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Reportaje:

Objetivo: eliminar beneficiarios

La nueva normativa reduce la prestación y dificulta el acceso a los parados

Cristina Delgado

Ya lo adelantó el consejero de Bienestar Social, Josep Lluís Cleries: el número de beneficiarios de la renta mínima de inserción (RMI) ha crecido exponencialmente los últimos años. Demasiado a su entender. "En 2007 había 8.500 receptores. En 2008, en números redondos, 13.700. En 2009, más de 22.000. En 2010, unos 30.000 y este año ya vamos por los 32.000 receptores", repasó. La tesis del consejero, apoyada por el responsable de Empresa y Empleo, Francesc Xavier Mena, es que la ayuda "se ha desvirtuado" y convertido "en un cajón de sastre que impide el seguimiento de la inserción social y laboral". El decreto aprobado ayer por el Gobierno mete la tijera en la prestación de los pobres, que cobrarán menos, y dificulta a los parados percibirla.

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El decreto es, supuestamente, un reglamento que sirve para desplegar la ley de 1997 que regula ayuda. Por eso incorpora muchas de sus ideas, pero cambia el fondo de otras básicas.

- 640 euros como máximo. Los beneficiarios no podrán superar con la RMI el salario mínimo interprofesional. Hasta las modificaciones del Gobierno de CiU, existían complementos por hijo discapacitado o menores a cargo del beneficiario. Ahora, incluso con todos los complementos, la ayuda no puede superar los 640 euros. Esta medida se aplica también a todos los receptores actuales, muchos de los cuales verán reducida su prestación ya en septiembre.

- Menos parados. Hasta ahora, la RMI la percibían personas que no tenían ningún otro recurso. Con el nuevo decreto, sin embargo, solo podrán acogerse a ella quienes tengan acreditada "una dificultad social añadida". Los parados solo podrán solicitar esta renta "una vez que hayan pasado seis meses" desde que agotaron la prestación, subsidio o similar, y de nuevo, solo si acreditan "una dificultad social añadida". El Gobierno quiere evitar así la entrada de desempleados en el programa. Según Mena, el 69% de los parados que actualmente cobran prestación dejarán de percibirla entre octubre y marzo dejarán. Con este nuevo artículo, retrasan su acceso a la RMI.

- Dos años de residencia. Los beneficiarios de la renta deberán acreditar dos años de residencia en Cataluña, y no uno como hasta ahora. Además, solo podrán salir de Cataluña un mes al año y tras informar de su viaje.

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- 60 meses y revisiones. Hasta ahora no existía un límite temporal para la RMI. Ahora se establece un tope de 60 meses, con revisiones periódicas, y con posibilidad de prórrogas si así lo determina la comisión encargada. A los mayores de 60 años no se les exigirá la renovación. Los que ya han percibido actualmente más de 60 meses la RMI tendrán una prórroga de tres años antes de que se revise su expediente.

- Presupuesto limitado. Las prestaciones se acotarán "a las limitaciones presupuestarias" y no a las necesidades sociales. Cuando se sobrepase el presupuesto estipulado, "la comisión interdepartamental" encargada de la RMI elevará una propuesta al Gobierno para determinar los criterios de preferencias "de los expedientes".

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Sobre la firma

Cristina Delgado
Es subdirectora y se encarga de la edición digital de EL PAÍS. Antes fue redactora jefa de Economía, sección en la que se incorporó al periódico, en 2008. Licenciada en Periodismo y en Comunicación Audiovisual, ha realizado el máster UAM-ELPAIS y posgrados de información económica y gestión.

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