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Reportaje:

A la caza del 'ciberokupa'

Una veintena de empresas españolas acude al arbitraje para recuperar dominios '.es'

Patricia Fernández de Lis

La dirección de Internet de una empresa es ya su personalidad virtual, así que perderla puede causarle graves prejuicios. La liberalización de los dominios .es ha logrado triplicarlos pero, con ellos, ha desembarcado la ciberokupación: personas o empresas que se dedican a registrar marcas ajenas para explotarlas. Una veintena de compañías españolas ha solicitado la anulación de dominios a alguna de las cuatro autoridades encargadas por la entidad Red.es de este arbitraje. Eroski ya ha ganado dos casos.

AECE ya ha resuelto los dos primeros casos: Eroski ha ganado el control de www.eroski.es y de www.consumer.es
El precio para reclamar el control de una dirección es de 1.400 euros, y el proceso suele durar algo más de un mes
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La ciberokupación es un fenómeno relativamente antiguo, dada la facilidad y el reducido precio del dominio [dirección en Internet] más usado del mundo, el .com. En el caso español, sin embargo, es algo muy reciente, ya que, hasta el pasado junio, el registro del .es era uno de los más complejos y caros del mundo. Este Gobierno se comprometió a liberalizarlo, y así lo hizo: cualquier persona física o jurídica puede ya comprar un dominio .es casi de manera instantánea y por 32 euros. La facilitación de los trámites y la rebaja de precios ha supuesto una explosión en el registro, hasta el punto de que la cifra de dominios .es se multiplicó por 3,5 en 2005 respecto a la del año anterior.

Bajo la explosión se esconde también la picaresca. La mayor parte de las grandes empresas ha registrado ya la marca o marcas de su propiedad, así que la ciberokupación de los primeros tiempos de Internet (registrar marcas que compañías poco avezadas habían olvidado comprar) es, a día de hoy, algo más sutil: se trata de explotar la torpeza del internauta. Los ciberokupas españoles han dedicado a registrar nombres de dominio similares a los de conocidas empresas o marcas, como uberia, oberia y foogle, y utilizan también el truco (considerado ya de mala fe en varias resoluciones) de eliminar el punto que aparece después de las www en cualquier dirección, como en wwwingdirect.es, wwwterra.es, wwwlacaixa.es o, incluso, wwwnic.es, la dirección de la entidad registradora española. Todos estos casos son reales y forman parte de los 181 nombres de dominio cuyo registro Red.es acaba de anular.

¿Qué puede hacer una empresa o entidad que se sienta afectada? Puede, evidentemente, acudir a los tribunales, pero los expertos creen que es un procedimiento caro, largo y complejo, y que no garantiza el éxito, ya que es posible que el juez no conozca a fondo la tecnología. Por esa razón, Red.es abrió un concurso para acreditar a entidades que estuvieran interesadas en solucionar estos conflictos extrajudicialmente. Se presentaron unos sesenta proveedores y ganaron cuatro: AECEM (Asociación Española de Comercio Electrónico y Marketing Relacional), Autocontrol (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial), el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España y el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

"Es más rápido, sencillo y barato que acudir a un tribunal", resume Martí Manent, director de Derecho.com y presidente del comité de expertos de la AECEM. Algunos analistas creen, en todo caso, que a este procedimiento no se le puede llamar arbitraje, ya que sus resoluciones no son laudos arbitrales (que se equiparan a una sentencia).

El proceso es simple y estándar. La empresa que se considere perjudicada acude a cualquiera de estas entidades. Debe demostrar que tiene derechos previos sobre esa marca y que su okupante está actuando de mala fe, es decir, generando confusión para aprovecharse de su reputación. El proveedor pasa el caso a uno de los expertos que trabajan con él (que no debería, estrictamente, ser llamado árbitro). El experto revisa las pruebas, contacta con el demandado y, en un plazo cercano al mes, resuelve. El demandante paga 1.400 euros y, si gana, el demandado debe traspasarle el dominio.

Las entidades han recibido ya una veintena de peticiones, y la AECE ha publicado las dos primeras resoluciones en su página web (recuperatudominio.es). En ambos casos, el demandante es Eroski, que ha ganado el control de wwwconsumer.es (la revista de la compañía) y de wwweroski.es. En ambos casos, los expertos han considerado demostrado que la demandada no tiene derechos ni legítimo interés sobre ninguna de ellas, y que ha utilizado las dos páginas para tratar de explotar comercialmente una marca ajena. El viernes, en todo caso, wwwconsumer.es seguía activa y en manos del demandado.

Éste no es un mundo de blancos y negros, en todo caso. En Internet aún se recuerda (y critica) el caso de barcelona.com, que fue arrebatado a una pareja catalana para otorgárselo al Ayuntamiento de la Ciudad Condal. O el de una costurera francesa, llamada Milka Budimir, que tuvo que entregar su dominio Milka.fr al gigante estadounidense Kraft, propietario de la marca. "La clave es el aprovechamiento de la reputación ajena y la mala fe en el uso", aclara Manent.

El sistema apenas ha comenzado a andar, pero para José Luis Roca, secretario general de la Corte Española de Arbitraje de las Cámaras de Comercio, éste es ya "un hito en el proceso de consolidación de instrumentos para solucionar litigios en línea".

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Sobre la firma

Patricia Fernández de Lis
Es redactora jefa de 'Materia', la sección de Ciencia de EL PAÍS, de Tecnología y de Salud. Trabajó diez años como redactora de economía y tecnología en EL PAÍS antes de fundar el diario 'Público' y, en 2012, creó la web de noticias de ciencia 'Materia'. Los fines de semana colabora con RNE y escribe, cuando puede, de ciencia y tecnología.

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