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El Supremo deja en el aire Madrid Central

El tribunal confirma la sentencia que anuló la zona de bajas emisiones de la capital al rechazar el recurso de casación de Ecologistas en Acción

Señales de Madrid Central en la calle Mayor.
Señales de Madrid Central en la calle Mayor.Julian Rojas
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Supreme Court ruling leaves Madrid Central low-emission scheme hanging in the balance

El Tribunal Supremo deja en el aire Madrid Central, el proyecto con el que la alcaldesa Manuela Carmena trató de reducir la contaminación del centro de la capital al limitar el acceso de vehículos y que fue duramente atacado por el actual alcalde, José Luis Martínez-Almeida (PP) cuando estaba en la oposición. En un auto notificado este lunes, el tribunal ha rechazado el recurso de casación que presentó Ecologistas en Acción contra la sentencia que anulaba Madrid Central. En él da por buenos los argumentos del contencioso que inició el Grupo Municipal Popular en 2018, donde defendía que no se había tramitado correctamente esta zona de bajas emisiones, ya que no se tuvieron en cuenta los 11,7 millones de impacto económico que, se estimaba, tendría sobre las cuentas del Ayuntamiento de Madrid. La decisión judicial deja en suspenso las restricciones a los vehículos contaminantes en el centro de la capital, aunque el alcalde ha asegurado que las normas de restricción de Madrid Central siguen vigentes, y también las multas, “hasta que la sentencia sea firme”, sin dejar claro cuándo considera llegado ese momento, una vez se ha rechazado el único recurso de casación presentado ante el Supremo. La ciudad se enfrenta a una posible multa de la Comisión Europea si no ataja la contaminación.

Ecologistas en Acción de Madrid recibió este lunes por la tarde el auto judicial que rechaza su recurso. En él, el tribunal confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declaró nulo el artículo 23 de la ordenanza de Madrid Central, porque consideró insuficiente la memoria económica de dicha norma. El coste de la puesta en funcionamiento de esta zona de bajas emisiones se calculaba en 11,7 millones de euros durante siete años. “Resulta obvio que su repercusión presupuestaria era ínfima ante un presupuesto municipal que supera los 5.000 millones anuales, pero este argumento no fue atendido por el TSJM”, dice la asociación ecologista en una nota.

Ahora, los servicios jurídicos de la asociación ecologista están estudiando si continuar la vía legal, con un recurso ante el Tribunal Constitucional, con tal de mantener activa la zona de bajas emisiones en la capital puesta en marcha por el gobierno municipal de Carmena. “Nos han condenado a pagar 1.000 euros de costas y estamos esperando el fallo de los otros cinco recursos que hay ahora mismo pendientes. Si nos condenan en todos a pagar nos dejan en una situación de total indefensión”, explica Paco Segura, coordinador de Ecologistas en Acción. Por tanto, explica, ahora van a esperar el resultado de los otros cinco recursos. “Es muy difícil que el Constitucional desdiga al Supremo”, lamenta Segura, que recuerda que desde que Madrid Central se puso en marcha la contaminación en el centro de la capital ha bajado un 22% y un 10% en toda la ciudad.

¿Se puede entrar ahora en Madrid Central?

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La pregunta ahora resulta obvia: ¿pueden entrar todos los coches en la almendra central de la capital sin riesgo a multa? El Ayuntamiento de Madrid, que tiene dos meses para ejecutar la sentencia, asegura que Madrid Central sigue vigente hasta que el fallo sea “firme”, aunque en realidad ya se ha rechazado el único recurso de casación. El Ayuntamiento asegura que las cámaras seguirán funcionando y que tramitará todas las multas y pide a los madrileños que actúen “como si Madrid Central siguiese existiendo”, según ha dicho la vicealcaldesa, Begoña Villacís. Hasta el momento, se han puesto 1.393.000 multas, según fuentes municipales, lo que en términos económicos significa 125 millones (o 62 por pronto pago).

A la vez, el alcalde, José Luis Martínez-Almeida, ha afirmado esta mañana que acelerarán los plazos para poner en marcha el plan Madrid 360 grados, con el que el actual equipo de gobierno quiere extender Madrid Central a todos los barrios. La ordenanza todavía no ha entrado en vigor. El tiempo ahora corre en contra de Almeida, que debe pasar los trámites previstos por la propia Administración: desarrollar una ordenanza de movilidad sostenible y someterla a información pública, algo que no se hace en dos días.

Según el abogado de Ecologistas en Acción, Jaime Doreste, con la sentencia del Supremo las multas que están recurridas en estos momentos “es muy probable que no se tengan que pagar”, por lo que eso da vía libre a entrar sin ninguna restricción. “Nuestro abogado entiende que las multas que están pagadas, están pagadas. Pero las que están recurridas tienen opción de ser anuladas. De ser así ya no habrá ningún aliciente para no pasar, porque las multas te las van a quitar”, explica Paco Segura, portavoz de Ecologistas en Acción.

Pedro Javaloyes, portavoz de la empresa DVuelta Asistencia Legal, una de las que presentó un recurso contra Madrid Central, cree que no solo las multas que se pongan a partir de ahora serán anuladas, sino cualquiera de las que se han puesto hasta el momento podrán recurrirse gracias a esta sentencia. Además, el fallo supone “un decaimiento automático de Madrid Central, igual que cuando cae el estado de alarma” por lo que no hay posibilidad alguna de que las normas actuales continúen vigentes. “Ahora el Ayuntamiento, que se encuentra en una situación esquizofrénica, dirá que ellos lo van a hacer mejor y que lo que había es una chapuza, pero lo cierto es que no querían que el Supremo dijera lo que ha dicho. Y, sobre todo, intentarán mantener Madrid Central hasta que presenten su nuevo plan. Pero lo vamos a recurrir todo y nos van a dar la razón, con la sentencia en la mano”, ha dicho Javayoles.

Inés Sabanés, diputada de Más País y Equo en el Congreso de los Diputados y concejala de medio ambiente con Carmena, no ha tardado en pronunciarse y ha calificado de lamentable que Madrid Central, “una de las zonas de bajas emisiones más eficaces de Europa”, sea la primera área de este tipo que se elimina en todo el mundo.

Primera sentencia en contra del TSJM

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló a finales de julio de 2020 Madrid Central por “defectos formales”, al considerar que “no se cumplió con el trámite esencial de información pública y con la imprescindible memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza”. Esa sentencia, motivada por dos recursos del PP y uno de una empresa privada, no era firme por lo que el Ayuntamiento de Madrid entendía que había que seguir multando a los ciudadanos que accedían sin permiso a la zona restringida, según explicaron entonces fuentes municipales. Ante la sentencia cabía recurso de casación, algo que hizo Ecologistas en Acción. Hasta febrero del año pasado se impusieron 815.000 multas que estaban en el limbo: si el fallo se confirmaba en la siguiente instancia, decaerían. No solo eso, a partir de ahora, si Madrid Central desaparece completamente, los coches más contaminantes podrán volver a entrar en el centro de la capital sin restricciones.

“No tiene suficiente trascendencia”

El auto del Supremo inadmite el recurso de casación formulado en defensa de la vigencia de Madrid Central. La sentencia que se recurría en casación anula una disposición general, por lo que solo podía rechazarse el recurso si “carece con toda evidencia de trascendencia suficiente”. Para el Supremo la vigencia o no de una zona de bajas emisiones, “que ha ayudado a mejorar mucho la calidad del aire en la capital, aparentemente no tiene suficiente trascendencia”, se queja Ecologistas. El propio Parlamento Europeo aprobó recientemente un informe que exige medidas más estrictas para preservar la salud pública en nuestras ciudades.

Ecologistas en Acción también lamenta que la actual configuración del recurso de casación lo convierte en un medio de impugnación de extraordinaria dificultad técnica, que atiende más a la creación de jurisprudencia (el interés casacional objetivo) que a la corrección de situaciones de mala aplicación de la justicia en las sentencias que se recurren.

De la oposición, al Gobierno

Madrid Central fue el proyecto estrella de la alcaldesa Manuela Carmena (Ahora Madrid) y entró en vigor a finales de 2018. José Luis Martínez Almeida (PP) hizo campaña en contra de la medida e intentó paralizar las multas en julio del año pasado cuando ya estaba en la alcaldía, pero la justicia se lo impidió “para preservar la salud y el medio ambiente”. Carmena puso en marcha el área de bajas emisiones recogiendo una idea de su predecesora, la popular Ana Botella. Se trata de un área similar al distrito Centro en la que no pueden entrar vehículos sin etiqueta de la DGT (los más antiguos), mientras que aquellos con etiqueta B o C tan solo pueden acceder si van a un aparcamiento de uso público. Hay excepciones tanto para vecinos (que pueden invitar a 20 vehículos al mes) como para comerciantes, así como para vehículos no contaminantes y transporte público.

El PP se opuso a la puesta en marcha de la medida con críticas furibundas, y llegó a comparar Madrid Central con el gueto de Varsovia y el muro de Berlín. Por eso, tanto la Comunidad de Madrid (gobernada por este partido) como el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de la capital (entonces en la oposición) llevaron el proyecto a los tribunales —algo que también hicieron varias empresas de reclamación de multas de tráfico como DVuelta Asistencia Legal— y pidieron la paralización cautelar. Los jueces no estimaron entonces dicha paralización, por lo que el proyecto siguió adelante.

El pasado verano, en cambio, los tribunales tumbaron varios artículos de Madrid Central. La Sección Segunda de lo Contencioso estimó parcialmente en tres sentencias los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la empresa DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación, según informó el TSJM.

Así, los magistrados anularon la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 5 de octubre 2018 por la omisión del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial. La sala estimaba parcialmente la reclamación del grupo municipal del PP y anulaba el artículo 23 del mismo acuerdo del Pleno, al entender que faltaba la memoria económica, imprescindible para valorar la repercusión que los costes de su aprobación pueden representar. Ahora el fallo del Supremo ha sido el mismo.

La empresa DVuelta, que presentó uno de los seis recursos, se alegró en su momento por la sentencia del TSJM. Entendían que, de mantenerse los tribunales en la misma dirección, quedarían anuladas todas las multas interpuestas desde 2019, las cobradas y las no cobradas, las del mandato de Carmena y las de Martínez-Almeida. “Esta sentencia acaba con todas las multas”, ha recordado de nuevo Javaloyes, portavoz de esta empresa especializada en recursos.

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