ANÁLISIS | La propiedad intelectual, a debate

Cambiar la ley, ya

El canon digital o la ley Sinde son dos caras de la misma moneda. El mundo ha cambiado con la revolución digital, que permite copiar y distribuir contenidos por Internet en cuestión de segundos. Sin embargo, esta transformación no se ha visto acompañada de una reforma en profundidad de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que debe proteger al creador y su obra, pero también garantizar que esta revierta en la sociedad.

El canon digital y la mal llamada ley Sinde, una disposición final segunda colada por el Gobierno en la Ley de Economía Sostenible, no solo son apaños, sin...

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El canon digital o la ley Sinde son dos caras de la misma moneda. El mundo ha cambiado con la revolución digital, que permite copiar y distribuir contenidos por Internet en cuestión de segundos. Sin embargo, esta transformación no se ha visto acompañada de una reforma en profundidad de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que debe proteger al creador y su obra, pero también garantizar que esta revierta en la sociedad.

El canon digital y la mal llamada ley Sinde, una disposición final segunda colada por el Gobierno en la Ley de Economía Sostenible, no solo son apaños, sino que además están mal hechos. Son chapuzas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea calificó el canon de "indiscriminado" y ayer la Audiencia Nacional consideró la orden ministerial que lo reguló "afectada de un vicio radical que determina su nulidad de pleno derecho".

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De momento, ninguna sentencia ha cuestionado la legalidad del canon, como recuerdan las entidades de gestión de los derechos de autor cada vez que hay una sentencia contraria a sus tesis. Es la fórmula elegida por el Estado, entre otros 22 países comunitarios, para retribuir a los creadores por la pérdida de parte de sus derechos exclusivos. Como la LPI permite copiar para uso privado obras protegidas sin autorización del autor, se establece una compensación económica que cobran de forma colectiva las entidades de gestión, entre ellas la SGAE. Se aplica desde 1987 a los equipos, materiales y soportes analógicos y en 2006 se amplió al espectro digital.

Entonces, Gobierno y Congreso tuvieron la oportunidad de resolver cómo se gestiona el copyright en Internet, pero se limitaron a fijar el canon digital. Ahora ya no es una necesidad, como dijo la Comisión Nacional de la Competencia en enero de 2010. Es una urgencia. "La necesidad de un nuevo enfoque legislativo sobre distintos aspectos de la actividad realizada por las entidades de gestión no es algo nuevo, sino que ha sido demandado en varias ocasiones por diferentes instancias", escribía la CNC en 2010.

Obviamente, el Gobierno ha desoído sus recomendaciones, pero ahora se le acumulan las tareas: reelaborar la norma que fija las tarifas del canon, como ha fallado la Audiencia, y añadir al menos una excepción a la compensación por copia privada para que estén exentos del pago empresas, administraciones y profesionales, consecuencia de la sentencia europea. En cualquier caso, seguirán siendo apaños porque lo que realmente urge es adaptar la Ley de Propiedad Intelectual al mundo digital.

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