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Laboral | CONSULTORIO
Columna
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Mujer y empleo

La mujer se ha convertido en uno de los objetivos fundamentales de la política social del Gobierno. Lo cual es lógico. En estos momentos las mujeres presentan unos índices de desempleo muy superiores con respecto a los de los hombres, en un país donde los índices de desempleo son ya de por sí bastante altos. Por otro lado, no debe olvidarse que nuestro país vive una de las crisis de natalidad más fuertes del mundo occidental. Es, por tanto, normal que se trate de incorporar a la mujer plenamente al mundo laboral sin dejar de cuidar la faceta familiar.

En este sentido, la mujer es una de las principales protagonistas del actual plan de fomento del empleo. Así, la celebración de cualquiera de los contratos previstos en el plan de empleo con una mujer da derecho a una bonificación superior en diez puntos a las fijadas con carácter general para el resto de los contratos. Igualmente se ha incentivado de forma específica la contratación de mujeres entre 16 y 45 años, así como la de mujeres en profesiones y ocupaciones que presentan un menor índice de empleo femenino. Nos referimos en todos los casos a contratación por tiempo indefinido.

Por su parte, la contratación de mujeres desempleadas en los 24 meses siguientes a la fecha de parto tiene atribuida una bonificación durante un año de hasta el cien por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Se intenta con ello incentivar la vuelta al trabajo de la mujer tras su reciente maternidad, y superar la reticencia de empresarios a contratar a quienes acaban de dar a luz y presentan cargas familiares. Estas medidas en favor de la maternidad se complementan con las establecidas para proteger la estabilidad del empleo de las mujeres embarazadas, estableciendo la nulidad del despido de las mujeres durante el embarazo y los periodos de descanso y excedencia posteriores al parto.

De igual forma, la contratación de trabajadores para sustituir a quienes están de baja por maternidad también da derecho a una bonificación. En estos casos, además, no sólo se bonifican las cotizaciones del trabajador sustituto, sino también las de la mujer que está de baja.

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