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La comunidad autónoma del afectado fijará las sanciones

El anteproyecto que modifica la Ley de Consumo de 1984 que ayer revisó el Consejo de Ministros aclara un aspecto sobre el que ha habido polémica en ocasiones anteriores: serán las comunidades autónomas donde se detecte la infracción las encargadas de castigarla. Con anterioridad, han surgido problemas al no coincidir la comunidad autónoma donde se detecta la ilegalidad -por acción u omisión- y la sede social de la empresa infractora.

Además, la ley establece un plazo de dos años para que el Gobierno presente a las Cortes un proyecto de ley que, respetando las competencias autonómicas en la materia, armonice las sanciones, sobre todo cuando se producen en varias comunidades a la vez.

También se identifican qué asociaciones podrán presentar recursos contra cláusulas que consideren abusivas. Serán las que formen parte del Consejo de Asociaciones de Consumidores y Usuarios. De esta manera, se refuerza su papel ya que podrán anular cláusulas de oficio, incluso antes de que algún usuario presente una reclamación.

En 2004 estas asociaciones atendieron 418.000 quejas de consumidores, y contestaron a 600.000 consultas, según la memoria del Instituto Nacional de Consumo.

Los sectores sobre los que los ciudadanos se dirigieron en más ocasiones a estas asociaciones fueron los servicios financieros (el 11,4% de las veces), vivienda en propiedad (11,01%), telefonía (9,9%), vivienda en arrendamiento (8,57%) y seguros (4,28%).

Los motivos que impulsaron las quejas o las consultas fueron, por orden decreciente, las deficiencias en la prestación de servicios, publicidad engañosa, precios, cláusulas abusivas e incumplimientos en las condiciones de venta, indica Consumo.

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