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Verdades y mentiras sobre la pensión de Pablo Iglesias

El exvicepresidente cobrará una remuneración, pero no será vitalicia

Patricia R. Blanco
Pablo Iglesias anuncia su retirada de la política, el pasado martes.
Pablo Iglesias anuncia su retirada de la política, el pasado martes.SERGIO R. MORENO (GTRES)

Pablo Iglesias, que el pasado martes anunció que dejaba todos sus cargos institucionales en la política tras los resultados que obtuvo como candidato de Unidas Podemos en las elecciones madrileñas, no cobrará una pensión vitalicia por haber sido ministro del Gobierno o diputado, contrariamente a los mensajes que en los últimos días están circulando en las redes sociales. “Renuncia a la política después de ver su aplastante derrota no sin antes quedarse con una pensión vitalicia” o “Se lleva una pensión vitalicia de más de 5.000 y pico euros al mes”, son solo dos ejemplos que muestran las falsas acusaciones de que percibirá un salario de por vida por haber ejercido un cargo de responsabilidad pública.

No obstante, el debate sobre la compensación que cobrará el exlíder de Podemos va más allá de su duración en el tiempo y cuestiona el mero hecho de recibir remuneración alguna una vez que finaliza “la designación en el cargo”, una práctica que prohíbe expresamente el código ético de su partido. Estos son los hechos sobre la pensión que ingresará Iglesias:

No es vitalicia

Los exvicepresidentes y exministros sí pueden solicitar una paga mensual compensatoria, tras abandonar su cargo, pero, en ningún caso, tendrá carácter vitalicio. Según el artículo 10 de la Ley 74/1980, “tendrán derecho a percibir, a partir del mes siguiente en que se produzca el cese, y durante un plazo igual al que hubieran desempeñado el cargo, una pensión indemnizatoria mensual igual a la dozava parte del ochenta por ciento del total”, por un máximo de 24 mensualidades. Esta pensión es “incompatible con las retribuciones que pudieran corresponderle” por desempeñar otro cargo público.

¿Cuánto cobrará?

Pablo Iglesias reconoció públicamente, durante una entrevista en RTVE el pasado 30 de abril, que había solicitado la pensión compensatoria. Tiene derecho a percibirla ya que no fungirá como diputado de la Asamblea de Madrid, tal y como ha adelantado y, por el momento, no desempeña ningún otro trabajo en el sector privado que le aporte una remuneración. El salario de vicepresidente fijado para 2021 es de 79.746,24 euros brutos anuales (77.991,72 euros, según los presupuestos de 2018, más una subida fijada en enero de 1.754,52 euros). Por lo tanto, de acuerdo con la ley, le corresponden 5.316,42 euros mensuales durante un periodo igual al tiempo en el que ejerció como vicepresidente, en concreto, entre el 13 de enero de 2020 y el 31 de marzo de 2021, es decir, un año, dos meses y 18 días. Todo ello, siempre y cuando no tenga otra retribución procedente de la actividad pública o privada.

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¿Le corresponde alguna pensión por haber sido diputado?

No. Según el reglamento de las pensiones parlamentarias, los diputados o senadores que hayan ocupado este cargo durante un tiempo superior a dos años tendrán derecho a una indemnización equivalente a “una mensualidad por cada año de mandato parlamentario” hasta un máximo de 24. Esta indemnización es “incompatible con la percepción de cualquier retribución, sueldo, salario, pensión, dieta, indemnización o percepción de cualquier naturaleza, sea de carácter público o privado”. Por lo tanto, Iglesias no puede recibir al mismo tiempo dos indemnizaciones.

¿Qué dice el código ético de Podemos?

Durante una entrevista en RTVE, el 9 de abril, Iglesias justificó la percepción de su indemnización. “Hay algunos que piensan que nosotros no tenemos derecho a lo mismo que el resto que ha estado antes en posiciones de Gobierno”, dijo. Sin embargo, el código ético de su partido, que se puede consultar en su página web, establece “la obligación de no percibir ninguna remuneración ni cesantías de ningún tipo una vez finalizada su designación en el cargo”. Según el documento, “quienes con anterioridad al cargo fueran titulares de un empleo público retomarán con carácter definitivo el último puesto del que fueran titulares definitivos u otro puesto equivalente en términos de salario, dedicación, área de actividad y localidad”. Si no tenían un empleo público, “cobrarán la prestación por desempleo que les corresponda”.

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Sobre la firma

Patricia R. Blanco
Periodista de EL PAÍS desde 2007, trabaja en la sección de Internacional. Está especializada en desinformación y en mundo árabe y musulmán. Es licenciada en Periodismo con Premio Extraordinario de Licenciatura y máster en Relaciones Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid.

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