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Velando el cadáver equivocado

El Poder Judicial reconoce el derecho de un hombre a ser indemnizado por recibir una urna con las cenizas de otra persona creyendo que eran de su padre

José Antonio Alonso, cuando tenía 45 años.
José Antonio Alonso, cuando tenía 45 años.EL PAÍS

Nunca olvidará Rubén Alonso Villar, de 40 años, el nudo que se le hizo en el estómago aquel 3 de mayo de 2019. Compungido por la muerte de su padre, viajó con su esposa en coche desde su ciudad, Vigo (Pontevedra), hasta Asturias, donde le esperaban sus tíos, hermanos del fallecido. En el vehículo portaba una urna con las cenizas de quien creía que era su padre, José Antonio Alonso, de 65 años. Pero casi a mitad de camino, le telefonearon desde el tanatorio para indicarle que debía devolverles la urna porque las cenizas que contenía no eran las de su progenitor. Le dijeron que se había producido un error y que la urna que portaba era de otra persona; luego supo que se trataba de un ciudadano portugués fallecido en accidente laboral en Vigo.

Para no hacerle regresar, un empleado de la funeraria le ofreció desplazarse a Asturias y canjearle allí la urna de su padre por la del ciudadano portugués, cuyos familiares lusos también la buscaban. Ni Rubén ni su esposa daban crédito a lo que acababan de oír. Y es que, en la parte trasera del vehículo llevaban los restos de una persona que desconocían y a la que habían estado velando durante toda la noche anterior, cuenta Rubén. “Paramos para tomar algo. Nos quedamos helados. Era increíble todo”, rememora Rubén.

La confusión obedeció a un cúmulo de despropósitos tanto del juzgado que levantó el cadáver (custodio último del fallecido) como del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga), que es público, y del tanatorio que incineró los cadáveres y confundió sus nombres.

Rubén era hijo único de José Antonio Alonso, quien fue hallado muerto el 30 de abril de 2019 en su cama por la persona que le cuidaba y limpiaba la casa. El Juzgado de Instrucción 1 de Vigo, ese día de guardia, abrió diligencias para determinar las causas de la muerte, ordenó avisar a los familiares y envió a la forense adscrita al Imelga al lugar del óbito para que indicase si requería autopsia y, en caso contrario, se procediera a la inhumación. Tras ese primer examen, la facultativa observó que José Antonio llevaba varios días muerto, por lo que decidió que se trasladase el cadáver al hospital Nicolás Peña de Vigo para una mejor exploración. Sin embargo, los empleados funerarios lo llevaron al tanatorio Vigo Memorial, sin comunicárselo al juez y en contra de lo indicado por la forense en el parte de defunción.

Ahí se trastocó todo. Rubén fue el 1 de mayo al juzgado para hacerse cargo del cuerpo de su padre e indicar que había encomendado a la funeraria Emorvisa la gestión del entierro. En el juzgado le dijeron que no podía hacerlo hasta que la forense lo autorizase. Posteriormente, Rubén acudió de nuevo al juzgado preguntando por su padre; y, según describe su abogado en la denuncia que ha interpuesto ante el Ministerio de Justicia, sucedió lo siguiente: “Lo primero que le dijeron”, cuenta, “es que ya lo habían incinerado; y más tarde, de palabra, reconocieron que habían perdido el cadáver o estaba en paradero ignorado, ya que no estaba en el hospital Nicolás Peña, y que equivocadamente se lo habían llevado a otro sitio para hacerle la autopsia, aunque no sabían si se la habían hecho (…)”.

En las diligencias judiciales figura un escrito del secretario judicial en el que este indica que el 2 de mayo de 2021, dos días después del hallazgo del cadáver, se recibió en el juzgado una llamada de Emorvisa, la funeraria a la que Rubén encomendó la incineración, alertando de que el cuerpo de José Antonio Alonso no estaba donde el juzgado había indicado y negando que un cadáver que se había incinerado el 1 de mayo fuese el suyo, en contra de lo que se creía. Emorvisa pedía al juez un nuevo oficio, este dirigido al Vigo Memorial, para que le permitiesen sacar de allí el cuerpo y entregarlo al hijo, puesto que no estaba en ningún otro hospital.

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Un ciudadano portugués

“Cuando localizaron a mi padre, me ofrecieron asistir a la incineración, pero me sentía muy mal y no quise ver eso”, señala Rubén. Al final, con todo este desbarajuste, le dieron las cenizas de otra persona. Y se dieron cuenta de la confusión al día siguiente, cuando los familiares del ciudadano portugués se interesaron por él tras conocer el fatal accidente laboral, aunque al llegar estos a Vigo supieron que también había sido incinerado fruto de otra orden judicial.

Al conjunto de errores pudo contribuir también el hecho de que el informe de exploración que hizo el Imelga, en el que finalmente se descartaba efectuar la autopsia porque la muerte obedecía a una “hemorragia digestiva”, llegó al juzgado ocho días después de su elaboración. Y en este informe sí constaba la localización del cuerpo de José Antonio Alonso, que no coincidía con la indicada por la forense tras levantar el cadáver. El portugués también fue incinerado, sin saberlo su familia, en la creencia de que era Alonso.

El Consejo del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces, que ha analizado este caso tras la denuncia del propio Rubén, reconoce en un informe, al que ha tenido acceso EL PAÍS, que “se ha producido un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia” y que Rubén es susceptible de ser indemnizado por el Estado puesto que el juzgado tenía “la obligación de custodiar” el cadáver a su cargo y entregarlo a su familia correctamente identificado. Rubén ha pedido una indemnización de 10.000 euros al Estado por el sufrimiento vivido esos días.

No hay estadísticas, pero son frecuentes los casos de confusiones de cadáveres bajo custodia judicial en los que, tras una denuncia de los afectados, Justicia se ve obligada a indemnizar a los familiares, por fallos en la identidad o por ordenar la inhumación de una persona sin avisar antes a los familiares.

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