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La Generalitat, condenada a pagar los gastos de los depósitos de presos

Blanca Cia

La Generalitat deberá pagar a los ayuntamientos los gastos que generan los depósitos de detenidos y deberá hacerlo, además, desde 1985. Así lo establece el Tribunal Supremo al fallar a favor del recurso presentado por la Federación de Municipios de Cataluña (FMC) y el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú.

La FMC acogió ayer satisfactoriamente la sentencia y precisó que, a partir de ella, los ayuntamientos que tienen depósitos de detenidos tendrán que concretar cuáles son los gastos que han generado desde 1985 para poder reclamar la aportación al Departamento de Justicia de la Generalitat."Es una sentencia especialmente satisfactoria porque la justicia nos da la razón en una de las reivindicaciones históricas de los municipios sobre los gastos complementarios que deben ser afrontados por las administraciones competentes. El caso de los depósitos de detenidos es uno de ellos, ya que los municipios han tenido que sufragar prácticamente de forma íntegra el gasto que representa algo cuya competencia es de la Generalitat", manifestó ayer Lluís Ballbé, secretario general de la FMC. Un portavoz del Departamento de Justicia de la Generalitat precisó que todavía no tenían conocimiento oficial del fallo. Desde 1986, el Departamento de Justicia paga a los municipios 1.150 pesetas por detenido y día, cantidad que fijó la propia Generalitat. El Tribunal Supremo ha anulado esa orden por considerar que no se ajusta a los gastos que realmente ocasionan los depósitos de detenidos, habitualmente utilizados para el cumplimiento de las penas de arrestos de fin de semana y también mientras los arrestados están a la espera de pasar a disposición judicial. En Cataluña hay cerca de 40 depósitos municipales de este tipo. "El mantenimiento del servicio presupone inexcusablemente contar con edificios adecuados, que se adapten a las exigencias impuestas, lo que obliga a costear también los gastos de primer establecimiento, donde no los hubiera, y de adaptación si no son adecuados, y además obliga a hacer frente a los costes de personal para la custodia de los detenidos, los cuales no resultan compensados con la cantidad que se fija en la orden impugnada", precisa el fallo del Supremo. La sentencia recoge un informe realizado por encargo de la FMC en 1986 que precisaba que sólo los gastos de personal por la custodia y vigilancia de los detenidos eran de 6.043 pesetas por detenido y día. "Esta cifra ha quedado ya desfasada y habrá que actualizarla", apuntó Ballbé.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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