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‘Secuestrados’ por el banco: por qué algunas cláusulas para lograr una hipoteca no son legales

Cada vez más tribunales dan la razón a personas que, asesoradas por sus bancos, suscribieron hipotecas ligadas a seguros que eran más caros que la media del mercado o escondían obligaciones perjudiciales

Construcción de viviendas en España.
Construcción de viviendas en España.machirito (Getty Images) (Getty Images/iStockphoto)

Se venden como gangas pero esconden pufos. Gota a gota, cada vez más tribunales dan la razón a personas que, asesoradas por sus bancos, suscribieron hipotecas ligadas a seguros que eran más caros que la media del mercado o escondían cláusulas perjudiciales. En Zaragoza, un juez ha estimado la demanda de una mujer que contrató un préstamo encadenado a un seguro de vida, comercializado por la propia entidad como condición insalvable para acceder al crédito. La justicia ha concluido que la negociación de la póliza no fue transparente y perjudicaba excesivamente a la usuaria: por una financiación de 50.000 euros la clienta pagó 10.000 de seguro. Una cantidad que el propio banco financió y por la que cobró intereses.

Ahora, la prestataria ha conseguido la nulidad del acuerdo y recuperará 8.000 euros. Y no es la única que ha logrado una victoria judicial así. En Jaca (Huesca), dos hipotecados han ganado un reintegro de 5.000 euros tras la anulación judicial de los seguros vinculados a sus hipotecas; en Pamplona, la familia de un hombre fallecido ha conseguido por la vía judicial que la banca le devuelva 10.000 euros en otro caso similar.

Es solo la punta del iceberg, advierten los expertos. “El aluvión de reclamaciones que hemos vivido con productos bancarios lo tendremos en breve en el sector asegurador”, pronosticó hace unos meses Pablo Franquet, socio de Fieldfisher y colaborador de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), donde estiman que el 70% de los seguros ofertados por bancos y firmados antes de 2019 pueden ser abusivos. “Con el goteo de fallos y su difusión en prensa, la gente se está dando cuenta de que puede reclamar por los seguros que le endosaron sus bancos”, corrobora Julia Zaera, abogada de Arriaga Asociados, el despacho que ganó el caso de Zaragoza.

Información sesgada

No existen datos sobre cuántas reclamaciones judiciales existen por este tipo de contratos, que abarcan desde seguros de incendio hasta seguros de vida, de aseguramiento de pago, de coche o de salud. Si bien, el Consejo General del Colegio de Mediadores tiene en el radar más de un centenar de demandas en curso en al menos 11 provincias. La llegada de un inminente pronunciamiento del Tribunal Supremo puede suponer un espaldarazo para que los clientes se animen a reclamar.

Pero ¿en qué consiste esta triquiñuela? Como un producto comercial cualquiera, los bancos pueden exigir la contratación de un seguro como requisito para conceder una hipoteca. Lo que la ley prohíbe, y lo hace de forma expresa desde 2019, es que la banca condicione la concesión de la hipoteca al seguro que ofrece la entidad bancaria. O en otras palabras, que el consumidor se vea en un ultimátum: o mi seguro o nada, y se le cierre la puerta al mercado libre.

“El banco te puede requerir firmar un seguro, pero el consumidor es libre de firmarlo con la aseguradora que elija y así cumplir con el requisito. Si la entidad vincula la hipoteca a la firma de un contrato en concreto, puede existir abuso”, explica Belen Campos, socia fundadora de la firma de abogados Ponter.

Para evitar malentendidos, los tribunales vigilan con lupa que las conversaciones entre comerciales y usuarios sean honestas. En los últimos años, lo común es que los bancos vendan packs de hipoteca más seguro, con el cebo de conseguir un tipo de interés más bajo. Se trata de una práctica legal donde el usuario es libre de elegir si prefiere una hipoteca bonificada (con seguro) o no (sin él).

Sin embargo, es una jugada que puede llevar a engaño y crear una “falsa ilusión de ahorro”, advierte la Organización de Consumidores y Usuarios. Por ejemplo, al consumidor le pueden ocultar que, con el paso de los años, la póliza será cada vez más cara. No hay que olvidar que, una vez seducidos por una hipoteca que les encaja, el seguro del banco se plantea como la mejor opción para un tercio de los usuarios, según una encuesta de la OCU. Pero es la propia organización la que advierte que, con estos paquetes, “en realidad, lo que ahorras por un lado lo pierdes por otro, pagando una póliza cara y no tan buena como otras”.

Además, las pólizas que ofertan los bancos —o sus entidades vinculadas— son, por lo general, más caras. Javier Barberá, presidente del Consejo General del Consejo General de Mediadores de Seguros, recuerda que “la prima media de una póliza contratada en una entidad es un 79% superior al de las aseguradoras”.

El caso de la prestataria de Zaragoza ejemplifica uno de los abusos más comunes: la prima única financiada. “Es uno de los productos que más reclamaciones está provocando”, atestigua la abogada Julia Zaera. Son acuerdos donde se paga por adelantado 5, 10 o 15 años de la cobertura de la póliza. Con ello, el banco consigue un doble beneficio: por un lado, vende un producto y cobra por ello, y por otro, financia la prima dentro de la hipoteca, lo que se traduce en un sobreendeudamiento.

Un ejemplo que trae a colación Carlos Lluch, corredor de seguros, ilustra bien la paradoja detrás de este tipo de acuerdos: “Dos gemelos contratan un seguro de vida, uno lo paga a plazos y el otro desembolsa 15.000 euros de golpe por 20 años de cobertura. Si en el tercer año ambos mueren en un accidente de coche, un hermano habrá pagado 700 euros por el seguro, pero el otro 15.000″. Y, sin embargo, los dos clientes recibieron la misma cobertura.

Justicia lenta

Los usuarios que sospechen que han sido engañados con el seguro de su hipoteca deben tener paciencia. Al tratarse de abusos bancarios, estos conflictos acaban en juzgados mercantiles especializados, saturados por el tsunami de reclamaciones que llegan por las cláusulas suelo. “Una reclamación de este tipo puede resolverse en doce meses en cualquier comunidad autónoma, pero en Barcelona y Madrid el asunto puede dilatarse hasta cuatro, cinco o seis años”, subrayan profesionales de Fuster-Fabra Abogados. No obstante, animan a los consumidores a reclamar. “En este tipo de pleitos, las reglas del juego cambian, la carga de la prueba se invierte de forma que son los bancos los que tienen que demostrar que proporcionaron una información adecuada”. 


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