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El Constitucional decidirá si es legal que el Poder Judicial no pueda hacer nombramientos

El tribunal admite los recursos del PP y Vox contra la reforma que limitó las atribuciones del órgano de gobierno de los jueces

La ministra de Justicia, Pilar Llop (c) y el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (d) tras la celebración del acto de apertura del Año Judicial, el 6 de septiembre.
La ministra de Justicia, Pilar Llop (c) y el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (d) tras la celebración del acto de apertura del Año Judicial, el 6 de septiembre.Emilio Naranjo (EFE)
José María Brunet

El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite los recursos presentados por el PP y Vox contra la reforma legal impulsada por el Gobierno en marzo para impedir que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pueda efectuar nombramientos de altos cargos de la justicia mientras permanece en funciones. Los recursos plantean que dicha reforma es inconstitucional, por cuanto limita las competencias que la propia ley fundamental atribuye al órgano de gobierno de los jueces.

La admisión a trámite de estos recursos implica que el Constitucional resolverá por sentencia si dicho recorte de competencias puede considerarse legal o contraviene aspectos esenciales de la Carta Magna, al impedir que una institución pueda desempeñar plenamente sus funciones, una vez terminado su mandato. En todo caso, lo previsible es que este doble fallo no llegue hasta dentro de unos meses. De momento, junto a la admisión a trámite se ha designado como ponentes de estas resoluciones a los magistrados Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer. Ambos pertenecen al sector progresista del tribunal.

La prohibición de nombramientos del Consejo mientras esté en funciones fue una iniciativa del Ejecutivo, canalizada a través del grupo parlamentario socialista en el Congreso, ante la prolongación del mandato en funciones del actual Consejo del Poder Judicial, pendiente de renovación desde diciembre de 2018 debido a la falta de acuerdo entre el PSOE y el PP sobre el sistema de elección de los vocales del órgano. La reforma perseguía crear unas nuevas condiciones en la actividad de un Consejo con el mandato terminado, de modo que se favoreciera la negociación para renovarlo. Con la nueva norma, el Consejo en funciones no puede nombrar ni magistrados del Tribunal Supremo ni a presidentes de tribunales superiores de justicia autonómicos ni de audiencias provinciales, así como tampoco puede designar al presidente de la Audiencia Nacional. De aquí a final de año se habrán acumulado unas 70 vacantes por cubrir, según fuentes del Poder Judicial.

No obstante, el bloqueo ha persistido sin que a lo largo de los últimos meses se haya producido aproximación alguna. El PP se mantiene en su tesis de que hay que cambiar el sistema de elección del Consejo, de modo que sean los propios jueces quienes elijan a los doce vocales procedentes de la carrera judicial que forman parte de esta institución. A su vez el Gobierno estima que esta propuesta es responde a una mera estrategia dilatoria, que respondería al convencimiento del PP de que lo que más le conviene es evitar que el PSOE gane influencia en el ámbito judicial renovando el Consejo.

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