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Un proyecto deSantander
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¿Cuándo hay que preocuparse por la jubilación?

Al abordar el fin de la vida laboral, la duda más frecuente es saber cuándo hay que contratar un producto financiero para asegurar el futuro. Y, aunque hay tantas respuestas como perfiles socioeconómicos, los expertos coinciden en que, cuanto antes, mejor.

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Los planes de pensiones se han convertido en un apoyo cuando llega la edad de jubilación, pero no son los únicos. Los denominados planes de previsión asegurados (PPA) resultan otra modalidad, no tan conocida, que persiguen objetivos similares. Las entidades financieras, como el Banco Santander, ofrecen este tipo de opciones para los que quieren asumir pocos riesgos cuando termina su etapa laboral.

A la hora de firmar estos productos, una práctica habitual en no pocos casos, según los expertos, es abrir un plan de pensiones o uno de previsión asegurado que luego languidece con el tiempo ante la ausencia de aportaciones. En este sentido, una vez tomada la decisión, los especialistas destacan que las contribuciones a ese fondo para la jubilación deben ser constantes. En términos atléticos, no es una carrera de velocidad, sino una maratón. Más vale nutrir ese fondo con pequeñas aportaciones, pero constantes, que hacerlas más grandes sin periodicidad fija.

Comenzar a ahorrar con la mayor anticipación posible cobra su mayor importancia si tenemos en cuenta que, a día de hoy, no se ha llegado a un consenso sobre la reforma del sistema público de pensiones. El Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la popularmente llamada “hucha de las pensiones” fue creada hace 19 años para garantizar el futuro sistema público. Su dotación alcanzó un máximo de casi 67.000 millones de euros en 2011. A finales de 2018, esa hucha contaba solo con 5.000 millones, ya que la ley prevé que, en caso de crisis, los gobiernos puedan echar mano de esos fondos.

Qué producto elegir

Cuando se decide asegurar la jubilación, toca elegir el producto financiero que mejor se ajuste a las necesidades de cada persona. A diferencia de los de pensiones, los planes de previsión asegurados se suscriben ante una compañía aseguradora, a modo de póliza, que entrega al tomador una cantidad de dinero, en forma de capital e interés pactado, en la fecha establecida. Además, garantizan una rentabilidad en función del tipo de interés suscrito y el tomador recupera, al menos, el dinero invertido (en los de pensiones esto no se garantiza). De ahí que se encuentren en el nivel 1, el más bajo en la escala de riesgo, y sean ideales para perfiles conservadores.

Como en los planes de pensiones, los PPA cubren contingencias como incapacidad, dependencia o fallecimiento, y pueden rescatarse en situaciones excepcionales: enfermedad grave, desempleo de larga duración o cuando hayan transcurrido 10 años. Otra similitud con el plan de pensiones es el tratamiento fiscal. El plan de previsión asegurado permite desgravar gracias a que las aportaciones reducen la base imponible del IRPF, hasta un límite de 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Los planes del Banco Santander

El Banco Santander cuenta en su cartera con dos planes de previsión asegurados: el Plan Futuro PPA y el Plan Ahora PPA. El primero exige una aportación mínima de 30 euros al mes que puede ser mensual, trimestral, semestral o anual. Pueden hacerse, además, aportaciones extraordinarias si son aprobadas por Santander Seguros. El tipo de interés garantizado de este producto es del 0,25% con carácter invariable durante toda la póliza. Sin embargo, cada seis meses la aseguradora ofrece un tipo de interés mejorado, aplicable a dos horquillas de edades. En concreto, remunera con el 1,10% a los tomadores entre los 18 y 45 años, y con el 0,45% a quienes tengan entre 46 y 55. Entre los 56 y los 65 años, el tipo de interés sigue siendo del 0,25%.

En el segundo, el Plan Ahora PPA, el tomador de la póliza diseña la propia renta que recibirá en su jubilación, eligiendo también la periodicidad. Es lo que se denomina renta flexible. El resto de sus ahorros se revalorizarán a un tipo garantizado del 50% del bono de referencia de la deuda española a dos años, fijado cada 15 de diciembre, con el mínimo del 0,10% neto. Es decir, se cobra la renta flexible pero, si el tomador lo decide, también podría rescatar el resto de los ahorros. La aportación mínima es de 60 euros al mes. En caso de fallecimiento, el beneficiario recibiría el valor acumulado del plan más un 1% adicional. El fin del cobro de la renta flexible se producirá cuando el saldo acumulado del producto sea de 0 euros.

Otras alternativas para el ahorro

Existen otras herramientas de ahorro similares a los planes de previsión asegurados: los seguros de ahorro. Sus dos grandes características son, por una parte, la mencionada garantía de rentabilidad; por la otra, su gran variedad. En estos productos, por ejemplo, el dinero invertido más la rentabilidad garantizada se cobrarán en un solo pago en una fecha determinada, que no tiene por qué coincidir con la jubilación. Según la patronal aseguradora Unespa, “los hay sin participación en beneficios (garantizan la devolución del capital invertido más una rentabilidad garantizada) o con participación en beneficios (garantizan esta devolución más una rentabilidad fija mínima y una variable que dependerá de la evolución de determinadas inversiones).

Existen asimismo las rentas temporales y vitalicias: son también seguros con rentabilidad garantizada, “si bien en este caso se cobran en forma de renta, bien sea temporal (se cobra durante un período determinado) o vitalicia (mientras viva el asegurado). Según Unespa, “existen incentivos fiscales muy beneficiosos vinculados a que las personas de 65 años o más reinviertan el dinero obtenido por la venta de algún bien de su patrimonio en una renta vitalicia, que percibirán mes a mes hasta que fallezcan”.

Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) son seguros de ahorro “en los que la rentabilidad queda exenta de pagar impuestos si se mantienen durante más de cinco años y se perciben en forma de renta vitalicia. Finalmente, destacan los seguros individuales de ahorro a largo plazo (SIALP), como en el caso anterior, quedan exentos del pago de impuestos si se mantienen durante más de cinco años, pero en este caso se cobran en forma de capital, no de renta vitalicia. Según la patronal aseguradora, “tienen que garantizar que a la finalización del producto al menos se recuperará el 85% del dinero invertido, aunque hay modalidades que pueden garantizar más. Se puede disponer del dinero antes de los cinco años, pero en ese caso se pierde la ventaja fiscal asociada al mismo”.

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