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Dos sentencias más admiten la objeción a Ciudadanía

Con las dos sentencias que se conocieron ayer a favor de la objeción de conciencia a la asignatura obligatoria por ley de Educación para la Ciudadanía, una del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja y otra del de Andalucía (que ya había dictado dos), ya son cuatro las resoluciones judiciales que admiten este derecho y otras cuatro las que lo niegan (en Asturias, Cataluña y Aragón). El Tribunal Supremo tendrá que poner orden. En septiembre comenzará a impartirse la polémica asignatura en toda España (este año sólo se ha enseñado en siete comunidades). Ni en La Rioja ni en el resto de comunidades gobernadas por el PP ha comenzado todavía, incluyendo Madrid, Comunidad Valenciana y Murcia, cuyos Gobiernos han anunciado que ampararán el boicoteo impulsado por los obispos y distintas organizaciones conservadoras.

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Las cuatro sentencias a favor de la objeción se basan en lo mismo: que la materia es contraria al artículo 16 de la Constitución (sobre la libertad ideológica y religiosa) y al 27 (el derecho de los padres a que sus hijos reciban una formación religiosa y moral según sus propias convicciones).

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