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Dos sentencias avalan la actuación de los periodistas de la SER condenados

Dos sentencias dictadas por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Móstoles, en primera instancia, y posteriormente por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, desestimaron en 2008 una querella presentada por el empresario Francisco Vázquez y la empresa Euroholding Corporación Financiera e Inmobiliaria, similar a la presentada contra la Cadena SER, y que solicitaba la condena a otro medio de comunicación. En esta ocasión se trataba de una revista local de Villaviciosa de Odón, concretamente Círculo de Opinión, que también difunde sus informaciones en Internet.

Un final muy diferente tuvo la demanda presentada contra el director de la SER, Daniel Anido, y el director de Informativos de la cadena, Rodolfo Irago, dictada por el magistrado-juez Ricardo Rodríguez Fernández, titular del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid, que condena a los periodistas como autores de un delito de "revelación de secretos" a un año y nueve meses de prisión, y a las penas accesorias de "inhabilitación especial para la dirección de medios de comunicación y el ejercicio de la actividad de periodistas" y a "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" durante el tiempo que dure la pena privativa de libertad impuesta.

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Los hechos a los que se refieren ambas querellas, presentadas por el empresario Francisco Vázquez, al que se le acusaba de haber protegido a los diputados socialistas Eduardo Tamayo y María Teresa Sáez que en 2003 impidieron la investidura del socialista Rafael Simancas tras romper la disciplina de voto de partido, son idénticos, habida cuenta de que las informaciones publicadas en papel y en su edición web relatan el presunto trato de favor de la ex alcaldesa de Villaviciosa de Odón Nieves García Nieto, del PP. Estos favores fueron devueltos, según las informaciones periodistas, por el empresario con la afiliación de 78 personas, muchos de ellos familiares y trabajadores de las empresas de Vázquez.

Precisamente este punto, el de la publicación de los nombres de los afiliados, marca la diferencia entre la sentencia condenatoria del titular del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid para condenar a los periodistas de la Cadena SER y la del juzgado de Móstoles y de la Sala de la Audiencia Provincial de Madrid absolviendo a los responsables de la revista Círculo de Opinión de Villaviciosa de Odón. Particularmente clara resulta la sentencia de la Audiencia, que se inicia recordando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que asegura: "La libertad de información, indisoluble del pluralismo político, es garantía de la opinión pública y ha de prevalecer siempre que verse sobre hechos de interés general, con trascendencia política, social o económica, primando entonces sobre el interés a la dignidad o intimidad personal".

Asociaciones de jueces, colegios de periodistas y directores de periódicos se han pronunciado sobre la sentencia que condena a los periodistas de la SER. El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Antonio García Martínez, la ha defendido, mientras Marcelino Sexmero, de la Asociación Francisco de Vitoria, cree que "el error se ha producido en la consideración de las comunicaciones a través de Internet como ajenas a la libertad de información que tienen los medios de comunicación". Desde el Foro Judicial Independiente, Conrado Gallardo ha mostrado su preocupación ya que "la libertad de prensa es un derecho fundamental". El Colegio de Periodistas de Cataluña la considera "desmesurada" y pide que se revise. Y en el mismo sentido se ha pronunciado el Colexio Profesional de Xornalistas de Galicia.

El director del diario El Mundo, Pedro J. Ramírez, la califica de "disparate" y el de Abc, Ángel Expósito, de "inaudita" y "absurda". También el consejero de Presidencia, Interior y Justicia y secretario regional del PP en Madrid, Francisco Granados, se ha mostrado en contra: "No soy partidario ni estoy a favor", declaró, "de las denuncias a periodistas", informa F. J. Barroso.

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