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La juez declara al Estado propietario del pazo de Meirás y obliga a los Franco a devolverlo

La magistrada Marta Canales estima íntegramente la demanda interpuesta por el Gobierno de Sánchez contra los nietos del dictador

Visitantes en el Pazo de Meirás. Vídeo: ÓSCAR CORRAL / EPV

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por el Estado y lo declara propietario del Pazo de Meirás, por lo que condena a la familia Franco a la devolución del inmueble sin ser indemnizada por los gastos que afirma haber asumido para el mantenimiento durante décadas. En el procedimiento, la Xunta de Galicia, el Ayuntamiento de Sada (donde se encuentra el palacete), el de A Coruña y la Diputación Provincial se personaron secundando a la Abogacía del Estado contra seis nietos del dictador y su sociedad Prístina, SL. La sentencia todavía no es firme y los letrados de los Franco, encabezados por Luis Felipe Utrera-Molina, han anunciado que interpondrán recurso de apelación.

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Fotos: Así es el interior del Pazo de Meiras
In English: Spanish judge tells Franco’s heirs to return summer residence

La magistrada Marta Canales declara en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de “la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma”. El mismo año en que se efectúa la donación, se constituye una Junta Pro Pazo “del caudillo”, formada por prohombres del régimen, en plena Guerra Civil, para comprar y regalar el Pazo de Meirás “al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional”. “Su nombre era Francisco Franco Bahamonde, pero no se le regala a él por sí mismo, sino al jefe del Estado”, argumenta la juez de A Coruña. “Las alegaciones de los demandados en relación a la intención de las vendedoras, que querían que el pazo se regalase a Franco a título personal, no se comparten”, dice la sentencia, donde se concluye que la literalidad de los documentos sobre la compra del pazo y posterior donación “no arroja dudas” y todos se refieren “al caudillo”.

La juez concluye que la compraventa de 24 de mayo de 1941 fue una “simulación”, por lo que es nula. Este título era el que defendían como válido los herederos y por el que Franco, a título particular, logró la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad de Betanzos. Era el único título de compraventa conocido hasta que hace algo más de un año los abogados del Estado en A Coruña localizaron otra acta notarial del 38, la correspondiente a la compra realizada por la Junta Pro Pazo. Con este documento novedoso en la mano, el Gobierno planteó la demanda en julio del año pasado, bajo la tesis de que una propiedad no podía ser vendida dos veces por el mismo propietario original, en este caso los herederos la escritora Emilia Pardo Bazán.

La biblioteca de Emilia Pardo Bazán, la dueña original del pazo, en una imagen del 25 de marzo de 2011
La biblioteca de Emilia Pardo Bazán, la dueña original del pazo, en una imagen del 25 de marzo de 2011CONCHI PAZ
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Cerca de dos meses después de celebrarse el juicio y en una sentencia de 390 folios, Canales no acepta la argumentación de los demandados sobre la compra que realiza Franco en 1941 con la intermediación de su fiel allegado Pedro Barrié de la Maza, dueño del Banco Pastor y de Fenosa y financiero del ejército sublevado. La juez la califica de “ficción” llevada a cabo “con el solo objeto de poner el bien a su nombre”. El Estado planteó esta duplicidad de escrituras como un “fraude” y tachaba el precio pactado en 1941 de “irrisorio”. Según el acta de aquella fecha, rubricada ante el notario Luis Sierra Bermejo, la propiedad solo costaría 85.000 pesetas, casi la quinta parte de la cantidad que figuraba en la escritura de 1938, 406.346.

“Ninguna operación subyace entre las partes que se disimule a los efectos que defienden los demandados. El Pazo de Meirás se había entregado a la Junta Pro Pazo del caudillo en la primavera de 1938, comprado en escritura pública por la Junta el 5 de agosto de 1938 y la Junta Pro Pazo hizo entrega formal al caudillo el 5 de diciembre de 1938. El 24 de mayo de 1941 no se entrega a Franco el pazo y Franco nada paga”, resuelve tajante la magistrada en su fallo. “La vendedora ya había vendido. La reservista [Manuela Esteban Collantes y Sandoval, como madre del nieto de Pardo Bazán] ya había renunciado a su derecho. Franco nada compra”, insiste.

Propiedad incorporada de “mala fe”

Sobre la liquidación del estado posesorio, es decir, la restitución de los gastos en los que podría haber incurrido la familia mientras fue titular del inmueble, la magistrada entiende que no es posible, porque la propiedad fue incorporada al patrimonio de la familia Franco “de mala fe”. Esa “mala fe” se materializa “cuando, tras aceptar el caudillo la donación del pazo de Meirás, en su calidad de jefe del Estado, otorga una escritura pública el 24 de mayo de 1941 con la sola finalidad de inscribir este bien a su nombre en el Registro, sin mediar precio alguno”, vuelve la juez sobre la misma idea.

Marta Canales recuerda además que el Estado asumió todos los gastos de la residencia estival, que fue mantenida y administrada como residencia oficial del jefe de Estado: “El pazo de Meirás se gestionaba de forma idéntica al palacio de El Pardo”, equipara en su resolución. Los nietos del dictador (Carmen, Jaime, Arancha, Cristóbal, María del Mar y María de la O Martínez-Bordiú) blandieron en el juicio una serie de gastos asumidos entre finales del siglo XX y principios del XXI, cuando su madre, Carmen Franco Polo, decidió rehabilitar parcialmente la mansión ubicada en el municipio coruñés de Sada, que había sufrido graves daños en un incendio en 1978. Sin embargo, en las sesiones celebradas en A Coruña no se concretó la cifra gastada en las obras. La demanda del Estado también se formulaba contra los “ignorados herederos de doña Manuela Esteban Collantes”, la nuera de Pardo Bazán que supuestamente se prestó a revender la propiedad que ya no poseía en 1941, pero estos fueron declarados en rebeldía procesal.

Acerca del momento en el que se presenta la demanda (en julio de 2019, por el Gobierno de Pedro Sánchez y justo cuando se mantenía el pulso con los nietos del generalísimo por su exhumación del Valle de los Caídos), que los letrados de la familia Franco tachaban de retraso desleal, la magistrada también se alinea con el Estado. “La posibilidad de articular la demanda nace de un importante estudio histórico y de un consenso social, logrado tras muchos años”, explica, algo que “responde a una madurez de nuestro sistema democrático”. En todo este tiempo, destaca Canales, el Estado “nunca renunció a sus derechos” y ahora al fin ha demostrado “la nulidad del título de compraventa esgrimido por los demandados” y ha “acreditado de forma contundente la posesión pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueño”. En su extensa sentencia, la titular del juzgado de Primera Instancia número 1 enumera un buen número de acciones y pronunciamientos ciudadanos y políticos para la devolución del pazo y recuerda que los movimientos reivindicativos comenzaron en 1977, en plena Transición.

Al entender que la propiedad del pazo corresponde al Estado, la juez declara también nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se hicieron con el inmueble, lo mismo que la donación de las fincas que se recoge en un acta notarial de noviembre de 1982. La magistrada obliga a los Franco a pagar las costas de la Abogacía del Estado, no obstante, los letrados de los Franco han decidido aprovechar el plazo de 20 días que se les otorga para recurrir ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Despacho de Francisco Franco, situado en la primera planta del edificio, el 25 de marzo de 2011.
Despacho de Francisco Franco, situado en la primera planta del edificio, el 25 de marzo de 2011. CONCHI PAZ

Guardias civiles hasta 1990

Para la juez, durante el juicio “el Estado probó que las obras de mantenimiento de Meirás se ejecutaron a cargo de la Comandancia de Fortificaciones y Obras de la 8ª Región Militar del Ministerio del Ejército, en coordinación con la Casa Civil y Militar”. Durante “más de 30 años”, abunda el fallo judicial, “son innumerables las actuaciones ejecutadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”, inversiones “no solo encaminadas a garantizar la seguridad del Jefe del Estado y del inmueble (construcción y reformas en el acuartelamiento), sino dirigidas a la propia conservación, ornato y mejora del Pazo, sus dependencias y jardines”.

Desde 1938 a 1975 “el Pazo de Meirás se convierte en la residencia oficial estival del Jefe del Estado, sede de celebración de los Consejos de Ministros desde 1946 a 1975, de actos y reuniones oficiales y de oficinas del aparato estatal”, prosigue Marta Canales. “Los gastos ordinarios del Pazo eran asumidos por la Casa Civil”, explica, “en la contabilidad de ésta se recogían mensualmente partidas para la residencia de verano”. De igual forma, en los documentos ya desclasificados “constan los pagos realizados por la Casa Civil en concepto de salarios y seguros sociales del ’personal obrero’ del pazo de Meirás”, y también el abono continuo de “gastos de cocina y de facturas de panadería, carnicería, leche, huevos, fruta y hortalizas, establecimientos de ultramarinos, etcétera”. “Todos los productos precisos para el pazo se adquirían a través del Servicio de Intendencia de la Casa Civil (comida, bebida, menaje)”, detalla la magistrada, y este organismo asumía además “los costes de servicios como el teléfono y las reparaciones”. “De la adquisición de tabaco y alimentos al portador se encargaba el Gobernador Civil de A Coruña”, recoge la sentencia, “después de ser requerido al efecto por el Inspector de Servicios, abonando a continuación la Casa Civil el importe correspondiente”.

“La presencia administrativa en el pazo era evidente”, describe la juez: “albergaba oficinas permanentes de la Casa Civil y Militar, fundamentalmente, en la antigua Granja de Meirás (que se reforma para dicha finalidad, pasando a denominarse Pabellón de Servicios) y en la Casa del Guarda”. Allí dentro, continúa, “todo el personal que prestaba servicios pertenecía a la Casa Civil y Militar” y “se desplazaba desde el Palacio del Pardo”. La Casa Militar “se encargaba de la seguridad” y “decidía qué cuerpos armados y qué número de efectivos eran necesarios, incluidas las tropas marroquíes hasta 1957″. Este departamento también se responsabilizaba de la gestión de infraestructuras relacionadas con la seguridad, “como el acuartelamiento, la red de garitas o la iluminación interior o exterior para la vigilancia”. Incluso las obras de ampliación y mejora de la carretera se llevaron a cabo para dar servicio a la mansión que disfrutaban Francisco Franco, su esposa, Carmen Polo, y su hija, Carmen Franco.

Existía intramuros una figura conocida como los “guardias hortelanos”, encargados de los trabajos en la explotación agropecuaria que funcionaba dentro del recinto del pazo y cuyos rendimientos, según defendió en el juicio el abogado de los nietos, se embolsaba el propio dictador. Los guardias hortelanos, miembros seleccionados entre la Guardia Civil, continuaron viviendo y trabajando allí tras el fallecimiento de Francisco Franco hasta marzo de 1990.

Las promesas a Galicia del “fundador del Nuevo Imperio”

La juez también estudia al detalle el pergamino entregado a Franco en 1938, en el acto oficial de la donación. En este documento misteriosamente desaparecido en 2006 del archivo de la Diputación de A Coruña, se dice que se entrega el bien inmueble al “Fundador del Nuevo imperio, Jefe del Estado, Generalísimo de los Ejércitos y Caudillo de España, Francisco Franco Bahamonde”. La magistrada hace hincapié en los títulos citados y concluye que Meirás no fue entregado a título personal. “¿Cómo se puede sostener que se trató de un regalo a Franco?”, se pregunta. “No, fue un regalo al caudillo. Desde la génesis misma de esta idea hasta el acto de entrega el 5 de diciembre de 1938, todos los pasos realizados lo demuestran”.

En contrapartida, en el mismo acto, Franco hizo una serie de promesas a la tierra en la que se había llevado a cabo la cuestación popular forzosa para pagar el pazo. “Acepto gustoso”, decía el dictador, “exclusivamente por tratarse de un obsequio de mis paisanos”. “Galicia, por su fecundidad, ha sido la región que más ha tenido que dar en este Movimiento”, proseguía su discurso. “Ahora, señores, hay que estudiar la manera de compensar esos sacrificios, es decir, hay que estudiar aquellas obras o planes que sea necesario ejecutar en las cuatro provincias gallegas. En otras provincias que no son de esta región hay que preocuparse de llevarles el agua para resolver sus problemas. Aquí en Galicia, como no existe tal preocupación, hay que pensar en cambio en otro tipo de obras”.

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