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El Supremo ordena investigar torturas archivadas cuatro veces

Nueve jueces discrepan de la absolución de un grupo islamista

La Sala Penal del Tribunal Supremo hizo pública ayer la controvertida sentencia en la que absuelve a cinco islamistas de una célula de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona) condenados por la Audiencia Nacional al apreciar que no hay "total seguridad" de que la confesión de uno de los acusados que incriminó a los demás fuese prestada "libre y voluntariamente". Ante la sospecha de "coacciones policiales previas", el Supremo remite a la fiscalía la sentencia para que investigue posibles torturas.

Lo cierto es que la sentencia de la Audiencia Nacional desechó como prueba las declaraciones que pudieran haber sido obtenidas con malos tratos, pero no consideró necesario enviar testimonio al fiscal porque las supuestas torturas ya habían sido denunciadas ante autoridades judiciales y organizaciones de derechos humanos. Según fuentes de la Audiencia Nacional y de la Fiscalía, los posibles malos tratos fueron investigados y sobreseídos por el Juzgado número 3 de Vilanova y la Geltrú en las diligencias previas P 637/06, y por el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, que los archivó en enero de 2010. A partir de enero de 2008 y por denuncia de Amnistía Internacional, la Fiscalía del Estado y el Consejo del Poder Judicial incoaron expedientes, recabaron informes y documentos y finalmente archivaron la denuncia. Sin embargo, el Supremo insiste en que se investiguen una vez más los supuestos malos tratos, por si estos hubieran podido afectar a "acusados y testigos detenidos en un primer momento" aunque no denunciaran nada.

Votos discrepantes

La sentencia del Supremo, dictada por el pleno integrado por 19 magistrados, ha sido aprobada totalmente por 10 y otros nueve formulan o se adhieren a votos discrepantes contra distintos aspectos de la ponencia del juez Diego Ramos.

Los nueve de la minoría discrepan de la absolución de Saffet Karaoc, un integrista que combatió en Afganistán y fue herido en un pie, tenía en su poder un vídeo de atentados suicidas, hablaba en clave por teléfono para despistar, su nombre constaba en la agenda de un sospechoso de los atentados de Casablanca y envió dinero a Turquía a un condenado por terrorismo islamista.

Sin embargo, según la mayoría, no puede sostenerse que todos esos indicios, "analizados por separado o unitariamente", tengan la "necesaria certeza judicial que requiere una sentencia condenatoria". Karaoc tenía en su poder un manual "operativo militar con técnicas para actuar en la clandestinidad" que la sentencia compara con el Libro Rojo, de Mao o el ABC del comunismo, de Bujarin.

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Otros cinco magistrados discrepan del envío al fiscal de las supuestas torturas, que no se desprenden de los informes de los forenses y que no pueden deducirse del hecho de que el traslado de los sospechosos desde Barcelona "se hiciera en coche, estando esposados y con los ojos tapados por razones de seguridad". Otro magistrado discrepa además de la absolución de Omar Nachka, que ayudó a huir de España a uno de los implicados en el 11-M.

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