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Los cigarrillos electrónicos también llevarán advertencias sanitarias

El Gobierno prohíbe los paquetes de menos de 20 cigarrillos y el tabaco con aromas especiales

Un hombre fuma un cigarrillo electrónico en una calle de Barcelona.
Un hombre fuma un cigarrillo electrónico en una calle de Barcelona.Gianluca Battista

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto y un anteproyecto de Ley para culminar la trasposición de la Directiva Europea sobre Productos del Tabaco y productos relacionados, por el que obligará a los cigarrillos electrónicos y sus líquidos de recarga a llevar advertencias sanitarias en sus envases. Además, se prohíben los paquetes de tabaco de menos de 20 cigarrillos.

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"El objetivo principal es alcanzar la protección de la salud de los fumadores e, indirectamente, también la de los fumadores pasivos", ha señalado el ministro de Educación y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La nueva normativa equipara los cigarrillos electrónicos a los productos del tabaco en cuanto que regula su composición, etiquetado y requisitos de seguridad, priorizando la protección a los menores, ya que, como recuerda el Ministerio de Sanidad, la Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que "no se pueden excluir los riesgos para la salud de la exposición al vapor de estos productos".

La Mesa del Tabaco lamenta que España aplique nuevas limitaciones y vuelva a estar a la cabeza del control en la Unión Europea. “Desde el sector del tabaco creemos, que con la nueva norma que se acaba de aprobar, hemos llegado al límite máximo de la regulación. De esta manera, podemos decir que en España tenemos una férrea legislación nacional para el control del tabaco y lo que se debe garantizar es su cumplimiento, muy especialmente en lo que se refiere al acceso de los menores al tabaco persiguiendo los canales de venta ilegal que operan al margen de la legalidad”, subrayó Juan Páramo, presidente de la patronal del sector.

El Gobierno también ha aprobado un anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de productos de tabaco.

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Estas son las novedades que introduce la normativa, que entrará en vigor en los próximos días, en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

- Los cigarrillos electrónicos llevarán advertencias sanitarias. Las advertencias sanitarias que comenzarán a ser obligatorias tanto para los cigarros como para los productos asociados tendrán que ocupar un 30% de la cara exterior del envasado.

- Advertencias el doble de grandes para los demás. Las advertencias combinadas (textos e imágenes) en las caras anterior y posterior deberán ocupar el 65% para los cigarrillos y bolsas de picaduras y textos en los laterales ocupando una superficie del 50%. Además, deben incluir información sobre el abandono del tabaquismo.

- Composición de los cartuchos de cigarrillos electrónicos. Los líquidos deberán contener como máximo 20 miligramos por mililitro (mg/ml) de nicotina, los cartuchos desechables o los depósitos recargables podrán ser como máximo de 2 mililitros, y los envases de líquido para la recarga no podrán contener un volumen superior a 10 mililitros.

- Prohibidos los envases pequeños. No estarán permitidas ni las cajetillas de menos de 20 cigarrillos ni los paquetes pequeños de tabaco de liar.

- Prohibidos los aromas. Vitaminas, cafeína, taurina y otros aditivos asociados con energía y vitalidad, colorantes, aditivos que faciliten la ingesta o la inhalación de nicotina, y aditivos que tengan propiedades tóxicas, carcinogenéticas o mutagénicas quedan prohibidos.

- Listados de ingredientes. Se mantienen los niveles máximos de emisión de alquitrán en 10 miligramos por cigarrillo, de nicotina en 1 miligramo por cigarrillo y de monóxido de carbono en 10 miligramos por cigarrillo, así como las referencias a los métodos analíticos. Para ello, fabricantes e importadores de productos del tabaco deberán comunicar la lista de ingredientes, que elaborará cada fabricante por marcas y tipos individuales, incluyendo todos los ingredientes, los niveles de emisiones y cuando esté disponible, la información sobre otras emisiones y sus niveles.

- Cierre de seguridad. Los cigarrillos electrónicos deberán llevar seguridad a prueba de niños.

- Sistema coordinado de notificación de efectos adversos sobre estos productos. En caso de notificación de riesgo para la salud justificada en al menos tres Estados miembros, la Comisión Europea podría prohibir el producto en el resto, además la Comisión tendrá que informar de su riesgo potencial para la salud en los dos años sucesivos a la entrada en vigor de la Directiva.

- Las hierbas para fumar también quedan reguladas. Las hierbas para fumar, dada la generalización del uso de este tipo de productos entre los jóvenes "sin ser conscientes de que constituyen una puerta de inicio al tabaquismo y genera una gran preocupación a nivel sanitario". Por ello, la norma incorpora una regulación básica, referente a ingredientes y sobre todo a las advertencias sanitarias que han de ir en el etiquetado, que también tendrá que ocupar un 30% de la cara exterior del envasado, alertando de los efectos nocivos sobre la salud, que es la que recoge la normativa europea en este real decreto.

- Limitaciones a la venta. Las principales novedades que introduce esta ley son las limitaciones a la venta o suministro de los productos de tabaco, como la venta a distancia transfronteriza, la venta que no cumple los requisitos de etiquetado o envasado o la prohibición de uso de determinados ingredientes.

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