos a partir del sentido común: que haya intencionalidad de corregir y no de maltratar o cuáles son las circunstancias familiares.”. ¿Pueden obedecer las diferentes sentencias a la ideología de cada juez,a su visión de la familia?. “No depende tanto de la ideología como de una valoración de los hechos y sus circunstancias”, defiende la juez. En el caso de la absolución de Albolote, por ejemplo, el juez considera que el bofetón “no fue excesivo ni desproporcionado”. En el caso de Garrucha, con padre condenado, el tribunal opina que existe “extralimitación en su derecho de corrección, pues cuando ejerce el mismo, tiene que ser a través de actos que beneficien a la menor”. Y añade: “el uso de la violencia en este grado en forma alguna puede estar permitido”.

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Curiosamente, tanto en el caso de Garrucha como en el de Albolote –y en la inmensa mayoría de los casos– la Fiscalía se muestra menos flexible en sus peticiones de pena. Para los fiscales, el bofetón siempre es constitutivo de delito. La razón la explica la magistrada Gómez Herrera: “En estos casos, la Fiscalía siempre parte de los hechos objetivos, sin elementos circunstanciales. Es en el plenario, en el juicio, donde toca valorar esas otras circunstancias”.

Límites

Carmen López-Rendo, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia, sitúa el límite entre la culpabilidad y la inocencia en “el ánimo de lesionar, en la extralimitación de la fuerza, en la tiranía que pudiera ejercer el miembro fuerte de la familia sobre el más débil y en el comportamiento previo del hijo”.

Para López-Rendo existe el derecho de un padre o una madre a la corrección y “en ocasiones, corregir puede requerir un bofetón”. En cualquier caso, añade, “la extralimitación en esa corrección es un delito”. No lo considera así Catalina Perazzo, portavoz de Save the Children, una ONG dedicada a la lucha contra la pobreza infantil, los malos tratos y en general, la salvaguarda de los derechos de los niños. Para Perazzo, “ningún tipo de violencia es tolerable. Nunca tiene fines educativos y el uso del bofetón, o de la violencia en general, es el síntoma de que todos los demás recursos han fracasado”.

Un asunto colateral a todo esto del bofetón es quién interpone la denuncia. No siempre –o casi nunca– son los hijos quienes acuden al juzgado. En el caso de Almería, con padres separados de por medio, fue el otro cónyuge quien denunció al enterarse de lo ocurrido un día después. En el de Albolote, un vecino comentó los hechos con un tercero que presentó denuncia e hizo que la Guardia Civil se presentara en el domicilio familiar. En ocasiones, explica Carmen López-Rendo “la denuncia se usa, sobre todo, para utilizarla contra alguien”. Además, se supone que el derecho penal está para utilizarse bajo el criterio de intervención mínima pero, como cuenta la magistrada Gómez Herrera, “nadie confía en la justicia pero, al final, todo el mundo está ahí”.

Un año para preparar una nueva ley

Hace 10 años, el artículo 154 del Código Civil perdió su última frase, aquella que permitía a los padres “corregir razonablemente y moderadamente a sus hijos”. Era el resquicio que permitía dar un bofetón aquí o allá. Con esa pérdida, el bofetón entra en el código penal como violencia o maltrato familiar, aunque los jueces suelen acudir a la jurisprudencia, teoría del derecho y a su propio sentido de la vida familiar y sus circunstancias para evitar condenas penales.

Todo ello da lugar a sentencias dispares. Catalina Perazzo, portavoz de Save the Children, anuncia que la suya y otras organizaciones han conseguido un compromiso de los partidos parlamentarios para que en 12 meses se inicie el trámite de la que será la nueva Ley para la erradicación de la violencia contra la infancia y la adolescencia.

El objetivo es, siguiendo la estela de la ley contra la violencia de género, conseguir que disminuya la violencia contra los menores, aclarar la situación. Quieren incluir, además, penas educativas que acompañen –o sustituyan– a las penales.

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