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¿Habrá elecciones en Madrid? Las claves del enorme embrollo jurídico por las mociones

Las mociones de censura presentadas por PSOE y Más Madrid ponen en entredicho los comicios autonómicos convocados por Díaz Ayuso

Fernando J. Pérez
Elecciones Madrid
Isabel Díaz Ayuso, en el centro, con parte de sus consejeros, antes de anunciar su decisión de disolver la Asamblea de Madrid este miércoles.ALBERTO ORTEGA (Europa Press)

La política española se ha convertido en una partida de ajedrez ultrarrápida este 10 de marzo tras el anuncio de la moción de censura para desbancar al presidente de Murcia, Fernando López Miras, y la decisión de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, de disolver la Asamblea regional y convocar elecciones anticipadas, en suspenso tras presentar PSOE y Más Madrid sendas mociones de censura. Esto deja un panorama plagado de preguntas. En esta pieza respondemos –o tratamos de responder– a las cuestiones más acuciantes de este Dragon Khan informativo.

¿Habrá elecciones en la Comunidad de Madrid el 4 de mayo? Imposible saberlo en este momento. Tras conocerse la moción de censura de PSOE y Ciudadanos en Murcia, Díaz Ayuso aprovechó la reunión ordinaria del Consejo de Gobierno de los miércoles y sobre el mediodía firmó el decreto de disolución de la Asamblea de Madrid y de convocatoria de las elecciones para el 4 de mayo. Esta maniobra, en condiciones normales, aclararía el tablero. Pero las actuales no son condiciones normales: para evitar una convocatoria electoral que les coge con el pie cambiado, desunidos y sin candidato claro, Más Madrid –partido dirigido por Íñigo Errejón– y el PSOE de Ángel Gabilondo, registraron de manera sorpresiva sendas mociones de censura contra Díaz Ayuso. Esas iniciativas llegaron sobre la una de la tarde, es decir, después del anuncio de Díaz Ayuso.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid impide disolver la Asamblea cuando haya una moción de censura “en tramitación”. Los partidos de izquierda aprovecharon un recoveco de la ley no explorado hasta ahora: el hecho de que el decreto de disolución de la Asamblea no entra en vigor hasta su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cosa que a la hora de registrar las mociones no había ocurrido. PSOE y Más Madrid, con estas mociones de urgencia, derogan de facto la facultad que las leyes otorgan al presidente de la comunidad de disolver anticipadamente la Asamblea, un movimiento de indudables repercusiones políticas y que previsiblemente acabará en los tribunales.

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A primera hora de la tarde, la Mesa de la Asamblea regional, presidida por Ciudadanos y en la que este partido y el PSOE suman cuatro de los siete miembros –el resto corresponden al PP (2) y Vox (1)– admitía las mociones de censura. El órgano parlamentario actuaba así al no estar todavía en vigor la disolución de la Cámara, al no haber sido publicado el decreto en el boletín oficial. La admisión de las mociones deja, al menos de momento, sin efecto la convocatoria electoral de Ayuso.

¿Qué recorrido jurídico tiene este conflicto? Fuentes jurídicas consideran que la decisión de la Mesa de la Asamblea de Madrid de admitir las mociones de censura no cierra el camino a las elecciones el 4 de mayo. Estas fuentes creen que en un eventual recurso ante el Tribunal Constitucional sobre la admisión por la Mesa de las mociones, Ayuso tiene posibilidades de hacer valer su posición, y remiten al artículo 21.2 del Estatuto de Autonomía madrileño. Este precepto establece que la presidenta de la Comunidad “no podrá acordar” la disolución de la Asamblea “cuando se encuentre en tramitación una moción de censura”. Los juristas consultados hacen hincapié en este verbo: “acordar”. Sostienen estas fuentes, que este verbo hace referencia al momento de la firma del decreto, no de su publicación en el boletín oficial. Por tanto, afirman, si Ayuso firmó –acordó– la disolución antes de que se registraran las mociones, el acto sería válido, lo que podría inclinar jurídicamente el debate a su favor.

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¿Se ha producido alguna vez una situación semejante? No. Fuentes jurídicas consultadas señalan que tanto la redacción como el espíritu de la norma es dar a los presidentes de las comunidades la potestad de disolver las asambleas legislativas de sus territorios, y consideran que arrebatarles este poder por la vía de introducir una moción de censura antes de la publicación del decreto de disolución en el boletín oficial podría entrar en el terreno del fraude de ley.

¿Hay una estrategia general de PSOE y Ciudadanos detrás de la moción de Murcia? Aparentemente no. Los dos partidos presentaron su moción de censura contra el gobierno de López Miras de manera aislada, sin intención de extenderla a otros territorios en los que PP y Cs gobiernan en coalición –Castilla y León, Andalucía y, hasta ahora, Madrid–. En el caso de Murcia, ambos partidos alegan, entre otros motivos, la situación creada por el reparto irregular de las vacunas contra el coronavirus, que costó el cargo al anterior consejero de Sanidad regional. El hasta ahora vicepresidente madrileño, Ignacio Aguado, de Ciudadanos, ha acusado abiertamente a Díaz Ayuso de “mentir” al acusarle de estar preparando una moción de censura con los socialistas para desbancarla.

El PSOE ha presentado una moción de censura en Castilla y León ¿Tiene visos de prosperar? En este momento, no, aunque la cuestión del derribo del popular Alfonso Fernández Mañueco está abierta. El PSOE tiene 35 de los 81 escaños de las Cortes regionales y cuenta también con el apoyo de dos parlamentarios de Podemos. Necesitaría cuatro de los 13 procuradores de Ciudadanos, comandados por el actual vicepresidente autonómico, Francisco Igea. En los últimos días ha habido rumores de negociaciones entre el PSOE y el partido de Inés Arrimadas –negadas por esta- para la moción.

¿Qué pasa en Andalucía? En el principal territorio, por población y extensión, gobernado por PP y Ciudadanos, ambos partidos guardan las formas y escenifican su cohesión. El popular Juanma Moreno y el liberal Juan Marín han comparecido esta tarde para confirmar la estabilidad de su Ejecutivo.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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