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Anticorrupción pide archivar la causa contra el Santander y el HSBC por la ‘lista Falciani’

La Fiscalía admite “dificultades técnicas” para actuar penalmente contras sus directivos pese a las “graves irregularidades” detectadas

Óscar López-Fonseca
Vista de la fachada de la sede del HSBC en Dusseldorf (Alemania).
Vista de la fachada de la sede del HSBC en Dusseldorf (Alemania).DPA vía Europa Press (Europa Press)

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un informe en la Audiencia Nacional en el que pide archivar la causa abierta contra directivos y exdirectivos del Banco Santander y el BNP Paribas en el caso Falciani pese a “las numerosas evidencias” detectadas durante la investigación de la supuesta colaboración de ambas entidades en el blanqueo de capitales y evasión de fondos de decenas de clientes del HSBC Suiza residentes en España. La Fiscalía considera que hay “evidentes dificultades técnicas” para sostener ante un tribunal una acusación con garantías de que se traduzca en condena. Entre los motivos que cita, “la ausencia en el momento actual de jurisprudencia del Tribunal Supremo o Constitucional sobre la cuestión”. El Juzgado Central de Instrucción 5, que instruye la causa, debe pronunciarse sobre la petición.

En el escrito, la Fiscalía destaca que los informes elaborados por los peritos del Banco de España a partir de la documentación incorporada a la causa “han puesto de manifiesto graves irregularidades” que demuestran un “claro incumplimiento” de la normativa de prevención de blanqueo por parte de las dos entidades españolas. “La operativa por la que la entidad HSBC Private Bank Suisse proporcionaba a los contribuyentes españoles los mecanismos para ocultar sus fondos al erario público español (entre otros hechos delictivos), se extendía al aprovechamiento y repatriación de los mismos, contando con la necesaria actuación de su entidad corresponsal en España, Banco Santander SA y Santander Investment, y de BNP Paribas Securities Services, que prestaron su apoyo en operaciones puntuales”, recalca el informe.

Anticorrupción destaca que, en su actuación, Santander y BNP Paribas no valoraron en ningún momento el alto riesgo que representaba el HSBC, pese a que esta ya había sido sancionado en España por el caso Gescartera -la agencia de valores que en 2001 dejó un agujero de 89 millones de euros y 1.800 afectados- y el caso Falciani, en los que se puso de manifiesto que el banco helvético ofrecía a sus clientes una “estructura para ocultar sus patrimonios al erario público”. El escrito también destaca que las dos entidades también hicieron caso omiso del pronunciamiento de tribunales de Francia y Bélgica que condenaron al HSBC Private Bank Suisse como persona jurídica, o a dos fallos de las justicias de EE UU y Reino Unido a otras entidades del grupo bancario que lo vincularon con el blanqueo de capitales para un cartel de la droga de México o la manipulación de los tipos de cambio, respectivamente.

El informe destaca que, pese a ello, el Santander clasificó hasta 2009 en sus expedientes al HSBC Private Bank Suisse como de “riesgo bajo”. Y que en 2010, cuando ya había estallado el escándalo Falciani, la mantuvo al sustituir la valoración de la entidad suiza por la de su matriz. La situación se mantuvo hasta el expediente de diciembre de 2015, cuando “calificó a todo el grupo, incluida la filial suiza, como riesgo medio”. Todo ello permitió entre 2005 y 2010 el Santander permitiera numerosas transferencias de clientes españoles del HSBC a través de “los mensajes MT202  que no identificaban al ordenante ni al beneficiario, puesto que la única información que incorporaban se refiere a los fondos transferidos y a la entidad bancaria final depositaria”. De esta manera, entre 2005 y 2008  se hicieron “1.070 transferencias por importe de 73.957.603 euros, de los cuales 13.549.299 provienen de cuentas de denunciados en el caso Falciani”, recalca el escrito.

En el caso del BNP, el escrito de fiscalía destaca que, en los dos expedientes analizados tampoco se encontró ninguna valoración de riesgo de HSBC Private Bank Suisse ni de su matriz, ni tampoco mención expresa a los casos Gescartera o Falciani. En este sentido, Anticorrupción destaca que en julio de 2014, la calificación que la entidad española otorgó al banco suizo una calificación de riesgo 0, en una escala que va de 0 a 30. “Es decir, sin riesgo en absoluto”, critica.

Por todo ello, Anticorrupción concluye que la actuación del Santander y el BNP Paribas “podrían quedar incardinadas en el delito continuado de blanqueo de capitales […] pues la operativa de las dos entidades bancarias aquí analizas ha contribuido al aprovecha y ocultación de producto de hechos constitutivos de delitos”. Sin embargo, admite que la falta de pruebas directas que acrediten los hechos convierten en insuficientes “las numerosas evidencias afloradas” y, por tanto, dudan que de seguir adelante con la investigación se pudiera llegar a una condena de los presuntos implicados. Por ello, pide el sobreseimiento provisional, aunque pide que se remita todo lo actuado tanto a la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales y a la CNMV “para depurar las responsabilidades que en su caso procedan en su ámbito de competencia, o la activación de los mecanismos de control oportunos a la vista de los hechos descritos”.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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