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Sanidad deberá pagar 865.000 euros a una mujer por no practicarle una cesárea a tiempo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, dirigida por el consejero Manuel Lamela, a indemnizar con 864.449 euros a una mujer que fue asistida de forma deficiente en el hospital público Gregorio Marañón en marzo de 2000, durante el alumbramiento de su hijo. Esa mala atención -los médicos se demoraron más de media hora en practicarle una cesárea de urgencia, a pesar del evidente sufrimiento fetal- derivó en secuelas físicas y retraso mental grave en el niño, según informó ayer la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa), representante de la afectada, Ana Belén C. C.

La paciente sufrió un "injustificable retraso de más de 35 minutos" en la práctica de una cesárea de urgencia desde el momento en que se constató que el bebé que esperaba padecía un sufrimiento fetal agudo y que no se podía concluir el parto por vía vaginal, debido a la distocia de hombros que también presentaba el feto.

Como "consecuencia directa" de la demora, según la sentencia, el recién nacido sufrió "unas severas lesiones neurológicas" que le provocaron "irreversibles secuelas físicas consistentes en tetraparesia espástica, retraso mental grave, epilepsias frecuentes y no controladas y déficit visual y auditivo severo, lo que genera una minusvalía del 75% con concurso de tercera persona".

Desde Avinesa se recuerda que las circunstancias que concurrieron en el parto "hacían exigible que se procediese a la inmediata extracción del feto mediante la práctica de una cesárea de urgencia que pusiera fin a la prolongada hipofixia padecida por el feto, tal y como taxativamente establecen los protocolos médicos elaborados al efecto por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia". La sentencia, dictada por la sección novena de la sala contencioso-administrativa del TSJM, no es firme, por lo que puede ser recurrida por la Comunidad de Madrid.

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