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La competencia en el sector lácteo

La Audiencia Nacional anula por defecto de forma las multas de 88 millones al ‘cártel de la leche’

El tribunal obliga a repetir las actuaciones de la CNMC sobre 11 grandes empresas lácteas

Fernando J. Pérez
Un hombre trabaja en una explotación ganadera en Girona.
Un hombre trabaja en una explotación ganadera en Girona.Toni Ferragut

La Audiencia Nacional ha anulado este martes, por defecto de forma, la sanción de 88 millones de euros que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia impuso en febrero de 2015 a 11 empresas lácteas –entre ellas las principales del país– por supuestamente repartirse el mercado de leche cruda de vaca en el año 2013. La Sección Sexta de lo Contencioso-Administrativo no entra a valorar el fondo del asunto –esto es, si las compañías lácteas operaron o no como un cártel– y obliga a la Comisión a reiniciar el expediente para corregir los errores de forma detectados. De este modo, la repetición de las actuaciones podría derivar otra vez en una sanción a las empresas o en una resolución de archivo.

En su sentencia, la Audiencia Nacional aplica a las 11 compañías lácteas una sentencia del Tribunal Supremo del pasado julio. En aquel fallo, el alto tribunal estimaba una demanda de Nestlé y anulaba la decisión de Competencia de abril de 2014 de ampliar el pliego de concreción de hechos sobre la investigación del cártel lácteo, que dio lugar a la sanción administrativa de febrero de 2015 contra las 11 empresas. La Audiencia Nacional entiende que todos los actos administrativos que derivaran de aquella decisión anulada de 2014 carecen de validez, y afectan no solo a Nestlé, sino al resto de compañías sancionadas, entre las que se encuentran, entre otras, Puleva, Pascual, Celta, Feiraco o la Corporación Alimentaria Peñasanta, matriz de la Central Lechera Asturiana.

“Un defecto formal por irregularidad en el procedimiento no puede existir solo para unos”, señala la sentencia. La Audiencia obliga a la CNMC a “retrotraer” las actuaciones al 24 de abril de 2014, momento anterior a la resolución que ampliaba irregularmente el pliego de concreción de hechos que motivó la sanción. De este modo, señala la resolución judicial, “podrá proseguirse el procedimiento por sus propios cauces”, y este “podrá culminar bien con una resolución sancionadora, o bien con una resolución de archivo”. La decisión de una sanción a las empresas lácteas por supuestamente repartirse el mercado y fijar el precio de la leche cruda –en perjuicio de los ganaderos- dependerá de si, una vez repetidas las actuaciones, se encuentran pruebas en ese sentido.

Las actuaciones se iniciaron en marzo de 2011 a raíz de un informe del Servicio para la Defensa de la Competencia de Castilla y León, que puso de manifiesto una serie de conductas irregulares en el mercado lácteo de esa comunidad. A ese informe se unió posteriormente una denuncia del sindicato agrario gallego Unions Agrarias-UPA contra las empresas transformadoras de leche y las distribuidoras. En esa queja se hacía mención a la dificultad de los pequeños ganaderos para encontrar empresas alternativas a las que entregar la leche de sus animales.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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