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Hacienda permite a los autónomos aplazar las pequeñas deudas fiscales sin garantias durante un año

La medida de Montoro afectará, sobre todo, al pago del IVA

Jesús Sérvulo González

El Ministerio de Hacienda ha flexibilizado el sistema de aplazamientos de deudas tributarias para autónomos y pymes. Estos pequeños contribuyentes podrán retrasar de forma automática los pagos al fisco de deudas de hasta 30.000 euros sin necesidad de presentar garantías o avales, según una instrucción interna publicada ayer por la Agencia Tributaria. Los autónomos dispondrán de 12 mensualidades para abonar las cantidades pendientes, y las pymes contarán con seis meses para liquidarlas. Para agilizar el proceso, Hacienda presupone que estas deudas aplazadas corresponden a facturas no cobradas.

Cristobal Montoro en el Congreso.
Cristobal Montoro en el Congreso.Marta Jara (EL PAÍS)

El decreto 3/2016 con medidas antifraude aprobado a principios del pasado diciembre por el Gobierno del PP endureció el régimen de aplazamientos de deudas tributarias. La decisión soliviantó a muchos pequeños empresarios que se enfrentaban al problema de tener que declarar y liquidar el IVA antes de haber cobrado la factura. Hasta entonces habían encontrado cierta complicidad con la Agencia Tributaria que les permitía los aplazamientos de estos pagos de IVA, pero el decreto de diciembre limitaba esa posibilidad. Obligaba a los pequeños empresarios a justificar que las cuotas repercutidas no habían sido realmente pagadas. El gran número de aplazamientos requeridos —solo en 2015 se presentaron más de 1,67 millones de solicitudes— provocaría grandes retrasos en la concesión de estas prórrogas. Algo que en la práctica sería casi una denegación.

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Por eso, desde diciembre, los responsables de Hacienda y la Federación de Asociaciones de Autónomos (ATA) han mantenido negociaciones para solucionar el bloqueo que perjudicaba a la liquidez de pymes y autónomos. Finalmente, la Agencia Tributaria publicó ayer una instrucción interna que precisa que “las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento que se refieran a deudas por importe global igual o inferior a 30.000 euros no necesitarán aportar garantías, y se tramitarán mediante un proceso automatizado”.

Este proceso, que se realizará a través de una plataforma informática de la Agencia, se llevará a cabo mediante la presunción de que los aplazamientos que reclamen las pymes y autónomos se considerarán no cobrados. De esta forma, la prueba documental para justificar que no se había cobrado la factura con el IVA repercutido se sustituirá por una presunción por parte de Hacienda de que el cobro está pendiente. Y por tanto cumplirán de forma automática con los requisitos del decreto del pasado diciembre. Es decir, unos 2,1 millones de pequeños empresarios autónomos podrán solicitar a Hacienda aplazar el pago de una deuda tributaria de menos de 30.000 euros para lo que dispondrán de 12 plazos mensuales para liquidarla. La medida también beneficiará a 1,1 millones de pymes, que podrán obtener un plazo de seis mensualidades para abonar las deudas pendientes, siempre que estas sean inferiores a los 30.000 euros.

En el caso de que los autónomos o pymes tengan una deuda superior a los 30.000 euros también podrán obtener aplazamientos, pero dependerá del tipo de garantía aportada, y siempre por un plazo máximo de 36 mensualidades, salvo que hubiera solicitado menos plazos. En ese supuesto, “si las deudas son por IVA, será necesario, además, acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido pagadas”, señala la instrucción de la Agencia Tributaria.

Los aplazamientos afectarán sobre todo al IVA. Pero también se extenderán a aquellos pagos que no se hayan considerado inaplazables en el decreto de diciembre como las retenciones del IRPF o los pagos fraccionados del impuesto de sociedades. Los autónomos podrán prorrogar, además, las cuotas de IVA y las cuotas y los pagos fraccionados del IRPF. En el caso de las pymes, podrán demorar las cuotas del IVA y las del impuesto de sociedades.

Intereses de demora

Los aplazamientos son una de las prácticas más habituales que realizan pymes y autónomos que tienen dificultades puntuales de tesorería. Durante la crisis aumentaron por la dificultad de estos pequeños contribuyentes para acceder al crédito.

El mecanismo de aplazamiento no es gratuito para los contribuyentes. La Agencia Tributaria establece y cobra unos intereses de demora del 3,75%, una tasa que en ocasiones es superior a la de los mercados financieros. Pero los bancos ponen más reparos que Hacienda a la hora de conceder los créditos.

Otro de los problemas que trata de resolver la instrucción publicada ayer por la Agencia Tributaria tiene que ver con la práctica de algunas empresas de perpetuar su deuda con Hacienda. Algunas pymes aprovechan que en 2015 se extendió el límite de los aplazamientos de 18.000 a 30.000 euros para mantener la deuda pendiente de pago con el fisco de 30.000 euros. Cuando les llega una nueva liquidación, abonan la pendiente y vuelven a pedir un aplazamiento por la misma cuantía.

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Sobre la firma

Jesús Sérvulo González
Redactor jefe de Economía y Negocios en EL PAÍS. Estudió Económicas y trabajó cinco años como auditor. Ha cubierto la crisis financiera, contado las consecuencias del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, el rescate a España y las reformas de las políticas públicas de la última década. Ha cursado el programa de desarrollo directivo (PDD) del IESE.

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