Entrevista:MANUEL MARÍN | Presidente del Congreso de los Diputados | REFERÉNDUM EUROPEO | La Constitución y los ciudadanos

"Los Parlamentos podrán paralizar normas europeas"

Los parlamentos nacionales experimentarán un cambio sustancial en sus atribuciones con respecto a la Unión Europea, una vez que la Constitución entre en vigor. Hasta ahora eran testigos mudos en el proceso de elaboración de las normas comunitarias. La Constitución y, más exactamente, dos de los numerosos protocolos que la acompañan, les otorgan derechos que pueden llegar a paralizar normas comunitarias.

Manuel Marín, presidente del Congreso de los Diputados, con una larga experiencia europea como comisario durante 14 años y vicepresidente primero de la Comisión durante nueve de ellos (e...

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Los parlamentos nacionales experimentarán un cambio sustancial en sus atribuciones con respecto a la Unión Europea, una vez que la Constitución entre en vigor. Hasta ahora eran testigos mudos en el proceso de elaboración de las normas comunitarias. La Constitución y, más exactamente, dos de los numerosos protocolos que la acompañan, les otorgan derechos que pueden llegar a paralizar normas comunitarias.

Manuel Marín, presidente del Congreso de los Diputados, con una larga experiencia europea como comisario durante 14 años y vicepresidente primero de la Comisión durante nueve de ellos (entre 1990 y 1999), afirma que, "por primera vez, los Parlamentos nacionales pueden llegar a paralizar una norma europea".

"Existe la tentación de crear un 'sindicato de vigilancia'. He rechazado participar en él"
"Sería malo que un grupo de Parlamentos se dedicara a 'vigilar' las instituciones europeas"
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Marín se apresura a dar su opinión: se trata de un instrumento muy novedoso de la Constitución, que amplía considerablemente el poder de decisión de los ciudadanos a través de sus parlamentos nacionales, pero que cuando se utilice debe ser a través "de una decisión cargada de razón y sólo en circunstancias excepcionales".

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Uno de los dos protocolos citados tiene como rúbrica "Sobre la función de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea" y el segundo "Sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad". Estos dos principios fundamentan la posible intervención de los Parlamentos nacionales.

Marín los explica así: "Los Parlamentos nacionales podrán examinar si cualquier decisión con fuerza de ley tomada por la Comisión, el Consejo, el Parlamento europeos y otras instituciones se sujeta a estos dos principios. El primero exige que cualquier norma interese proporcionalmente, es decir, que afecte al interés general o de la mayoría. La subsidiariedad exige que se trate de legislación necesaria que no invada indebidamente la iniciativa legislativa de otras entidades más próximas a los ciudadanos, lo que razonablemente pueden hacer los ayuntamientos, las comunidades autónomas, por referirnos a nuestros país, o los Estados, que lo hagan".

Todos los Parlamentos nacionales tendrán dos votos y en los que cuentan con sistema bicameral, como es el caso de España, Congreso y Senado contarán con un voto cada uno. Marín subraya que, "afortunadamente, el Parlamento español cuenta con una comisión mixta Congreso-Senado para las relaciones con la Unión Europea", aunque será necesario, llegado el caso, concretar el funcionamiento para ejercer el voto.

La Constitución y sus protocolos se refieren a las normas como "actos legislativos" y establecen que habrán de ser enviados a los Parlamentos nacionales para que, en el plazo de seis semanas -un procedimiento ultrarrápido", según Marín-, puedan examinar si se respetan los criterios de proporcionalidad y subsidiariedad. Si se entiende que se vulnera alguno de ellos es necesario un dictamen motivado anunciando la oposición al acto legislativo.

Pero para que la oposición sea eficaz es preciso contar con apoyos. El mecanismo, en cuanto a su formulación, es relativamente sencillo: los 25 Parlamentos de otros tantos países miembros cuentan con un total de 50 votos, -dos por cada uno de ellos- y es necesario que un tercio de de esos votos de los Parlamentos nacionales se opongan a la norma. Por lo tanto, habrá que lograr el concurso de nueve PArlamentos para sumar un mínimo de 17 votos.

En lo que Marín denomina "aspectos más sensibles", es decir, los referidos a legislación que afecte al "espacio de libertad, seguridad y justicia", la exigencia es menor y basta con que un cuarto de los Parlamentos se oponga. Por tanto, y de acuerdo con los dos votos atribuidos a cada uno, sería necesario reunir un mínimo de 13 votos que sólo pueden conseguirse con siete Parlamentos.

Si el procedimiento establecido tuviese éxito, el órgano que hubiese puesto en marcha la norma puede reconsiderarla y rehacerla o, simplemente, desistir de su empeño. En cualquiera de los dos supuestos el nuevo poder de los Parlamentos nacionales en la elaboración de la legislación europea quedaría patente.

Marín, con su dilatada experiencia europea, advierte de que, en este terreno, hay que jugar con cautela porque, según explica, "ya existe la tentación de crear una especie de sindicato de vigilancia, en el que ya nos han ofrecido participar, compuesto por Parlamentos donde abundan tendencias euroescépticas. He rechazado esa posibilidad. No he querido acudir a alguna reunión a la que he sido convocado".

El presidente del Congreso piensa que "sería malo crear ese grupo de Parlamentos que se dedicase a vigilar los actos de las instituciones europeas y entrar en una competición absurda con el Parlamento Europeo. Los Parlamentos podrían llegar a ser no sólo un freno, sino un cerrojo".

Manuel Marín, en su despacho del Congreso.GORKA LEJARCEGI

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