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Análisis:ANÁLISIS
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Un paso más en la equiparación de sexos

La equiparación del hombre y la mujer ha avanzado un paso más al establecerse también en la sucesión de los títulos nobiliarios, tradicionalmente dominada por el principio medieval de la varonía. Para ello, tras la interpretación realizada en 1997 por el Tribunal Constitucional (TC), que excluyó a la sucesión nobiliaria de la constitucional igualdad de sexos, por tratarse no de un derecho material, "sino sólo simbólico", el legislador tomó cartas en el asunto y estableció por ley en 2006 que la igualdad hombre/mujer se extiende "también sobre las funciones meramente representativas y simbólicas" de los títulos nobiliarios. La Sala Civil en pleno del Tribunal Supremo (TS) acaba de aplicar esa ley extensiva de derechos.

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Concluye así una lucha en favor de la igualdad de sexos que, por afectar a ciudadanas aristócratas, no siempre ha sido bien comprendida, a pesar de los esfuerzos de alguna de las afectadas, como Isabel Hoyos, en contra de "esa discriminación odiosa", o del político desaparecido Jaime García Añoveros, que tildó en EL PAÍS el fallo del TC de Una sentencia republicana.

La propia mayoría del TC que en 1997 negó a la sucesión nobiliaria la aplicación de la igualdad de sexos, que había impuesto desde 1986 en el TS el magistrado Ramón López Vilas -catedrático de Derecho Civil experto en la materia-, alardeó de un cierto republicanismo de salón, cuando en realidad, con su doctrina, avaló las pretensiones de la Diputación de la Grandeza, adalid del masculinismo sucesorio y de las más rancias y anacrónicas prácticas nobiliarias.

Las Cortes Generales, en esta ocasión con el consenso del PSOE y el PP, aprobaron la Ley de Igualdad del Hombre y de la Mujer en el Orden de Sucesión de los Títulos Nobiliarios, con un cierto efecto retroactivo, por no afectar a derechos fundamentales, sino tratarse "sólo de símbolos", como sentenció el TC. Y es cierto que la ampliación de la igualdad constitucional sólo afecta a un colectivo reducido de personas, como ocurrió con la extensión del derecho a casarse entre sí a los homosexuales.

El principio de varonía que avaló el TC en atención a la escasa importancia jurídica que atribuyó a la nobleza, no resiente ni perturba, sino más bien favorece, a quienes disfrutan la preferencia masculina en la sucesión nobiliaria. En cambio, si un día el mismo legislador decidiera suprimir la nobleza -ya lo hizo la II República-, nada estorbará a esa iniciativa que la sucesión en esos títulos sea mientras tanto compartida por los hombres y las mujeres.

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