El juez procesa a 121 controladores por el caos aéreo de la protesta de 2010
Señala a la cúpula del sindicato profesional por incitar al colectivo al abandono de sus funciones Los trabajadores se defienden: "Otros 21 juzgados creen que no hubo huelga, ni sedición"
Fueron dos días de infarto en España: el 3 y 4 de diciembre de 2010. Un plante colectivo de los controladores aéreos en protesta por la rebaja de sus condiciones laborales dictada por el Gobierno provocó la anulación de 5.000 vuelos, con 700.000 afectados en pleno puente. La monumental bronca se zanjó después de un duro pulso con el Ejecutivo, que decretó el estado de alarma y sometió a las torres y centros de control a la tutela militar. Durante 24 horas el espacio aéreo español estuvo cerrado y AENA abrió hasta 442 expedientes a los implicados.
Tras 21 sentencias favorables a los trabajadores, el juzgado de Instrucción 3 de Madrid cree que el “plante” colectivo no estaba “legitimado ni amparado”. El juez ve indicios de un delito de sedición, abandono de funciones públicas y falsedad documental para 113 controladores aéreos y ocho miembros de la junta directiva de la Unión Sindical de Controladores (USCA), lo que los coloca al borde del banquillo.
El razonamiento de Teijeiro se basa en que la decisión de cerrar el espacio aéreo esos dos días no fue “lo que provocó la inacción de los controladores, como insisten en sostener, sino al contrario, es el abandono de los puestos de trabajo, realizado de manera concertada, consciente y deliberada, lo que impulsa la adopción de dicha medida”.
El boicot tuvo su origen en un decreto aprobado en la mañana del 3 de diciembre por el Consejo de Ministros y apadrinado por el entonces ministro José Blanco. La regulación significaba un aumento en la jornada de trabajo y la disminución de salarios cifrada por los funcionarios en un 30%. El conflicto laboral venía de lejos: la negociación del convenio llevaba cinco años enquistada. Sus sueldos, de una media de 200.000 brutos, fueron utilizados como arma arrojadiza y alimentaron la polémica mientras miles de personas reclamaban a AENA por la pérdida de sus vuelos. Pero “sus legítimas reivindicaciones”, asegura ahora el juez, no justificaron “los modos y formas” de la protesta, que se tradujo en una repentina avalancha de bajas alegando una situación de “ansiedad y presión psicológica”, que según el juez “nunca se acreditó”.
El espacio aéreo español, gestionado por cinco grandes centros en Madrid, Barcelona, Palma, Sevilla y Canarias, tenía en el momento de los incidentes 62 controladores asignados a la capital, incluidos seis supervisores. A las cuatro de la tarde del 3 de diciembre, 59 de ellos presentaron una declaración jurada de “incapacidad psicofísica sobrevenida”, algo que se agravó en el turno de noche. Esas bajas se habrían concretado “de manera coordinada e imprevisible, en muy escaso periodo temporal, lo que condujo al inevitable cierre del espacio aéreo con declaración del estado de alarma”. Tras someter al mando militar los centros de control, las bajas repentinas prácticamente desaparecieron.
La estrategia de los controladores podría haber violado, según el juez, el derecho constitucional de los ciudadanos a la “libre circulación por todo el territorio”, lo que lleva a Teijeiro a calificar lo ocurrido de “calamidad pública de enorme magnitud por el elevado número de ciudadanos afectados”.
USCA recurrirá su decisión porque considera que el auto “es sesgado y omite las pruebas que acreditan la ausencia de delito”. Recuerdan que el titular de Instrucción 2 de Santiago, José Antonio Vázquez Taín, “resolvió decretar el archivo de la causa” argumentando que “todo fue una decisión política de quien tenía competencia para ello”. Pero el magistrado de Madrid exculpa expresamente al Gobierno socialista, deslizando que los funcionarios pretenden derivar “su propia responsabilidad hacia las decisiones supuestamente erróneas adoptadas por AENA e incluso al propio Gobierno quien, por la propia naturaleza política de sus actos, ha de quedar necesariamente excluido del control jurisdiccional en este ámbito”. En especial pone el foco en los miembros del sindicato que, durante la convocatoria de una asamblea en un hotel de Madrid en la tarde del día 3 y “sobre todo, en conversaciones telefónicas [...] incitaron de forma evidente y precisa al abandono de sus funciones por parte de aquellos controladores que tenían asignados servicios”.
El magistrado de los juzgados de Plaza de Castilla sobresee provisionalmente la causa respecto de otros denunciados y traslada su decisión tanto a la fiscalía, como a las acusaciones particulares, para que en dos meses “formulen escrito de calificación, solicitando la apertura de juicio oral, el sobreseimiento de la causa si procediere y, excepcionalmente, la práctica de las diligencias complementarias”.
La Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) había solicitado el pasado diciembre el archivo de la investigación por el supuesto abandono de sus puestos de trabajo. En el escrito, el abogado del sindicato de USCA, José Antonio Choclán, entendía que “no hubo ningún plante” por parte del colectivo y que el cierre del espacio aéreo fue una decisión “unilateral” de AENA.
Ayer, en un comunicado, insistía en esa tesis tras considerar que el juez “selecciona de manera sesgada algunas pruebas de cargo, pero omite todas aquellas que han sido aportadas por la defensa y que acreditan la ausencia de delito”. Los controladores creen el auto “no motiva la responsabilidad individual de cada uno de los controladores aéreos, no dice quién es quién y no motiva las razones individualizadas para su imputación”, y recuerdan que “por lo que se refiere al delito de falsedad documental, es un delito que nunca ha sido objeto de instrucción, por lo que de nuevo se tendría que proceder a la declaración de cada uno de los imputados sobre este hecho”. USCA recuerda que otros 21 juzgados “han considerado que no hubo huelga, ni sedición, ni abandono por parte de los controladores”.
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