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El Supremo estima un recurso del fiscal y eleva en un día la pena a un 'narco' condenado a seis años

La Audiencia de Pontevedra impuso en 2007 una pena de nueve años, que fue rebajada en aplicación de la reforma del Código Penal de 2010

La Sala Pena del Tribunal Supremo ha elevado la pena en un día la pena de seis años de prisión impuesta a un narcotraficante, en estimación de un recurso del fiscal que pedía que se le impusiera el día que le faltaba.

La Audiencia de Pontevedra impuso en 2007 una pena de nueve años de cárcel a Joao A. V. por tráfico de drogas, pero en aplicación de la reforma del Código Penal aprobada el 22 de junio de 2010, revisó la condena y la redujo a seis años el pasado mes de noviembre.

El fiscal recurrió por entender que la pena correspondiente era de seis años y un día, y no de seis años, pero la Audiencia lo desestimó. En consecuencia, recurrió en casación al Tribunal Supremo.

Seis meses después, cinco magistrados del alto tribunal se han reunido y han dictado una sentencia de diez folios en la que dan la razón al fiscal, y le imponen al narcotraficante el día que le faltaba. La sentencia explica que al narco se le impuso la pena mínima de nueve años de prisión correspondiente al delito de tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia. Al revisar la sentencia, la Audiencia mantuvo el criterio del mínimo legal y le dejó la condena en seis años.

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Pero el puntilloso fiscal recurrió porque, según el artículo 70.1 del Código Penal, "el límite mínimo le de la pena superior en grado será el máximo de la pena señalada por la ley para el delito de que se trate, incrementado en un día". De manera que faltaba el incremento de un día y, como dice el Supremo, el límite máximo de una pena no puede coincidir con el límite mínimo de la superior en grado, por lo que, en definitiva, fija en seis años y un día la pena revisada.

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