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¿Por qué no ha bajado el IVA de los ebooks?

La ley de presupuestos trae una rebaja del IVA cultural en el cine, pero ¿qué hay de los libros electrónicos? Los lectores digitales tienen que seguir pagando un 21% mientras que el mismo libro en papel tributa al 4%.

Una joven lee un libro electrónico junto a varios libros en papel.
Una joven lee un libro electrónico junto a varios libros en papel.PACO PUENTES

El libro electrónico sufre un trato discriminatorio respecto de su equivalente en papel. En nuestro país, el IVA que grava los ebooks es el 21% mientras que los libros en formato físico gozan de un tipo reducido del 4%. En un mundo cada vez más digitalizado, en el que los lectores consumen cada vez más libros en formato electrónico (del 11,7% de 2012 al 27,2% en 2017, según el Barómetro de hábitos de lectura y compra de libros publicado por el Ministerio de Cultura en mayo), la bajada de IVA para equiparar el trato fiscal en ambos casos es una cuestión clave para apoyar la cultura.

En España, los libros digitales, incluidos en la edición electrónica, muestran un incremento progresivo desde su aparición en el mercado. En el último avance de panorámica de la edición española de libros de 2017, el libro digital experimentó un incremento del 16,4%, con un total de 27.546 ISBN.

Antonio María Ávila, secretario de la Federación de Gremio de Editores de España (FGEE), explica que en nuestro país existe unanimidad al respecto de la bajada del impuesto en los ebooks. La experiencia del sector, explica Ávila, es que cuando se ha bajado el IVA de productos culturales, el consumo ha aumentado en un porcentaje equivalente al de la reducción practicada. Esto da una idea del beneficio que supondría para el lector español una rebaja de 17 puntos de estos bienes culturales. La industria española, junto con la francesa e italiana, están haciendo todo lo posible para que la situación cambie y que comprar libros electrónicos no sea, como hoy, comprar un artículo de lujo. La pelota, señala, está en el tejado de Bruselas.Sin embargo, el gremio editorial lamenta que la medida de la rebaja del IVA, esté paralizada por el veto de un solo país, Chequia.

Veto de Chequia

En junio de 2017 el Parlamento Europeo dio luz verde a la propuesta de la Comisión Europea que permitiría a los Estados miembros aplicar un IVA reducido a los libros electrónicos y a las publicaciones digitales. La tramitación iba viento en popa hasta la votación en el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (Ecofin) ya que como suele ocurrir en la dinámica comunitaria, los países aprovechan los procesos de reforma legislativa en el ámbito de la Unión para negociar asuntos propios. Y en esta ocasión no fue diferente, Chequia votó en contra de la modificación, alegando que no estaba de acuerdo con la condición de sujeto pasivo en relación con el IVA, lo cual no tiene nada que ver con el libro electrónico. En opinión de Ávila, aún hay esperanzas para que Chequia cambie de postura antes de que finalice el año. En otro caso, habría que esperar a ver qué sucede con la tramitación de otra propuesta de carácter más global que afecta a la directiva, pero que podría demorarse dos años más.

Otros países como Hungría y Polonia, también plantearon problemas propios. ElTribunal Constitucional polaco planteó una cuestión prejudicial que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que resolvió a favor de la idea de que la confusión entre "entrega de bienes" y "prestación de servicios" hace que los tipos reducidos de IVA no sean aplicables a los servicios prestados por vía electrónica (pinche aquí para acceder al texto). Una sentencia que en opinión de Paloma López Bermejo, eurodiputada del Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica, sin duda ha sido determinante en el desarrollo de este proceso.

Tipo reducido solo para soporte físico

Por tanto, si no ha cambiado el IVA aplicable a los libros electrónicos es porque la Directiva del IVA de 2006, que está actualmente en vigor, establece que los Estados miembros sólo pueden aplicar un tipo reducido del IVA a las publicaciones en cualquier medio de soporte físico. De hecho, basándose en este argumento la Dirección General de Tributos ha respondido a una reciente consulta sobre la tributación de los libros electrónicos en la que aclaraba por qué y en qué condiciones los libros electrónicos tributan al tipo reducido del IVA del 4% o del 21% (pinche aquí para acceder al texto). Según se expone en la resolución sólo cuando se adquiera el libro electrónico en un soporte físico se considerará que se está produciendo la entrega de un bien y se le podrá aplicar el tipo del 4%. Es decir, siempre que el archivo electrónico con la obra se entregue a dentro de un dispositivo portátil como puede ser un CD-ROM, memorias USB (pen-drives) o cualquier otro soporte físico para su descarga en un ordenador.

En consecuencia, si el libro electrónico no está incorporado en un soporte físico se considera en virtud de dicha Directiva que se trata de una prestación de servicios en la que no se adquiere un bien material sino un derecho de uso, por lo tanto, tributa al tipo general del IVA del 21%.

Javier Argente Álvarez, abogado e inspector de Hacienda del Estado en excedencia, señala al respecto que la normativa española reguladora del IVA contempla la aplicación de tipos impositivos distintos para los libros según que éstos se presenten en papel o en soporte electrónico. "Ello es consecuencia de que, al ser el IVA un impuesto armonizado, dicha normativa debe ajustarse a lo dispuesto en la normativa comunitaria, que en materia de IVA está constituida por la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006", aclara . "Dicha Directiva contempla de manera específica la aplicación de un tipo reducido exclusivamente para los libros “en cualquier medio de soporte físico”. Por tanto y conforme a dicha redacción, queda claro que a los libros en soporte electrónico, y en general cualquier otro distinto del físico, no se le puede aplicar ningún tipo reducido", afirma.

Consenso político

A este respecto, López aclara que actualmente en la Unión Europea hay un consenso bastante extendido con relación al hecho de que la actual legislación sobre el IVA dificulta el desarrollo de la economía digital y es muy poco eficiente en la lucha contra el fraude.

Sin embargo, parece que conseguir que se aplique el tipo reducido a los libros electrónicos va a tardar más de lo esperado a pesar de los trabajos realizados por las instituciones de la Unión Europea al respecto. El 25 de mayo de 2016, el Consejo invitó a la Comisión a presentar una propuesta legislativa que integrara disposiciones relativas a los tipos del IVA para las publicaciones digitales. El objetivo, explica López, era solucionar el problema planteado que, entre otros, es considerar de manera diferente productos de la misma naturaleza, "lo que es una verdadera incongruencia".

En definitiva, se trata como expone López de un tema de competencia comunitaria y, por tanto, los gobiernos nacionales no pueden aplicar regímenes singulares de IVA ya que "lo contrario podría producir una competencia incontrolada entre países". Por tanto, hasta que no haya una nueva legislación europea, ni España ni ningún otro país podrán aplicar un IVA reducido para los libros electrónicos. De hecho, Francia y Luxemburgo fueron sancionados por tomar la decisión de equiparar ambos soportes.

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