Prohibidas algunas bombas de aviación
El proyecto de ley remitido por el Gobierno al Congreso en diciembre pasado sobre "prohibición total de minas antipersonal y armas de efectos similar" no alude expresamente a las "bombas de racimo", como hacía la proposición no de ley aprobada por unanimidad el 25 de febrero del año pasado.
Sin embargo, al menos una parte de las "bombas de racimo" o, más exactamente, bombas dispensadoras de submuniciones, quedarán prohibidas cuando entre en vigor la ley, en opinión de los expertos.
El artículo 4 del proyecto prohibe "el empleo, desarrollo, producción, adquisición, almacenamiento, transferencia o exportación de vectores de lanzamiento específicamente concebidos como medio de lanzamiento de minas antipersonal". Por vectores se entienden tanto los dispensadores de minas desde vehículos y helicópteros como las bombas de aviación con el mismo fin.
¿Entran las bombas antipista en esta categoria? Para la empresa española Expal, fabricante de las mismas, no. Sostiene que ni las submuniciones destructoras de aeródromos, ni las que tienen como objetivo impedir la reparación de las pistas durante 48 horas, son minas antipersonas. El debate, en todo caso, no está cerrado.
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